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12 ene 2017

Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición adicional segunda
Antesb) Se presumirá la existencia del título administrativo necesario según la legislación de puertos y costas, a los efectos previstos en la letra a) del apartado 4, salvo prueba en contrario, para las construcciones existentes a la entrada en vigor de este Reglamento.
Ahorab)**(Anulada)**