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8 dic 2016
Circular 1/2015, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de desarrollo de la información regulatoria de costes relativa a las actividades reguladas de transporte, regasificación, almacenamiento y gestión técnica del sistema de gas natural, así como transporte y operación del sistema de electricidad
Qué ha cambiado (8 artículos)
Sexto▾
Eliminado4. Posteriormente, los costes localizados en los CECOS Principales se trasladan íntegramente a los OFC (OFC de actividades reguladas, OFC distribución, OFC otras reguladas y OFC de actividades no reguladas), aplicando los «Criterios de Reparto Secundarios», que son los siguientes:
Antes| CECOS Principales | Criterio de reparto | Funcionamiento |
| --- | --- | --- |
| Ingeniería. | Nivel de dedicación a los OFC. | El criterio empleado es el porcentaje de dedicación a cada uno de los OFC. |
| Construcción. | | |
| Almacén y logística. | Magnitud de los costes localizados en los OFC. | El criterio empleado para el reparto de los costes a los OFC es proporcional al importe de los costes directos localizados en cada uno de ellos. |
| Operación y Mantenimiento. | Magnitud de los costes localizados por centro de mantenimiento y sus OFC asociados. | El criterio empleado para el reparto de los costes a los OFC es proporcional al importe de los costes directos localizados en cada centro de mantenimiento y sus OFC asociados. |
| Centros de mantenimiento. | Nivel de dedicación a los OFC. | El criterio empleado es el porcentaje de dedicación de los CECOS a cada uno de los OFC. |
| OS/GTS. | Nivel de dedicación a los OFC. | Los costes del OS/GTS se transfieren en función del nivel de dedicación a cada OFC. |
| Gestión ATR. | Número de contratos de acceso de cada actividad. | Los costes de Gestión ATR se transfieren en función del número de contratos de acceso de cada actividad y por el valor de reposición de los activos de los OFC de O&M. |
| Desarrollo de negocio, Negocios no regulados y Relaciones Institucionales. | Se reparte a los OFC de no reguladas. | |
Ahora4. Posteriormente, los costes localizados en los CECOS principales se trasladan íntegramente a los OFC (OFC de actividades reguladas, OFC distribución, OFC otras reguladas y OFC de actividades no reguladas), aplicando los «criterios de reparto secundarios», que son los siguientes:
Párrafo añadido
| CECOS Principales | Criterio de reparto | Funcionamiento |
| --- | --- | --- |
| Ingeniería. | Nivel de dedicación a los OFC. | El criterio empleado es el porcentaje de dedicación a cada uno de los OFC. |
| Construcción. | | |
| Almacén y logística. | Magnitud de los costes localizados en los OFC. | El criterio empleado para el reparto de los costes a los OFC de OyM es proporcional al importe de los costes directos localizados en cada uno de ellos. |
| Operación y Mantenimiento. | Magnitud de los costes localizados por centro de mantenimiento y sus OFC asociados. | El criterio empleado para el reparto de los costes a los OFC es proporcional al importe de los costes directos localizados en cada centro de mantenimiento y sus OFC asociados. |
| Centros de mantenimiento. | Nivel de dedicación a los OFC. | El criterio empleado es el porcentaje de dedicación de los CECOS a cada uno de los OFC. |
| OS/GTS. | Nivel de dedicación a los OFC. | Los costes del OS/GTS se transfieren en función del nivel de dedicación a cada OFC. |
| Gestión ATR. | Número de contratos de acceso de cada actividad. | Los costes de Gestión ATR se transfieren en función del número de contratos de acceso de cada actividad y por el valor neto contable de los activos de los OFC de O&M. |
| Desarrollo de negocio, Negocios no regulados y Relaciones Institucionales. | Se reparte a los OFC de no reguladas. | |
Duodécimo▾
Antes1. El interlocutor designado por el sujeto obligado deberá efectuar el envío de la información a través del procedimiento denominado «Circular 1/2015», que se habilitará a tal efecto en la Sede Electrónica de la CNMC.
Ahora1. El interlocutor designado por el sujeto obligado deberá efectuar el envío de la información a través del procedimiento denominado «Reporte información - Circular 1/2015», que se habilitará a tal efecto en la Sede Electrónica de la CNMC.
Antes2. La información de todos los formularios y documentos que se solicitan en el Capítulo III referida a un ejercicio, deberá remitirse antes del día 1 de julio del ejercicio inmediato posterior al ejercicio de la declaración, salvo el formulario 1 y el formulario 10, en el caso del sector eléctrico, que deberán remitirse antes del día 1 de mayo del ejercicio inmediato posterior al ejercicio de la declaración. La información y documentación anteriores sólo se considerarán correctamente presentadas cuando el envío haya sido validado en los términos del artículo decimotercero.
Ahora2. La información de todos los formularios y documentos que se solicitan en el Capítulo III referida a un ejercicio, deberá remitirse antes del día 1 de julio del ejercicio inmediato posterior al ejercicio de la declaración, salvo los formularios 1, 10 y 11 para el sector eléctrico, que deberán remitirse antes del día 1 de mayo del ejercicio inmediato posterior al ejercicio de la declaración. La información y documentación anteriores sólo se considerarán correctamente presentadas cuando el envío haya sido validado en los términos del artículo decimotercero.
Párrafo añadido
El sujeto obligado deberá enviar los anexos A, B, C y D del informe de auditoría antes del 1 de septiembre del ejercicio siguiente al ejercicio de la declaración, en formato pdf y en formato excel.
Decimoquinto▾
Antes1. La información solicitada para el Sistema IRC a los sujetos obligados en el ámbito de esta Circular deberá ser auditada en cada ejercicio, en los términos y con los requisitos previstos en el Anexo V de la presente Circular. La responsabilidad del auditor, definido conforme al artículo 2.3 del texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2011 de 1 de julio, o norma que lo sustituya, se circunscribe a realizar su trabajo conforme a las normas de actuación exigidas en el «Anexo V Auditorías».
Ahora1. La información solicitada para el sistema IRC a los sujetos obligados en el ámbito de esta Circular deberá ser auditada en cada ejercicio, en los términos y con los requisitos previstos en el Anexo V de la presente Circular. La responsabilidad del auditor, definido conforme al artículo 3.3 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, o norma que lo sustituya, se circunscribe a realizar su trabajo conforme a las normas de actuación exigidas en el «Anexo V Auditorías».
Vigésimo▾
Artículo nuevo
Vigésimo. Actualización de Anexos
Cuando las necesidades técnicas o los cambios regulatorios así lo requieran la CNMC, mediante Resolución, podrá modificar los campos que integran los formularios y tablas contenidos en los Anexos de la presente Circular así como las instrucciones para la cumplimentación de dichos formularios y efectuar aquellas adaptaciones técnicas en los Anexos que dichas modificaciones exijan. La Resolución que se dicte modificando o adaptando los extremos señalados deberá ser publicada en el Boletín Oficial del Estado, sin perjuicio de su publicación a través del procedimiento denominado «Reporte información - Circular 1/2015», habilitado en la Sede Electrónica de la CNMC.
ANEXO I▾
Antes1.1 Bloque F1-E1: Líneas eléctricas.
