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5 jul 2018

Ley 13/1988, de 28 de octubre, de Consejos Escolares de Euskadi

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 10
Eliminado– Seis profesores de enseñanza no universitaria de Euskadi, propuestos por las Asociaciones y Sindicatos de Profesores, en proporción a su representatividad.
Eliminado– Seis padres de alumnos de enseñanza no universitaria de Euskadi, cuya designación corresponderá a las Confederaciones o Federaciones de Padres de Alumnos, en proporción a su representatividad.
Eliminado– Seis alumnos de enseñanza no universitaria de Euskadi, propuestos por las Confederaciones o Federaciones, Asociaciones y Agrupaciones de Alumnos, en proporción a su representatividad.
Eliminado– Dos representantes del Personal de Administración y Servicios, propuestos por sus organizaciones sindicales en proporción a su representatividad.
Eliminado– Dos titulares de centros docentes privados, propuestos por sus organizaciones, en proporción a su representatividad.
Eliminado– Dos representantes de los titulares de las Ikastolas designados por las Federaciones Provinciales de Ikastolas, en proporción a su representatividad.
Eliminado– Un representante de la Universidad del País Vasco, designado por su Junta de Gobierno.
Eliminado– Tres representantes de los sindicatos de trabajadores y tres de las organizaciones patronales, en proporción a su representatividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Eliminado– Cuatro representantes de la Administración Educativa, designados por el Consejero de Educación, Universidades e Investigación.
Eliminado– Cuatro personalidades de reconocido prestigio en el ámbito de la educación, designadas por el Consejero de Educación, Universidades e Investigación.
Eliminado– Seis representantes de la Administración Local a propuesta de las Asociaciones o Federaciones de Municipios de Euskadi en función de su representatividad y garantizando en todo caso la presencia de, al menos, un Consejero por cada Territorio Histórico.
Eliminado– Un representante del Colegio de Doctores y Licenciados de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Eliminado– Un representante de los Colectivos Pedagógicos.
Eliminado– Un representante del Consejo General de la Juventud de Euskadi.
AntesPara valorar la representatividad de las Asociaciones, Corporaciones y Agrupaciones a que se refiere este artículo, se atenderá únicamente a su presencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Ahora Seis profesores o profesoras de enseñanza no universitaria de Euskadi, a propuesta de las asociaciones y sindicatos de profesores, en función de su representatividad.
Párrafo añadido
– Seis padres o madres de alumnos de enseñanza no universitaria de Euskadi, cuya designación corresponderá a las confederaciones o federaciones de padres de alumnos, en función de su representatividad.
Párrafo añadido
– Seis alumnos o alumnas de enseñanza no universitaria de Euskadi, a propuesta de las confederaciones o federaciones, asociaciones y agrupaciones de alumnos, en función de su representatividad.
Párrafo añadido
– Dos representantes del personal de administración y servicios, a propuesta de sus organizaciones sindicales en función de su representatividad.
Párrafo añadido
– Dos titulares de centros docentes privados, a propuesta de sus organizaciones, en función de su representatividad.
Párrafo añadido
– Un o una representante de la Universidad del País Vasco, perteneciente a una de las facultades de Educación, designado por el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU.
Párrafo añadido
– Tres representantes de los sindicatos de trabajadores y tres de las organizaciones patronales, en función a su representatividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Párrafo añadido
– Cuatro representantes de la Administración educativa, por designación del consejero o la consejera que ostente la responsabilidad en materia de educación.
Párrafo añadido
– Cuatro personalidades de reconocido prestigio en el ámbito de la educación, designadas por el consejero o la consejera que ostente la responsabilidad en materia de educación.
Párrafo añadido
– Seis representantes de la Administración local a propuesta de las asociaciones o federaciones de municipios de Euskadi en función de su representatividad, y garantizando en todo caso la presencia de, al menos, un o una representante por cada territorio histórico.
Párrafo añadido
– Un o una representante del Consejo de la Juventud de Euskadi.
Párrafo añadido
– Un o una representante de las cooperativas de enseñanza, perteneciente a la federación de cooperativas de enseñanza mayoritaria.
Párrafo añadido
– Una persona en representación de las asociaciones de directores y directoras de centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Párrafo añadido
Para valorar la representatividad de las asociaciones, corporaciones y agrupaciones a que se refiere este artículo, se atenderá únicamente a su presencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Artículo 22
EliminadoSerán miembros del Consejo Escolar de cada Territorio Histórico:
Eliminado– Tres Profesores de enseñanza no universitaria del Territorio.
Eliminado– Tres padres de alumnos de enseñanza no universitaria del Territorio.
Eliminado– Tres alumnos de enseñanza no universitaria del Territorio.
Eliminado– Un representante del personal de Administración y Servicios.
Eliminado– Un titular de centros docentes privados.
Eliminado– Un representante de la Federación Territorial de Ikastolas.
Eliminado– Un representante de los sindicatos de trabajadores y otro de las organizaciones patronales.
Eliminado– Dos representantes de Ayuntamientos.
Eliminado– Un representante de la Diputación Foral.
Antes Dos representantes de la Administración Educativa.
AhoraSerán miembros del consejo escolar de cada territorio histórico:
Párrafo añadido
– Tres profesores o profesoras de enseñanza no universitaria del territorio histórico.
Párrafo añadido
– Tres padres o madres de alumnos de enseñanza no universitaria del territorio histórico.
Párrafo añadido
– Tres alumnos o alumnas de enseñanza no universitaria del territorio histórico.
Párrafo añadido
– Una persona en representación del personal de administración y servicios.
Párrafo añadido
– Un o una titular de centros docentes privados.
Párrafo añadido
– Una persona en representación de los sindicatos de trabajadores y otra de las organizaciones patronales en función de su representatividad.
Párrafo añadido
– Dos representantes de ayuntamientos del territorio histórico.
Párrafo añadido
– Una persona en representación de la Diputación Foral.
Párrafo añadido
– Dos representantes de la Administración educativa.
Párrafo añadido
– Una persona en representación de las cooperativas de enseñanza del territorio histórico, perteneciente a la federación de cooperativas de enseñanza mayoritaria.
Párrafo añadido
– Una persona en representación de las asociaciones de directores y directoras de centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.