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2 nov 2018

Orden SSI/889/2017, de 15 de septiembre, por la que se crean los Premios "Plan Nacional de Resistencia a los Antibióticos" y se establecen las bases reguladoras para la concesión de los mismos

Qué ha cambiado (5 artículos)

Artículo 3
Antes1. En cada una de las modalidades establecidas en el artículo 1, el Premio consistirá en un diploma de reconocimiento y una dotación económica de tres mil euros.
Ahora1. En cada una de las modalidades establecidas en el artículo 1, el Premio consistirá en un diploma de reconocimiento y una dotación económica mínima de tres mil euros, pudiendo ésta ser ampliada en función del crédito presupuestario disponible de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, determinándose la cuantía total máxima en la correspondiente convocatoria.
Artículo 4
Antes1. Podrá ser beneficiario de los Premios cualquier persona física o jurídica que haya realizado alguna actividad que se enmarque en alguna de las líneas estratégicas del «Plan Nacional de Resistencia a los Antibióticos», con posterioridad al 11 de junio de 2014.
Ahora1. Podrá ser beneficiario de los Premios cualquier persona física o jurídica que haya realizado alguna actividad que se enmarque en alguna de las líneas estratégicas del "Plan Nacional de Resistencia a los Antibióticos", con posterioridad al 11 de junio de 2014, si bien en las correspondientes convocatorias se podrá limitar temporalmente las actividades que pueden sustentar las candidaturas.
Artículo 6
Antes5. Los solicitantes de los Premios sólo podrán presentarse a una modalidad de los mismos.
Ahora5. Los solicitantes de los Premios sólo podrán presentar una solicitud a una única modalidad. En consecuencia, un mismo solicitante no podrá presentar varias solicitudes para la misma o para distintas modalidades de Premios.
Artículo 8
Eliminadoc) Tres representantes de la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, que serán designados por la persona titular de esa Dirección General.
Antesd) Dos expertos de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios del Grupo Coordinador Técnico del Plan Nacional de Resistencia a los Antibióticos, designados por la persona titular de la Dirección de la Agencia.
Ahorac) Tres representantes de la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, que serán designados por la persona titular de esa Dirección General.
Párrafo añadido
d) Tres representantes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que serán designados por la persona titular de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria.
Párrafo añadido
e) Dos expertos de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios del Grupo Coordinador Técnico del Plan Nacional de Resistencia a los Antibióticos, designados por la persona titular de la Dirección de la Agencia.
Artículo 11
Antes1. Los Premios PRAN serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos otorgados para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Ahora1. Los Premios PRAN serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos otorgados para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, a excepción de aquellos otorgados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios con la misma finalidad.