Ahora1.1 Bloque F1-E1: Líneas eléctricas
Eliminado| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código Único de Activo Regulado. | C(33) | Coherencia del CUAR. |
| Nombre. | Nombre de la Línea. | C(≤25) | |
| Tipo. | Tipo de línea. 1. Aérea. 2. Subterránea. 3. Submarina. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Corriente. | Tipo de corriente de la línea. 1. Alterna. 2. Continua. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| N.º circuitos. | Número de circuitos de la línea: 1. Simple. 2. Doble. 3. Triple. 4. Cuádruple. 5. Simple sobre apoyos de doble circuito. 6. Segundo circuito en línea con apoyos para doble circuito. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| N.º conductores. | Número de conductores de la línea: 1. Simplex. 2. Dúplex. 3. Triplex. 4. Otros. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Tensión. | Tensión de la línea. 1. 400kV≤U. 2. 220kV≤U<400kV. 3. 132kV≤U<220kV. 4. 66kV≤U<132kV. 5. Otras. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Sección. | Sección de la línea. 1. S≤50 mm2. 2. 50<S≤60 mm2. 3. 60<S≤100 mm2. 4. 100<S≤125 mm2. 5. 125<S≤150 mm2. 6. 150<S≤200 mm2. 7. 200<S≤300 mm2. 8. 300<S≤400 mm2. 9. 400<S≤500 mm2. 10. 500<S≤630 mm2. 11. 630<S≤800 mm2. 12. 800<S≤1100 mm2. 13. 1100<S≤1200 mm2. 14. 1200<S≤2000 mm2. 15. 2000<S≤2500 mm2. 16. 2500 mm2<S. | NP(2,0) | Número de la lista. |
| Material. | Material de la línea. 1. Aluminio. 2. Cobre. 3. Otros materiales y aleaciones. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Repotenciación. | Si es una repotenciación de una línea, Sí, en caso contrario No. | B | |
| CUAR repotenciación. | En caso de ser una repotenciación, CUAR de la línea repotenciada. En caso contrario, NA. | C(≤33) | Si es un CUAR, debe estar declarado en el mismo Bloque. |
| Viento de diseño. | Viento máximo de diseño de la línea, en km/h. | NP(3,0) | |
| CUAR origen 1. | CUAR de origen de la línea. Debe ser el de otra Línea o de una Posición/Transformador/Máquina. | C(33) | El CUAR debe estar declarado en los Bloques F1-E1, F1-E2, F1-E3, o en el F1-E4. |
| CUAR origen 2. | En el caso de una línea de doble circuito, CUAR de origen del mimo. Debe ser el de otra Línea o de una Posición/Transformador/Máquina. En caso contrario, NA. | C (≤33) | En el caso de CUARdebe estar declarado en los Bloques F1-E1, F1-E2, F1-E3, o en el F1-E4. |
| CUAR fin 1. | CUAR de fin de la línea. Debe ser el de otra Línea o de una Posición/Transformador/Máquina. En el caso de conexión internacional indicar: PT: Portugal. FR: Francia. MR: Marruecos. AN: Andorra. | C(≤33) | El CUAR debe estar declarado en los Bloques F1-E1, F1-E2, F1-E3, o en el F1-E4. |
| CUAR fin 2. | En el caso de una línea de doble circuito, CUAR fin del mismo. Debe ser el de otra Línea o de una Posición/Transformador/Máquina. En caso contrario, NA. En el caso de conexión internacional indicar: PT: Portugal. FR: Francia. MR: Marruecos. AN: Andorra. | C(≤33) | En el caso de CUAR debe estar declarado en los Bloques F1-E1, F1-E2, F1-E3, o en el F1-E4. |
| Municipio origen. | Código INE del municipio de origen de la línea. | NP(5,0) | Valor válido de un municipio. |
| Municipio fin. | Código INE del municipio de fin de la línea. | NP(5,0) | Valor válido de un municipio. |
| Capacidad. | Capacidad de transporte, en MVA, de la línea. | NP(5,0) | |
| Longitud. | Longitud admitida de la línea, en metros. | NP(6,2) | |
| Centro mantenimiento. | Centro de mantenimiento desde el cual se realiza el mantenimiento de la línea. | C(9) | Valor declarado en el Bloque F1-E6. |
Antes1.2 Bloque F1-E2: Posiciones.
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código Único de Activo Regulado. | C(33) | Coherencia del CUAR. |
| Nombre. | Nombre de la Línea. | C(≤255) | |
| Tipo. | Tipo de línea. 1. Aérea. 2. Subterránea. 3. Submarina. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Corriente. | Tipo de corriente de la línea. 1. Alterna. 2. Continua. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| N.º circuitos. | Número de circuitos de la línea: 1. Simple. 2. Doble. 3. Triple. 4. Cuádruple. 5. Simple sobre apoyos de doble circuito. 6. Segundo circuito en línea con apoyos para doble circuito. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| N.º conductores. | Número de conductores de la línea: 1. Simplex. 2. Dúplex. 3. Tríplex. 4. Otros. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Tensión. | Tensión de la línea. 1. 400kV≤U. 2. 220kV≤U<400kV. 3. 132kV≤U<220kV. 4. 66kV≤U<132kV. 5. Otras. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Sección. | Sección de la línea. 1. S≤50 mm2 2. 50<S≤60 mm2 3. 60<S≤100 mm2 4. 100<S≤125 mm2 5. 125<S≤150 mm2 6. 150<S≤200 mm2 7. 200<S≤300 mm2 8. 300<S≤400 mm2 9. 400<S≤500 mm2 10. 500<S≤630 mm2 11. 630<S≤800 mm2 12. 800<S≤1100 mm2 13. 1100<S≤1200 mm2 14. 1200<S≤2000 mm2 15. 2000<S≤2500 mm2 16. 2500 mm2<S. | NP(2,0) | Número de la lista. |
| Material. | Material de la línea. 1. Aluminio. 2. Cobre. 3. Otros materiales y aleaciones. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Repotenciación. | Si es una repotenciación de una línea, Sí, en caso contrario No. | B | |
| CUAR repotenciación. | En caso de ser una repotenciación, CUAR de la línea repotenciada. En caso contrario, NA. | C(≤33) | Si es un CUAR, debe estar declarado en el mismo Bloque. |
| Viento de diseño. | Viento máximo de diseño de la línea, en km/h. | NP(3,0) | |
| CUAR origen 1. | CUAR de origen de la línea. Debe ser el de otra Línea o de una Posición/Transformador/Máquina. En el caso de tener como origen una subestación con configuración interruptor y medio, se declarará el CUAR de la posición no compartida. En el caso de que el CUAR origen de línea no pertenezca a la empresa indicar: NP: No perteneciente a la empresa. | C(33) | El CUAR debe estar declarado en los Bloques F1-E1, F1-E2, F1-E3, o en el F1-E4, o en los correspondientes Bloques del Formulario 11, solo en el caso de ser de la misma empresa. |
| CUAR origen 2. | En el caso de una línea de dos circuitos o más, CUAR de origen del mismo. Debe ser el de otra Línea o de una Posición/Transformador/Máquina. En el caso de tener como origen una subestación con configuración interruptor y medio, se declarará el CUAR de la posición no compartida. En caso contrario, NA. En el caso de que el CUAR origen de línea no pertenezca a la empresa indicar: NP: No perteneciente a la empresa. | C (≤33) | En el caso de CUAR debe estar declarado en los Bloques F1-E1, F1-E2, F1-E3, o en el F1-E4, o en los correspondientes Bloques del Formulario 11, solo en el caso de ser de la misma empresa. |
| CUAR origen 3. | CUAR de origen una línea de tres circuitos o más, CUAR de origen del mismo. Debe ser el de otra Línea o de una Posición/Transformador/Máquina. En el caso de tener como origen una subestación con configuración interruptor y medio, se declarará el CUAR de la posición no compartida. En caso contrario, NA. En el caso de que el CUAR origen de línea no pertenezca a la empresa indicar: NP: No perteneciente a la empresa. | C(33) | El CUAR debe estar declarado en los Bloques F1-E1, F1-E2, F1-E3, o en el F1-E4, o en los correspondientes Bloques del Formulario 11, solo en el caso de ser de la misma empresa. |
| CUAR origen 4. | CUAR de origen una línea de cuatro circuitos, CUAR de origen del mismo. Debe ser el de otra Línea o de una Posición/Transformador/Máquina. En el caso de tener como origen una subestación con configuración interruptor y medio, se declarará el CUAR de la posición no compartida. En caso contrario, NA. En el caso de que el CUAR origen de línea no pertenezca a la empresa indicar: NP: No perteneciente a la empresa. | C (≤33) | En el caso de CUAR debe estar declarado en los Bloques F1-E1, F1-E2, F1-E3, o en el F1-E4, o en los correspondientes Bloques del Formulario 11, solo en el caso de ser de la misma empresa. |
| CUAR fin 1. | CUAR de fin de la línea. Debe ser el de otra Línea o de una Posición/Transformador/Máquina En el caso de tener como fin una subestación con configuración interruptor y medio, se declarará el CUAR de la posición no compartida. En el caso de conexión internacional indicar: PT: Portugal. FR: Francia. MR: Marruecos. AN: Andorra. En el caso de que el CUAR fin de línea no pertenezca a la empresa indicar: NP: No perteneciente a la empresa. | C(≤33) | En el caso de declarar CUAR, el mismo debe estar declarado en los Bloques F1-E1, F1-E2, F1-E3, o en el F1-E4, o en los correspondientes Bloques del Formulario 11, solo en el caso de ser de la misma empresa. |
