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11 jun 2018

Ley 4/2006, de 31 de marzo, Ferroviaria

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 38
Antes4. Los empleados del titular de la infraestructura y de las empresas ferroviarias tienen la consideración de agentes de la autoridad a los efectos de la exigencia, si procede, de la responsabilidad correspondiente a quienes ofrezcan resistencia o cometan atentado o desacato, de obra o de palabra, contra ellos.
Ahora4 **(Anulado).**