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23 may 2017
Real Decreto 1401/2007, de 29 de octubre, por el que se regula la composición, funcionamiento y competencias de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 2▾
Eliminadoa) Presidente: La persona titular de la Subsecretaría de Cultura, que podrá delegar en el Vicepresidente Primero.
Eliminadob) Vicepresidente primero: El Director General del Libro, Archivos y Bibliotecas, del Ministerio de Cultura.
Antesc) Vicepresidente segundo: Director General de Modernización Administrativa, del Ministerio de Administraciones Públicas.
Ahoraa) Presidente: el Secretario de Estado de Cultura, que podrá delegar en el Vicepresidente.
Párrafo añadido
b) Vicepresidente primero: El Director General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Párrafo añadido
c) Vicepresidente segundo: El Secretario General de Administración Digital, del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Eliminado1.º El Subdirector General de los Archivos Estatales, del Ministerio de Cultura.
Antes2.º El Subdirector General de Protección del Patrimonio Histórico, del Ministerio de Cultura.
Ahora1.º El Subdirector General de los Archivos Estatales, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Párrafo añadido
2.º El Subdirector General de Protección del Patrimonio Histórico, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Antes5.º Un representante de cada uno de los siguientes Ministerios, con rango, al menos de Subdirector general o equivalente: Asuntos Exteriores y de Cooperación, Justicia, Defensa, Economía y Hacienda, Interior, Fomento, Educación y Ciencia, Trabajo y Asuntos Sociales, Industria, Turismo y Comercio, Agricultura, Pesca y Alimentación, Presidencia, Administraciones Públicas, Sanidad y Consumo, Medio Ambiente y Vivienda.
Ahora5.º Un representante de cada uno de los Departamentos ministeriales existentes con rango, al menos, de Subdirector general o equivalente.
Eliminado7.º Un representante de cada Comisión Calificadora del Departamento u Organismo Público sobre cuya documentación se dictamine en la reunión correspondiente.
Eliminado8.º Hasta cinco vocales designados por el Ministro de Cultura entre personas de reconocido prestigio profesional en materias relacionadas con las competencias asignadas a esta Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos.
Eliminadoe) Secretario: un funcionario de la Subdirección General de los Archivos Estatales, con voz pero sin voto.
Eliminado2. Los vocales de los distintos Departamentos ministeriales podrán asistir a la Comisión acompañados de un representante, con voz y sin voto, del órgano u organismo cuyas competencias estén directamente relacionadas con la documentación sobre la que se dictamine en la reunión correspondiente.
EliminadoEn el caso del Ministerio del Interior, dicha representación corresponderá a las dos Secciones del Archivo General del Departamento existentes en la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil.
Eliminado3. Los vocales designados por el Ministro de Cultura ejercerán sus funciones por un período de dos años, de carácter renovable.
Antes4. Para asesorar a la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, se podrá convocar a aquellos expertos que considere oportuno consultar.
Ahora7.º Un representante de cada Comisión Calificadora del Departamento u Organismo Público, Grupo de Trabajo de Coordinación de Archivos o centro directivo competente en materia de archivos del departamento sobre cuya documentación se dictamine en la reunión correspondiente.
Párrafo añadido
8.º Un representante del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, designado por su Presidente.
Párrafo añadido
9.º Un representante de la Secretaría General de Administración Digital, nombrado por su Secretario General.
Párrafo añadido
10.º Un representante de la Secretaría de Estado para las Administraciones Territoriales, designado por su Secretario de Estado.
Párrafo añadido
11.º Hasta cinco vocales designados por el Ministro Educación, Cultura y Deporte entre personas de reconocido prestigio profesional en materias relacionadas con las competencias asignadas a esta Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos.
Párrafo añadido
e) Secretaría: Un funcionario de la Subdirección General de los Archivos Estatales, con voz pero sin voto.
Artículo 3▾
Antes3. La Comisión Permanente estará presidida por el Director General del Libro, Archivos y Bibliotecas, que podrá delegar en el Vicepresidente, e integrada por:
Ahora3. La Comisión Permanente estará presidida por el Director General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural, que podrá delegar en el Vicepresidente, e integrada por:
Antesd) Hasta un máximo de dos vocales más, designados por el Pleno entre sus miembros.
Ahorad) El representante en el Pleno del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, designado por su Presidente.
Párrafo añadido
e) El representante en el Pleno de la Agencia Española de Protección de Datos, designado por su Director.
Párrafo añadido
f) El representante en el Pleno de la Secretaría General de Administración Digital, nombrado por su Secretario General.
Párrafo añadido
g) El representante en el Pleno de la Secretaría de Estado para las Administraciones Territoriales, designado por su Secretario de Estado.
Párrafo añadido
h) Hasta un máximo de dos vocales más, designados por el Pleno entre sus miembros.
AntesLa Comisión Permanente realizará las funciones que le encomiende o delegue el Pleno y , en todo caso, el análisis y estudio de las propuestas dirigidas a la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, para su elevación al Pleno.
AhoraLa Comisión Permanente realizará las funciones que le encomiende o delegue el Pleno y, en todo caso, el análisis y estudio de las propuestas dirigidas a la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, para su elevación al Pleno.