| CUAR fin 2. | En el caso de una línea de dos circuitos o más, CUAR fin del mismo. Debe ser el de otra Línea o de una Posición/Transformador/Máquina. En el caso de tener como fin una subestación con configuración interruptor y medio, se declarará el CUAR de la posición no compartida. En caso contrario, NA. En el caso de conexión internacional indicar: PT: Portugal. FR: Francia. MR: Marruecos. AN: Andorra. En el caso de que el CUAR fin de línea no pertenezca a la empresa indicar: NP: No perteneciente a la empresa. | C(≤33) | En el caso de declarar CUAR, el mismo debe estar declarado en los Bloques F1-E1, F1-E2, F1-E3, o en el F1-E4, o en los correspondientes Bloques del Formulario 11, solo en el caso de ser de la misma empresa. |
| CUAR fin 3. | En el caso de una línea de tres circuitos o más, CUAR fin del mismo. Debe ser el de otra Línea o de una Posición/Transformador/Máquina. En el caso de tener como fin una subestación con configuración interruptor y medio, se declarará el CUAR de la posición no compartida. En caso contrario, NA. En el caso de conexión internacional indicar: PT: Portugal. FR: Francia. MR: Marruecos. AN: Andorra. En el caso de que el CUAR fin de línea no pertenezca a la empresa indicar: NP: No perteneciente a la empresa. | C(≤33) | En el caso de declarar CUAR, el mismo debe estar declarado en los Bloques F1-E1, F1-E2, F1-E3, o en el F1-E4, o en los correspondientes Bloques del Formulario 11, solo en el caso de ser de la misma empresa. |
| CUAR fin 4. | En el caso de una línea de cuatro circuitos, CUAR fin del mismo. Debe ser el de otra Línea o de una Posición/Transformador/Máquina. En el caso de tener como fin una subestación con configuración interruptor y medio, se declarará el CUAR de la posición no compartida. En caso contrario, NA. En el caso de conexión internacional indicar: PT: Portugal. FR: Francia. MR: Marruecos. AN: Andorra. En el caso de que el CUAR fin de línea no pertenezca a la empresa indicar: NP: No perteneciente a la empresa. | C(≤33) | En el caso de declarar CUAR, el mismo debe estar declarado en los Bloques F1-E1, F1-E2, F1-E3, o en el F1-E4, o en los correspondientes Bloques del Formulario 11 solo en el caso de ser de la misma empresa. |
| Municipio origen. | Código INE del municipio de origen de la línea. | NP(5,0) | Valor válido de un municipio. |
| Municipio fin. | Código INE del municipio de fin de la línea. | NP(5,0) | Valor válido de un municipio. |
| Capacidad. | Capacidad de transporte, en MVA, de la línea. | NP(5,0) | |
| Longitud. | Longitud admitida de la línea, en metros. | NP(6,2) | |
| Centro mantenimiento. | Centro de mantenimiento desde el cual se realiza el mantenimiento de la línea. | C(9) | Valor declarado en el Bloque F1-E6. |
Párrafo añadido
1.2 Bloque F1-E2: Posiciones
Eliminado| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código Único de Activo Regulado. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Denominación. | Nombre de la posición. | C(≤255) | |
| Configuración. | Configuración de la Posición. 1. Barra simple. 2. Doble Barra. 3. Triple Barra. 4. Anillo. 5. Doble anillo. 6. Anillo en plano vertical. 7. Interruptor y medio. 8. Móvil. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Tipo. | Tipo de Posición. 1. Convencional. 2. Blindada sin fluoductos. 3. Blindada con fluoductos. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Ubicación. | Ubicación de la Posición. 1. En intemperie. 2. En edificio. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Tensión. | Tensión de la Posición. 1. 400kV≤U. 2. 220kV≤U<400kV. 3. 132kV≤U<220kV. 4. 66kV≤U<132kV. 5. Otras. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Intensidad. | Intensidad de la Posición. 1. 63kA. 2. 50 kA. 3. 40 kA. 4. 31,5 kA. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Equipamiento. | Equipamiento de la Posición. 1. Posición equipada. 2. Posición de reserva sin equipar. 3. Equipamiento de posición de reserva. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Centro mantenimiento. | Código del Centro de mantenimiento desde el que se mantiene la posición. En caso de posición móvil se declarará el centro de mantenimiento al que este asociada la posición al cierre del ejercicio. | C(9) | Valor declarado en el Bloque F1-E6. |
Antes1.3 Bloque F1-E3: Transformadores.
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código Único de Activo Regulado. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Denominación. | Nombre de la posición. | C(≤255) | |
| Configuración. | Configuración de la Posición. 1. Barra simple. 2. Doble Barra. 3. Triple Barra. 4. Anillo. 5. Doble anillo. 6. Anillo en plano vertical. 7. Interruptor y medio. 8. Móvil. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Tipo. | Tipo de Posición. 1. Convencional. 2. Blindada sin fluoductos. 3. Blindada con fluoductos. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Ubicación. | Ubicación de la Posición. 1. En intemperie. 2. En edificio. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Tensión. | Tensión de la Posición. 1. 400kV≤U. 2. 220kV≤U<400kV. 3. 132kV≤U<220kV. 4. 66kV≤U<132kV. 5. Otras. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Intensidad. | Intensidad de la Posición. 1. 63kA. 2. 50 kA. 3. 40 kA. 4. 31,5 kA. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Equipamiento. | Equipamiento de la Posición. 1. Posición equipada. 2. Posición de reserva sin equipar. 3. Equipamiento de posición de reserva. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Centro mantenimiento. | Código del Centro de mantenimiento desde el que se mantiene la posición. En caso de posición móvil se declarará el centro de mantenimiento al que este asociada la posición al cierre del ejercicio. | C(9) | Valor declarado en el Bloque F1-E6. |
| CUAR de reserva equipada. | En caso de ser un equipamiento de una posición de reserva, CUAR de la posición de reserva equipada. En caso contrario, NA. | C(33) | Valor declarado en el F1-E2. |
| Código de Subestación. | Código de la subestación. | C(5) | Declarado en el F1-E10. |
Párrafo añadido
1.3 Bloque F1-E3: Transformadores
Eliminado| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR del activo regulado. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Denominación. | Nombre del transformador. | C(≤255) | |
| Relación Transformación. | Relación de transformación. 1. 400/220 kV. 2. 400/220/132-110 kV. 3. 400/132-1 1 0 kV. 4. 220/132 kV. 5. 220/132/66 kV. 6. 220/66 kV. 7. 132/66 kV. 8. 66 kV/MT. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Fases. | Número de fases del transformador. 1. Monofásico. 2. Trifásico. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Potencia. | Indicar la potencia, en MVA, del transformador. | NP(5,0) | |
| Centro mantenimiento. | Código del Centro de mantenimiento desde el que se mantiene. En caso de transformador móvil se declarará el centro de mantenimiento al que este asociada la posición al cierre del ejercicio. | NP(3,0) | Valor declarado en el Bloque F1-E6. |
Antes1.4 Bloque F1-E4: Máquinas.
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR del activo regulado. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Denominación. | Nombre del transformador. | C(≤255) | |
| Relación Transformación. | Relación de transformación. 1. 400/220 kV. 2. 400/220/132-110 kV. 3. 400/132-110 kV. 4. 220/132 kV. 5. 220/132/66 kV. 6. 220/66 kV. 7. 132/66 kV. 8. 66 kV/MT. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Fases. | Número de fases del transformador. 1. Monofásico. 2. Trifásico. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Potencia. | Indicar la potencia, en MVA, del transformador. | NP(5,0) | |
| Centro mantenimiento. | Código del Centro de mantenimiento desde el que se mantiene. En caso de transformador móvil se declarará el centro de mantenimiento al que este asociada la posición al cierre del ejercicio. | NP(3,0) | Valor declarado en el Bloque F1-E6. |
| Código de Subestación. | Código de la subestación. En caso de transformador móvil se declarará NA. | C(5) | Declarado en el F1-E10. |
Párrafo añadido
1.4 Bloque F1-E4: Máquinas
Eliminado| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR del activo regulado. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Denominación. | Nombre de la máquina. | C(≤255) | |
| Tipo. | Tipo de máquina. 1. Reactancia. 2. Condensador. 3. Desfasador. 4. Estación conversora. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Tensión. | Tensión de la máquina. 1. 400 kV. 2. 220 kV. 3. 132 kV. 4. 66 kV. 5. Otras. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Capacidad. | Capacidad de la máquina en MVA o MVAr. | NP(5,0) | |
| Centro mantenimiento. | Código del Centro de mantenimiento desde el que se mantiene. | C(9) | Valor declarado en el Bloque F1-E6. |
Antes1.5 Bloque F1-E5: Despachos.
