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20 oct 2017

Real Decreto 927/1989, de 21 de julio, por el que se constituye el Organismo de cuenca Confederación Hidrográfica del Tajo

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 1
EliminadoArtículo 1.
AntesSe constituye el Organismo de cuenca Confederación Hidrográfica del Tajo, de acuerdo con lo regulado en el artículo 20 de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, como Organismo autónomo de carácter comercial a los efectos de lo establecido en el artículo 4.1.b) del texto refundido de la Ley General Presupuestaria. Este Organismo estará adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.
AhoraArtículo 1. Confederación Hidrográfica del Tajo.
Párrafo añadido
Se constituye el Organismo de Cuenca Confederación Hidrográfica del Tajo, O. A., de acuerdo con lo regulado en el artículo 21 del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, como organismo autónomo de los previstos en el artículo 98 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la Dirección General del Agua.