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31 dic 2016
Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 53▾
Antes5. Las cantidades que el prestatario avalado venga obligado a abonar al Principado de Asturias como consecuencia o en desarrollo de la concesión por éste del aval, tendrán la consideración de ingresos de derecho público.
Ahora5. Las cantidades que deban ser abonadas a la Administración del Principado de Asturias como consecuencia de la concesión o ejecución de los avales concedidos por esta, cualquiera que sea el obligado, tendrán la consideración de ingresos de derecho público.