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR del activo regulado. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Denominación. | Nombre de la máquina. | C(≤255) | |
| Tipo. | Tipo de máquina. 1. Reactancia. 2. Condensador. 3. Desfasador. 4. Estación conversora. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Tensión. | Tensión de la máquina. 1. 400 kV. 2. 220 kV. 3. 132 kV. 4. 66 kV. 5. Otras. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Capacidad. | Capacidad de la máquina en MVA o MVAr. | NP(5,0) | |
| Centro mantenimiento. | Código del Centro de mantenimiento desde el que se mantiene. | C(9) | Valor declarado en el Bloque F1-E6. |
| Código de Subestación. | Código de la subestación. En caso de no estar situado en una subestación se declarará NA. | C(5) | Declarado en el F1-E10. |
Párrafo añadido
1.5 Bloque F1-E5: Despachos
Antes| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR del activo regulado. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Denominación. | Descripción de la actuación que se realiza sobre el activo. | C(≤255) | |
| CUAR asociado. | Código CUAR del activo sobre el que se realiza la actuación. | | |
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR del activo regulado. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Denominación. | Descripción de la actuación que se realiza sobre el activo. | C(≤255) | |
| Año de actuación. | Ejercicio de puesta en servicio de la actuación. | NP(4,0) | |
| CUAR asociado. | Código CUAR del activo sobre el que se realiza la actuación. Para años anteriores al 2015 indicar NA. | C(33) | Declarado en el los Bloques F1-E1 a F1-E4. |
Párrafo añadido
1.10 Bloque F1-E10: Subestaciones
Párrafo añadido
Descripción de campos:
Párrafo añadido
| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código Subestación. | Código de la subestación asignado según las instrucciones del Bloque 2 del CUAR. | C(5) | |
| Denominación. | Nombre de la Subestación. | C(≤255) | |
| Municipio. | Código INE del término municipal donde está ubicada la subestación. | NP(5,0) | Valor válido del término municipal de la lista del INE. |
| ID Terreno. | Código del terreno sobre el que se asientan la subestación. | C(5) | Valor declarado en el Bloque F6-AR3. |
Antes2.1 Bloque F2-GT1: Gasoductos.
Ahora2.1 Bloque F2-GT1: Gasoductos
Eliminado| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR de la Obra Lineal de gasoducto. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Descriptivo del CUAR. | Descriptivo de la instalación asociada al CUAR. | C(≤255) | |
| CUAR Modificada. | En caso de que el CUAR sea una modificación o actuación complementaria, indicar el CUAR de la instalación sobre la que se realiza. En caso contrario, NA. | C(≤33) | En el caso de declarar CUAR, debe estar declarado en el mismo Bloque F2-GT1. |
| Centro de mantenimiento. | Código del centro de mantenimiento al que está asignada la instalación. | C(9) | Existencia en la Tabla 6. |
| CUAR origen. | CUAR de la Posición inicial a la que la Obra Lineal del gasoducto está conectada. En el supuesto que el inicio se corresponda con un límite provincial, se indicará el CUAR de la Obra Lineal a la que se conecta. | C(33) | Existencia de CUAR en el Bloque F2-GT1 o F2-GT2. |
| CUAR fin. | CUAR de la Posición final a la que la Obra Lineal del gasoducto está conectada. En el supuesto que el final se corresponda con un límite provincial, se indicará el CUAR de la Obra Lineal a la que se conecta. | C(33) | Existencia de CUAR en el Bloque F2-GT1 o F2-GT2. |
| Provincia. | Código INE de la provincia en la que se encuentra ubicada la Obra Lineal del CUAR. | NP(2,0) | Valor válido de la provincia de la lista del INE. |
| Municipio origen. | Código INE del término municipal de la instalación inicial a la que la Obra Lineal del gasoducto está conectada. | NP(5,0) | Valor válido del término municipal de la lista del INE. |
| Municipio fin. | Código INE del término municipal de la instalación final a la que la Obra Lineal del gasoducto está conectada. | NP(5,0) | Valor válido del término municipal de la lista del INE. |
| Titular de Operación. | Operación del activo. 1. Activo operado por el titular. 2. Activo operado por un GRI. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Tipo gasoducto. | Tipo de gasoducto: 1. Transporte primario troncal. 2. Transporte primario no troncal. 3. Transporte secundario. 4. Transporte gasoducto submarino. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Longitud. | Longitud real, en metros, del gasoducto. | NP(6,3) | |
| Presión. | Presión máxima autorizada en bar. | NP(3,3) | |
| Diámetro. | Diámetro del gasoducto. | C(6) | Contenido en la Tabla 62. |
Antes2.2 Bloque F2-GT2: Posiciones.
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR de la Obra Lineal de gasoducto. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Descriptivo del CUAR. | Descriptivo de la instalación asociada al CUAR. | C(≤255) | |
| CUAR Modificada. | En caso de que el CUAR sea una modificación o actuación complementaria, indicar el CUAR de la instalación sobre la que se realiza. En caso contrario, NA. | C(≤33) | En el caso de declarar CUAR, debe estar declarado en el mismo Bloque F2-GT1. |
| Centro de mantenimiento. | Código del centro de mantenimiento al que está asignada la instalación. | C(9) | Existencia en la Tabla 6. |
| CUAR origen. | CUAR de la Posición inicial a la que la Obra Lineal del gasoducto está conectada. En el supuesto que el inicio se corresponda con: a) Un límite provincial, se indicará el CUAR de la Obra Lineal a la que se conecta. b) Una bifurcación mediante picaje, T u otra figura, se indicará el CUAR de la Obra Lineal a la que se conecta. c) Un almacenamiento subterráneo, se indicará el CUAR de las instalaciones terrestres de superficie correspondientes. d) Una planta de regasificación, se indicará el CUAR de la ERM o EM de regasificación correspondiente. | C(33) | Existencia de CUAR en el Bloque F2-GT1, F2-GT2, F2-AS1, o F2-R5, o en los correspondientes Bloques del Formulario 12, en caso de tratarse de un activo del que el sujeto es titular. |
| CUAR fin. | CUAR de la Posición final a la que la Obra Lineal del gasoducto está conectada. En el supuesto que el final se corresponda con: a) Un límite provincial, se indicará el CUAR de la Obra Lineal a la que se conecta. b) Una bifurcación mediante picaje, T u otra figura, se indicará el CUAR de la Obra Lineal a la que se conecta. c) Una conexión internacional, se indicará: PT: Portugal. FR: Francia. MR: Marruecos. AN: Andorra. AR: Argelia. d) Un Punto de Suministro, se indicará CL. | C(33) | Existencia de CUAR en el Bloque F2-GT1 o F2-GT2, o en los correspondientes Bloques del Formulario 12, en caso de tratarse de un activo del que el sujeto es titular. |
| Provincia. | Código INE de la provincia en la que se encuentra ubicada la Obra Lineal del CUAR. | NP(2,0) | Valor válido de la provincia de la lista del INE. |
| Municipio origen. | Código INE del término municipal de la instalación inicial a la que la Obra Lineal del gasoducto está conectada. | NP(5,0) | Valor válido del término municipal de la lista del INE. |
| Municipio fin. | Código INE del término municipal de la instalación final a la que la Obra Lineal del gasoducto está conectada. | NP(5,0) | Valor válido del término municipal de la lista del INE. |
| Titular de Operación. | Operación del activo. 1. Activo operado por el titular. 2. Activo operado por un GRI. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Tipo gasoducto. | Tipo de gasoducto: 1. Transporte primario troncal. 2. Transporte primario no troncal. 3. Transporte secundario. 4. Transporte gasoducto submarino. 5. Acometida de transporte primario. 6. Acometida de transporte secundario. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Longitud. | Longitud real, en metros, del gasoducto. | NP(6,3) | |
| Presión. | Presión máxima autorizada en bar. | NP(3,3) | |
| Diámetro. | Diámetro del gasoducto. | C(6) | Contenido en la Tabla 62. |
Párrafo añadido
2.2 Bloque F2-GT2: Posiciones
Eliminado| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR de la posición/modificación posición. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Descriptivo del CUAR. | Descriptivo de la unidad constructiva asociada al CUAR. | C(≤255) | |
| Tipo. | Tipo de posición. En el caso de modificación indicar tipo tras la modificación. 1. Tipo S. 2. Tipo D. 3. Tipo T. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Tipo de actuación. | Tipo de actuación. 1. Instalación simultánea junto con gasoducto. 2. Instalación en gasoducto existente. 3. Transformación de una Tipo S a Tipo D. 4. Transformación de una Tipo S a Tipo T. 5. Transformación de una Tipo D a Tipo T. 6. Nueva derivación en posición existente Tipo D. 7. Nueva derivación en posición existente Tipo T. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| CUAR Modificada. | Código CUAR a rellenar cuando es modificación, ampliación o transformación de un CUAR (posición) previo existente. En caso contrario, NA. | C(≤33) | En el caso de CUAR, declarado en el mismo Bloque. |
| Diámetro. | Diámetro del gasoducto. | C(6) | Contenido en la Tabla 62. |
| CUAR. Instalación Conectada. | Código CUAR de la unidad constructiva a la que está conectada: Se indicará el CUAR del gasoducto sobre el que está instalada. | C(33) | Declarado en el Bloque Gasoductos F2-GT1. |
| Tipo gasoducto. | Tipo de gasoducto: 1. Transporte primario troncal. 2. Transporte primario no troncal. 3. Transporte secundario. 4. Transporte gasoducto submarino. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Titular de la Operación. | Operación del activo. 1. Activo operado por el titular. 2. Activo operado por un GRI. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Centro de mantenimiento. | Código del centro de mantenimiento al que está asignada la instalación. | C(9) | Existencia en la Tabla 6. |
Antes2.3 Bloque F2-GT3: ERM/EM/ERP/ERC.
