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6 jul 2017
Ley 6/1991, de 19 de abril, de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 37▾
Eliminado1. La organización, funciones específicas y estructura orgánica de los archivos de la Administración de la Comunidad Autónoma se regularán por vía reglamentaria.
Antes2. La Consejería de Cultura y Bienestar Social, oído el Consejo de Archivos y los organismos implicados, establecerá y mantendrá al día un calendario de conservación de la documentación de los archivos de la Administración de la Comunidad Autónoma en el cual se determinarán el régimen y los plazos de transferencias de la misma entre los distintos archivos. Dicho calendario recogerá, asimismo, indicaciones sobre la conservación de forma permanente o la eliminación de los documentos sin valor administrativo.
AhoraLa consejería competente en materia de patrimonio documental, oído el órgano asesor y consultivo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en materia de archivos y patrimonio documental y los organismos implicados, establecerá y mantendrá al día un calendario de conservación de la documentación de los archivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en el cual se determinarán el régimen y los plazos de transferencias de la misma entre los distintos archivos. Dicho calendario recogerá asimismo indicaciones sobre la conservación de forma permanente o la eliminación de los documentos sin valor administrativo.