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR de la posición/modificación posición. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Descriptivo del CUAR. | Descriptivo de la unidad constructiva asociada al CUAR. | C(≤255) | |
| Tipo. | Tipo de posición. En el caso de modificación indicar tipo tras la modificación. 1. Tipo S. 2. Tipo D. 3. Tipo T. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Tipo de actuación. | Tipo de actuación. 1. Instalación simultánea junto con gasoducto. 2. Instalación en gasoducto existente. 3. Transformación de una Tipo S a Tipo D. 4. Transformación de una Tipo S a Tipo T. 5. Transformación de una Tipo D a Tipo T. 6. Nueva derivación en posición existente Tipo D. 7. Nueva derivación en posición existente Tipo T. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| CUAR Modificada. | Código CUAR a rellenar cuando es modificación, ampliación o transformación de un CUAR (posición) previo existente. En caso contrario, NA. | C(≤33) | En el caso de CUAR, declarado en el mismo Bloque. |
| Diámetro. | Diámetro del gasoducto sobre el que se construye la posición. | C(6) | Contenido en la Tabla 62. |
| CUAR Instalación Conectada. | Código CUAR de la unidad constructiva a la que está conectada: se indicará el CUAR del gasoducto sobre el que se construye. | C(33) | Declarado en el Bloque F2-GT1 Gasoductos o en los correspondientes Bloques del Formulario 12. |
| Tipo gasoducto. | Tipo de gasoducto: 1. Transporte primario troncal. 2. Transporte primario no troncal. 3. Transporte secundario. 4. Transporte gasoducto submarino. 5. Acometida de transporte primario. 6. Acometida de transporte secundario. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Titular de la Operación. | Operación del activo. 1. Activo operado por el titular. 2. Activo operado por un GRI. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Centro de mantenimiento. | Código del centro de mantenimiento al que está asignada la instalación. | C(9) | Existencia en la Tabla 6. |
| Seguridad patrimonial. | Indicar si incorpora recinto vallado y dotado de sistemas de seguridad patrimonial: SI/NO. | B | |
Párrafo añadido
2.3 Bloque F2-GT3: ERM/EM/ERP/ERC
Eliminado| Nombre código | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR de la ERM/EM/ERP/ERC. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Descriptivo del CUAR. | Descriptivo de la unidad constructiva asociada al CUAR. | C(≤255) | |
| Tipo. | Tipo de estación. 1. ERM. 2. EM. 3. ERC. 4. ERP. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Tipo G. | Para ERM/EM se indicará el Tipo de G de la turbina de medición que se lista a continuación. En el caso de instalaciones con medición por ultrasonidos se corresponderá con el Tipo G de una ERM clásica equivalente. En el caso de modificación indicar tipo tras la modificación. | C(6) | Contenido en Tabla 63. |
| Ultrasonidos. | Indicar si ultrasonidos: Sí/No. | B | |
| Tipo gasoducto. | Tipo de gasoducto: 1. Transporte primario troncal. 2. Transporte primario no troncal. 3. Transporte secundario. 4. Transporte gasoducto submarino. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Tipo de actuación. | Tipo de actuación. 1. Instalación simultánea junto con gasoducto. 2. Instalación en gasoducto existente. 3. Línea adicional. 4. Sustitución de equipos de medición existentes. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Número de líneas en operación. | Indicar el número de líneas en operación que dispone la ERM. En caso de línea adicional y sustitución de equipos indicar la actuación. | NP(1,0) | |
| Número de líneas en reserva. | Indicar el número de líneas en reserva que dispone la ERM. En caso de línea adicional y sustitución de equipos indicar la actuación. | NP(1,0) | |
| CUAR Modificada. | Código CUAR a rellenar cuando es modificación, ampliación o transformación de un CUAR existente. En caso contrario, NA. | C(≤33) | Declarado en el mismo Bloque. |
| CUAR Instalación Conectada. | Se indicará el CUAR de la Posición a la que está Conectada. | C(33) | Declarado en Bloque Posiciones F2-GT2. |
| Sistema de calentamiento. | Indicar si incorpora sistema de calentamiento, con calderas situadas en otro recinto y cambiadores de calor sobre las líneas de regulación: SÍ/NO. | B | |
| Equipamiento telemático. | Indicar si incorpora equipamiento telemático: Sí/No. | B | |
| Edificio/Caseta. | Tipo de edificio /caseta. 1, edificio cerrado/caseta. 2, intemperie / techo de protección. 3. Armario. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Seguridad patrimonial. | Indicar si incorpora recinto vallado y dotado, en su caso, de sistemas de seguridad patrimonial (aplicable sólo a casetas y posiciones de válvulas): Sí/No. | B | |
| Presión aguas arriba. | Presión autorizada del gasoducto aguas arriba de la Estación, en bar. | NP(3,3) | |
| Presión aguas abajo. | Presión autorizada del gasoducto aguas abajo de la Estación, en bar. | NP(3,3) | |
| Titular de la operación. | Operación del activo. 1. Activo operado por el titular. 2. Activo operado por un GRI. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Centro de mantenimiento. | Código del centro de mantenimiento al que está asignada la instalación. | C(9) | Existencia en la Tabla 6. |
Antes2.4 Bloque F2-GT4: Estaciones de Compresión.
Ahora| Nombre código | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR de la ERM/EM/ERP/ERC. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Descriptivo del CUAR. | Descriptivo de la unidad constructiva asociada al CUAR. | C(≤255) | |
| Tipo. | Tipo de estación. 1. ERM. 2. EM. 3. ERC. 4. ERP. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Tipo G. | Para ERM/EM se indicará el Tipo G de la turbina de medición. En el caso de instalaciones con medición por ultrasonidos se indicará el Tipo G de una ERM de turbina equivalente. En el caso de ampliación por línea adicional indicar el Tipo G de la línea adicional. En el caso de modificación/ampliación por sustitución de equipos, indicar tipo G final resultante. | C(6) | Contenido en Tabla 63. |
| Ultrasonidos. | Indicar si tiene medición por ultrasonidos SI/NO. | B | |
| Tipo gasoducto. | Tipo de gasoducto: 1. Transporte primario troncal. 2. Transporte primario no troncal. 3. Transporte secundario. 4. Transporte gasoducto submarino. 5. Acometida de transporte primario. 6. Acometida de transporte secundario. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Tipo de actuación. | Tipo de actuación. 1. Instalación simultánea junto con gasoducto. 2. Instalación en gasoducto existente. 3. Línea adicional. 4. Sustitución de equipos de medición existentes. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Número de líneas en operación. | Indicar el número de líneas en operación que dispone la ERM. En caso de línea adicional se indicará «1», y en caso de sustitución de equipos se indicará el número de líneas implicadas en la actuación. | NP(1,0) | |
| Número de líneas en reserva. | Indicar el número de líneas en reserva que dispone la ERM. En caso de línea adicional se indicará «0», y en caso de sustitución de equipos se indicará el número de líneas implicadas en la actuación. | NP(1,0) | |
| CUAR Modificada. | Código CUAR a rellenar cuando es modificación, ampliación o transformación de un CUAR existente. En caso contrario, NA. | C(≤33) | Declarado en el mismo Bloque. |
| CUAR Instalación Conectada. | Se indicará el CUAR de la Posición aguas arriba a la que está Conectada. En el caso de estar conectada aguas arriba directamente con la Obra Lineal de un gasoducto, se indicará el CUAR de ésta. | C(33) | Declarado en Bloque Posiciones F2-GT2 o F2-GT1, en caso de tratarse de un activo del que el sujeto es titular, o en los correspondientes Bloques del Formulario 12. |
| Sistema de calentamiento. | Indicar si incorpora sistema de calentamiento, con calderas situadas en otro recinto y cambiadores de calor sobre las líneas de regulación: SI/NO. | B | |
| Equipamiento telemático. | Indicar si incorpora equipamiento telemático: SI/NO. | B | |
| Edificio/Caseta. | Tipo de edificio /caseta. 1. Edificio cerrado/caseta. 2. Intemperie / techo de protección. 3. Armario. 4. Enterrada. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Seguridad patrimonial. | Indicar si incorpora recinto vallado y dotado de sistemas de seguridad patrimonial: SI/NO. | B | |
| Presión aguas arriba. | Presión autorizada del gasoducto aguas arriba de la Estación, en bar. | NP(3,3) | |
| Presión aguas abajo. | Presión autorizada del gasoducto aguas abajo de la Estación, en bar. | NP(3,3) | |
| Titular de la operación. | Operación del activo. 1. Activo operado por el titular. 2. Activo operado por un GRI. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Centro de mantenimiento. | Código del centro de mantenimiento al que está asignada la instalación. | C(9) | Existencia en la Tabla 6. |
Párrafo añadido
2.4 Bloque F2-GT4: Estaciones de Compresión
Antes| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR de la unidad constructiva. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Descriptivo del CUAR. | Descriptivo de la unidad constructiva asociada al CUAR. | C(≤255) | |
| Tipo. | Tipo de EC: 1. Tubocompresores de gas. 2. Motores eléctricos. | NP(1,0) | |
| CUAR Modificada. | Código CUAR a rellenar cuando es modificación, ampliación o transformación de un CUAR existente. En caso contrario, NA. | C(≤33) | Declarado en el mismo Bloque. |
| Tipo de actuación. | Tipo de actuación. 1 Instalación adicional. 2 Sustitución/modificación de instalaciones existentes. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Titular de la Operación. | Operación del activo. 1. Activo operado por el titular. 2. Activo operado por un GRI. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Número Turbo Compresores/motores eléctricos en Operación. | Número de turbocompresores para operación. Indicar sobre los que se realiza la actuación. | NP(1,0) | |
| Potencia En Operación. | Potencia total de los turbocompresores para operación, en kW. Indicar instalada en la actuación. | NP(9,0) | |
| Número Turbo Compresores en Reserva. | Número de turbocompresores para reserva Indicar sobre los que se realiza la actuación. | NP(1,0) | |
| Potencia en Reserva. | Potencia total de los turbocompresores para reserva, en kW. Indicar la instalada en la actuación. | NP(9,0) | |
| Centro de mantenimiento. | Código del centro de mantenimiento al que está asignada la instalación. | C(9) | Existencia en la Tabla 6. |
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR de la unidad constructiva. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Descriptivo del CUAR. | Descriptivo de la unidad constructiva asociada al CUAR. | C(≤255) | |
| Tipo. | Tipo de EC: 1. Tubocompresores de gas. 2. Motores eléctricos. | NP(1,0) | |
| CUAR Modificada. | Código CUAR a rellenar cuando es modificación, ampliación o transformación de un CUAR existente. En caso contrario, NA. | C(≤33) | Declarado en el mismo Bloque. |
| Tipo de actuación. | Tipo de actuación. 1 Instalación nueva o adicional. 2 Modificación de instalaciones existentes. 3 Sustitución de instalaciones existentes. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Titular de la Operación. | Operación del activo. 1. Activo operado por el titular. 2. Activo operado por un GRI. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Número Turbo Compresores/m otores eléctricos en Operación. | En instalaciones nuevas o adicionales, número de turbocompresores/motores para operación. En caso de sustitución/modificación se indicará el número de turbocompresores/motores sobre los que se realiza la actuación. | NP(1,0) | |
| Potencia en Operación. | En instalaciones nuevas o adicionales, potencia total de los turbocompresores/motores para operación, en kW. En caso de modificación de instalaciones existentes se indicará la potencia incremental, en kW, instalada en la actuación. En caso de sustituciones de instalaciones existentes se indicará la potencia final, en kW, instalada en la actuación. | NP(9,0) | |
| Número Turbo Compresores en Reserva. | En instalaciones nuevas o adicionales, número de turbocompresores/motores para reserva. En caso de sustitución/modificación se indicará el número de turbocompresores/motores sobre los que se realiza la actuación. | NP(1,0) | |
| Potencia en Reserva. | En instalaciones nuevas o adicionales, potencia total de los turbocompresores/motores para reserva, en kW. En caso de modificación de instalaciones existentes se Indicará la potencia incremental, en kW, instalada en la actuación. En caso de sustituciones de instalaciones existentes se Indicará la potencia final, en kW, instalada en la actuación. | NP(9,0) | |
| Centro de mantenimiento. | Código del centro de mantenimiento al que está asignada la instalación. | C(9) | Existencia en la Tabla 6. |
Antes2.6 Bloque F2-GT6: Gas de llenado.
Ahora2.6 Bloque F2-GT6: Gas de llenado
Antes| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR del activo regulado. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Descriptivo del CUAR. | Descriptivo de la instalación asociado al CUAR. | C(≤255) | |
| CUAR asociado. | CUAR del activo asociado al que se destina el gas de llenado. | C(33) | CUAR declarado en el Bloque F2-GT1. |
| Cantidad de Gas. | Cantidad de Gas adquirida en kWh. | NP(9,0) | |
| Precio de Adquisición. | Precio de Adquisición (€/MWh). | NP(6,2) | |
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR del activo regulado. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Descriptivo del CUAR. | Descriptivo de la instalación asociado al CUAR. | C(≤255) | |
| CUAR asociado. | CUAR del activo asociado al que se destina el gas de llenado. | C(33) | CUAR declarado en el Bloque F2-GT1, o el en correspondiente Bloque del Formulario 12. |
| Cantidad de Gas. | Cantidad de Gas adquirida en kWh. | NP(9,0) | |
| Precio de Adquisición. | Precio de Adquisición (€/MWh). | NP(6,5) | |
Antes2.12 Bloque F2-R5: Sistema de medida y odorización (ERM/EM).
Ahora2.12 Bloque F2-R5: Sistema de medida y odorización (ERM/EM)
Antes| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR de la Unidad Constructiva. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Descriptivo del CUAR. | Nombre de la Unidad Constructiva. | C(≤255) | |
| CUAR unidad constructiva Modificada. | Código CUAR a rellenar cuando es modificación, ampliación o transformación de un CUAR existente. En caso contrario, NA. | C(≤33) | En el caso de CUAR, declarado en el mismo Bloque. |
| Tipo de actuación. | Tipo de actuación. 1. Instalación simultánea junto con gasoducto. 2. Instalación en gasoducto existente. 3. Línea adicional. 4. Sustitución de equipos de medición existente. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| CUAR de la Instalación Vinculada con Retribución Reconocida. | Para instalaciones PEM antes de 2012, Código CUAR de la unidad constructiva asociada a esta unidad que tiene Retribución Reconocida individualizada y que fue PEM de forma coetánea/simultánea (Tanque GNL, Vaporizador, Cargadero GNL, Atraque). Cuando se trate de la propia instalación con retribución reconocida, se indicará su CUAR. En caso contrario, NA. | C(≤33) | En el caso de CUAR, declarado en Bloques F2- Rx. |
| Estado operativo de la unidad. | Indicar si la unidad está en: 1. Operación. 2. Reserva. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Ultrasonido. | Indicar si tiene medición por ultrasonidos: Sí/No. | B | |
| Tipo G líneas. | Para cada línea de medición se indicará el Tipo de G de la turbina de medición que se lista a continuación. En el caso de instalaciones con medición por ultrasonidos se corresponderá con el Tipo G de una línea clásica equivalente. | C(6) | Contenido en Tabla 63. |
| Número de líneas en operación. | Indicar el número de líneas en operación que dispone la ERM. En caso de línea adicional y sustitución de equipos indicar la actuación. | NP(1,0) | |
| Número de líneas en reserva. | Indicar el número de líneas en reserva que dispone la ERM. En caso de línea adicional y sustitución de equipos indicar la actuación. | NP(1,0) | |
| Sistema de calentamiento. | Indicar si incorpora sistema de calentamiento, con calderas situadas en otro recinto y cambiadores de calor sobre las líneas de regulación: Sí/No. | B | |
| Equipamiento telemático. | Indicar si incorpora equipamiento telemático: Sí/No. | B | |
| Edificio/Caseta. | Tipo de edificio /caseta. 1, edificio cerrado/caseta. 2, intemperie /techo de protección Armario. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Seguridad patrimonial. | Indicar si incorpora recinto vallado y dotado, en su caso, de sistemas de seguridad patrimonial (aplicable sólo a casetas y posiciones de válvulas): Sí/No. | B | |
| Presión aguas arriba. | Presión aguas arriba de la Estación, en bar. | NP(3,3) | |
| Presión aguas abajo. | Presión autorizada del gasoducto aguas abajo de la Estación, en bar. | NP(3,3) | |
| Centro de mantenimiento. | Código del centro de mantenimiento al que está asignada la instalación. | C(9) | Existencia en la Tabla 6. |
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR de la Unidad Constructiva. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Descriptivo del CUAR. | Nombre de la Unidad Constructiva. | C(≤255) | |
| CUAR unidad constructiva Modificada. | Código CUAR a rellenar cuando es modificación, ampliación o transformación de un CUAR existente. En caso contrario, NA. | C(≤33) | En el caso de CUAR, declarado en el mismo Bloque. |
| Tipo de actuación. | Tipo de actuación. 1. Instalación simultánea junto con Planta de Regasificación. 2. Instalación en Planta de Regasificación existente. 3. Línea adicional. 4. Sustitución de equipos de medición existente. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| CUAR de la Instalación Vinculada con Retribución Reconocida. | Para instalaciones PEM antes de 2012, Código CUAR de la unidad constructiva asociada a esta unidad que tiene Retribución Reconocida individualizada y que fue PEM de forma coetánea/simultanea (Tanque GNL, Vaporizador, Cargadero GNL, Atraque). Cuando se trate de la propia instalación con retribución reconocida, se indicará su CUAR. Para instalaciones PEM desde 2012, indicar NA. | C(≤33) | En el caso de CUAR, declarado en Bloques F2-Rx. |
| Estado operativo de la unidad. | Indicar si la unidad está en: 1. Operación. 2. Reserva. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Ultrasonido. | Indicar si tiene medición por ultrasonidos: SI/NO. | B | |
| Tipo G líneas. | Para cada ERM/EM se indicará el Tipo de G de la turbina de medición. En el caso de instalaciones con medición por ultrasonidos se indicará el Tipo G de una línea clásica equivalente. En el caso de ampliación por línea adicional se indicará el Tipo de G de la línea adicional. En el caso de modificación/ampliación por sustitución de equipos, se indicará el Tipo de G final resultante. | C(6) | Contenido en Tabla 63. |
| Número de líneas en operación. | Indicar el número de líneas en operación que dispone la ERM. En caso de línea adicional se indicará «1», y en caso de sustitución de equipos se indicará el número de líneas implicadas en la actuación. | NP(1,0) | |
| Número de líneas en reserva. | Indicar el número de líneas en reserva que dispone la ERM. En caso de línea adicional se indicará «0», y en caso de sustitución de equipos se indicará el número de líneas implicadas en la actuación. | NP(1,0) | |
| Sistema de calentamiento. | Indicar si incorpora sistema de calentamiento, con calderas situadas en otro recinto y cambiadores de calor sobre las líneas de regulación: SI/NO. | B | |
| Equipamiento telemático. | Indicar si incorpora equipamiento telemático: SI/NO. | B | |
| Edificio/Caseta. | Tipo de edificio /caseta. 1. Edificio cerrado/caseta. 2. Intemperie / techo de protección. 3. Armario. 4. Enterrada. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Seguridad patrimonial. | Indicar si incorpora recinto vallado y dotado de sistemas de seguridad patrimonial independiente de la Planta: SI/NO. | B | |
| Presión aguas arriba. | Presión aguas arriba de la Estación, en bar. | NP(3,3) | |
| Presión aguas abajo. | Presión autorizada del gasoducto aguas abajo de la Estación, en bar. | NP(3,3) | |
| Centro de mantenimiento. | Código del centro de mantenimiento al que está asignada la instalación. | C(9) | Existencia en la Tabla 6. |
Antes2.33 Bloque F2-AS5: Gas Colchón.
Ahora2.33 Bloque F2-AS5: Gas colchón
Antes| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR del activo regulado. | C(33). | Coherencia CUAR. |
| Descriptivo del CUAR. | Descriptivo de la instalación asociado al CUAR. | C(≤255). | |
| CUAR asociado. | CUAR del activo asociado al que se destina el gas. | C(33). | CUAR declarado en el Bloque F2-AS3. |
| Cantidad de Gas. | Cantidad de Gas adquirida en kWh. | NP(9,0). | |
| Precio de Adquisición. | Precio de Adquisición (€/MWh). | NP(6,2). | |
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR del activo regulado. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Descriptivo del CUAR. | Descriptivo de la instalación asociado al CUAR. | C(≤255) | |
| CUAR asociado. | CUAR del activo asociado al que se destina el gas. | C(33) | CUAR declarado en el Bloque F2-AS3. |
| Cantidad de Gas. | Cantidad de Gas adquirida en kWh. | NP(11,0) | |
| Precio de Adquisición. | Precio de Adquisición (€/MWh). | NP(6,5) | |
Antes5.1 Bloque F5-G1: Datos Generales.
Ahora5.1 Bloque F5-G1: Datos Generales
Antes| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR del activo regulado. | C(33) | Se deben declarar todos los CUAR declarados en los Formularios 1 para electricidad (salvo Y y Z), 2 para gas y 4 para el OS/GTS. |
| Singular. | Indicar si la instalación es singular o no: SI/ NO. | B | |
| Fecha de Puesta en marcha/ cierre/desmantelamiento /Ejecución. | En el caso de Instalaciones con Acta de puesta en servicio/cierre o desmantelamiento, fecha del Acta correspondiente. En el caso de Inversiones en investigación y exploración, fecha de presentación de la solicitud. En el caso de gas mínimo de llenado, gas talón o gas colchón indicar la fecha de registro contable de la compra. Para los activos del OS/GTS, y resto de activos de los que no se disponga de acta poner fecha de registro contable. | F | |
| Valor reconocido. | Valor reconocido, en €, a efectos de retribución, si aplica. En el caso de activos regulados que no tienen un valor retributivo reconocido, reflejar 0 (cero). | NP(10,0) | |
| Vida útil regulatoria. | Vida útil regulatoria, en años, reconocida del activo regulado. En el caso de no tener una vida útil regulatoria definida, reflejar 0 (cero). | NP(2,0) | |
| Valor declarado. | Valor bruto declarado de la inversión, en €, declarado en la auditoría, sin descontar posibles subvenciones o instalaciones cedidas y financiadas por terceros. En el caso de no tener un valor declarado, reflejar 0 (cero). | NP(10,0) | |
| Subvenciones. | Importe total, en €, de las subvenciones declaradas en la auditoría de inversión asociadas al activo regulado, si aplica. En el caso de no existir subvenciones o no tener auditoría de inversión, reflejar 0 (cero). | NP(10,0) | |
| Instalaciones cedidas. | Importe, en €, de las instalaciones cedidas y financiadas por terceros declaradas en la auditoría de inversión asociadas al activo regulado. | NP(10,0) | |
| Forma incorporación al Inmovilizado. | Indicar si es: 1. Inversión realizada directamente por el titular. 2. Adquisición mediante compra a un tercero. 3. Adquisición a título gratuito (Cesión y financiación por terceros). 4. Activo no Incorporado al inmovilizado (imputado en la Cuenta de Resultados). 5. Combinación de negocios. 6. Aportación de capital no dineraria. | NP(1,0) | Número de la lista. |
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR del activo regulado. | C(33) | Se deben declarar todos los CUAR declarados en los Formularios 1 para electricidad (salvo Y y Z), 2 para gas y 4 para el OS/GTS. |
| Singular. | Indicar si la instalación es singular o no: SI/ NO. | B | |
| Fecha de Puesta en marcha/cierre/desmantelamiento. | En el caso de Instalaciones con Acta de puesta en servicio/cierre o desmantelamiento, fecha del Acta correspondiente. En el caso de líneas eléctricas puestas en servicio con anterioridad al 2016, indicar la fecha de puesta en servicio del tramo más representativo. En el caso de Inversiones en investigación y exploración de AASS, fecha de devengo de derechos retributivos. En el caso de gas mínimo de llenado, gas talón o gas colchón indicar la fecha de registro contable de la compra, salvo cuando haya una fecha de inicio de devengo de derechos retributivos reconocida por el modelo retributivo diferente, en cuyo caso la fecha a declarar será esta última. Para los activos del OS/GTS poner fecha de registro contable. Para el resto de activos de los que no se disponga de acta poner fecha de registro contable en el caso de ser una inversión realizada directamente por el titular. En caso contrario, indicar como fecha el 1 de julio del año de puesta en servicio de la instalación o en su defecto, la fecha utilizada en la retribución del activo. | F | |
| Valor reconocido. | Valor de inversión reconocido, en €, a efectos de retribución, según aplique (provisional, a cuenta o definitivo). En el caso de activos pendientes de reconocer el valor de su inversión para determinar su retribución provisional, a cuenta o definitiva, indicar NA. Cuando el valor de inversión a declarar esté comprendido en el importe inversión reconocido para un conjunto de activos, se procederá según indica el Anexo IV de esta Circular. En aquellos casos que no pueda aplicarse lo recogido en el Anexo IV, o en el caso de activos que no tienen un valor de inversión reconocido por el modelo retributivo, reflejar 0 (cero). | NP(10,0) | |
| Vida útil regulatoria. | Vida útil regulatoria, en años, reconocida del activo regulado. En el caso de no tener una vida útil regulatoria definida, reflejar 0 (cero). | NP(2,0) | |
| Valor declarado. | Valor bruto declarado de la inversión, en €, en la auditoría utilizada en el procedimiento de inclusión en el régimen retributivo o, en su caso, valor considerado en el proceso de inclusión, sin descontar posibles subvenciones o instalaciones cedidas y financiadas por terceros. Cuando el valor de inversión a declarar esté comprendido en el importe inversión declarado para un conjunto de activos, se procederá según indica el Anexo IV de esta Circular. En el caso de no tener un valor declarado, reflejar 0 (cero). | NP(10,0) | |
| Subvenciones. | Importe total, en €, de las subvenciones declaradas en la auditoría de inversión asociadas al activo regulado, si aplica. En el caso de no existir subvenciones o no tener auditoría de inversión, reflejar 0 (cero). | NP(10,0) | |
| Instalaciones cedidas. | Importe, en €, de las instalaciones cedidas y financiadas por terceros declaradas en la auditoría de inversión asociadas al activo regulado. | NP(10,0) | |
| Forma incorporación al Inmovilizado. | Indicar si es: 1. Inversión realizada directamente por el titular. 2. Adquisición mediante compra a un tercero. 3. Adquisición a título gratuito (Cesión y financiación por terceros). 4. Activo no Incorporado al inmovilizado (imputado en la Cuenta de Resultados). 5. Combinación de negocios. 6. Aportación de capital no dineraria. 7. Asignación de la administración del activo mediante Real Decreto-ley. | NP(1,0) | Número de la lista. |
Antes6.1 Bloque F6-AR1: Coordenadas de los Activos Punto.
Ahora6.1 Bloque F6-AR1: Coordenadas de los Activos Punto
Eliminado| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR del activo regulado. | C(33) | Declarado en el Formulario 1 para electricidad, 2 para gas y Bloque F4-A1 para el OS. Coherencia de activos Punto. |
| X. | Coordenada X de la localización del activo. | NP(10,2) | |
| Y. | Coordenada Y de la localización del activo. | NP(10,2) | |
| Z. | Coordenada Z de la localización del activo. | NP(10,2) | |
Antes6.2 Bloque F6-AR2: Coordenadas de los Activos Tramo.
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR del activo regulado. | C(33) | Declarado en el Formulario 1 para electricidad, 2 para gas y Bloque F4-A1 para el OS/GTS. Coherencia de activos. Punto. |
| X | Coordenada X de la localización del activo. | NP(10,2) | |
| Y | Coordenada Y de la localización del activo. | NP(10,2) | |
| Z | Coordenada Z de la localización del activo. | NP(10,2) | |
| Huso UTM. | Huso 30 para los datos referidos a la Península, 28 para Canarias y 31 para Baleares. | NP(2,0) | |
Párrafo añadido
6.2 Bloque F6-AR2: Coordenadas de los Activos Tramo
Eliminado| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR del activo regulado. | C(33) | Declarado en los Formularios 1 para electricidad en estado declarado S o Y, y en el Formulario 2 para gas. Coherencia de activos Tramo. |
| X. | Coordenada X de la localización del activo. | NP(10,2) | |
| Y. | Coordenada Y de la localización del activo. | NP(10,2) | |
| Z. | Coordenada Z de la localización del activo. | NP(10,2) | |
Antes6.3 Bloque F6-AR3: Coordenadas de los Terrenos.
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR del activo regulado. | C(33) | Declarado en los Formularios 1 para electricidad en estado declarado S o Y, y en el Formulario 2 para gas. Coherencia de activos. Tramo. |
| X | Coordenada X de la localización del activo. | NP(10,2) | |
| Y | Coordenada Y de la localización del activo. | NP(10,2) | |
| Z | Coordenada Z de la localización del activo. | NP(10,2) | |
| Huso UTM. | Huso 30 para los datos referidos a la Península, 28 para Canarias y 31 para Baleares. | NP(2,0) | |
Párrafo añadido
6.3 Bloque F6-AR3: Coordenadas de los Terrenos
Antes| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| ID Terreno. | Código del terreno sobre la que se asientan los activos regulados. Se construirá como un secuencial de hasta cinco (5) dígitos empezando por el 00001. | C(5) | La identificación de los terreno se mantendrá de un ejercicio al siguiente y se utilizarán códigos nuevos para nuevos terrenos. |
| X. | Coordenada X de la localización del vértice del terreno. | NP(10,2) | |
| Y. | Coordenada Y de la localización del vértice del terreno. | NP(10,2) | |
| Z. | Coordenada Z de la localización del vértice del terreno. | NP(10,2) | |
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| ID Terreno. | Código del terreno sobre la que se asientan los activos regulados. Se construirá como un secuencial de hasta cinco (5) dígitos empezando por el 00001. | C(5) | La identificación de los terreno se mantendrá de un ejercicio al siguiente y se utilizarán códigos nuevos para nuevos terrenos. |
| X | Coordenada X de la localización del vértice del terreno. | NP(10,2) | |
| Y | Coordenada Y de la localización del vértice del terreno. | NP(10,2) | |
| Z | Coordenada Z de la localización del vértice del terreno. | NP(10,2) | |
| Huso UTM. | Huso 30 para los datos referidos a la Península, 28 para Canarias y 31 para Baleares. | NP(2,0) | |
Antes| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código Actividad. | Código de la actividad a la que está asociado el coste. | C(≤7) | Contenido en las Tabla 1 para Electricidad y Tabla 2 para Gas. |
| Código CECOS. | Código del CECOS en el que se localiza el coste. | C(≤9) | Contenido en las Tablas 3 a 6. Para los Centros de Mantenimiento de electricidad declarados en el Bloque F1-E6. |
| Importe. | Importe del coste localizado, en €. | N(10,0) | Todos los importes localizados por Cuenta de BSS y Tipo de coste en los Bloques F7-L1, F7-L3 y F7-L5 no pueden superar el saldo de dicha cuenta (Bloque F9-DC1) y tipo (Bloque F9-DC4). |
| Cuenta BSS. | Número de cuenta a 10 dígitos del BSS donde está contabilizado el coste. | NP(10,0) | Contenida en campo «Cuenta BSS» del Bloque F9-DC1. |
| Tipo Coste. | Código del tipo de coste localizado. | C(5) | Contenido en la Tabla 9. |
| Código Operación. | En el caso de provenir el coste de una operación con partes vinculadas, indicar el código de la operación. En caso contrario COD-OP-0. | C(8) | En caso de operación, contenido en el Bloque F9-DC7. |
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código Actividad. | Código de la actividad a la que está asociado el coste. | C(7) | Contenido en las Tabla 1 para Electricidad y Tabla 2 para Gas. |
| Código CECOS. | Código del CECOS en el que se localiza el coste. | C(≤9) | Contenido en las Tablas 3 a 6. Para los Centros de Mantenimiento de electricidad declarados en el Bloque F1-E6. |
| Importe. | Importe del coste localizado, en €. | N(10,2) | Todos los importes localizados por Cuenta de BSS y Tipo de coste en los Bloques F7-L1, F7-L3 y F7-L5 no pueden superar el saldo de dicha cuenta (Bloque F9-DC1) y tipo (Bloque F9-DC4). |
| Cuenta BSS. | Número de cuenta a 10 dígitos del BSS donde está contabilizado el coste. | C(10) | Contenida en campo «Cuenta BSS» del Bloque F9-DC1. |
| Tipo Coste. | Código del tipo de coste localizado. | C(5) | Contenido en la Tabla 9. |
| Código Operación. | En el caso de provenir el coste de una operación con partes vinculadas, indicar el código de la operación. En caso contrario COD-OP-0. | C(8) | En caso de operación, contenido en el Bloque F9-DC7. |
Antes| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Cod CECOS. | Código del CECOS principal del que se declaran los parámetros. | C(≤9) | Contenido en las Tablas 4 a 6. Para los Centros de Mantenimiento de electricidad declarados en el Bloque F1-E6. |
| IC-1. | Número medio de personas del CECOS durante el ejercicio. | NP(8,0) | |
| IC-2. | Número de personas equivalentes del CECOS durante el ejercicio. | NP(8,0) | |
| IC-3. | Número de pedidos generados por el CECOS Principal al CECOS auxiliar de Compras y Aprovisionamientos durante el ejercicio. | NP(8,0) | |
| IC-4. | Importe total de pedidos generados por el CECOS Principal al CECOS auxiliar de Compras y Aprovisionamientos durante el ejercicio durante el ejercicio. | NP(8,0) | |
| IC-5. | Número de equipos TIC corporativos asignados al CECOS. | NP(8,0) | |
| IC-6. | Número de incidencias TIC generadas por el CECOS durante el ejercicio. | NP(8,0) | |
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Cod CECOS. | Código del CECOS principal del que se declaran los parámetros. | C(≤9) | Contenido en las Tablas 4 a 6. Para los Centros de Mantenimiento de electricidad declarados en el Bloque F1-E6. |
| IC-1 | Número medio de personas del CECOS durante el ejercicio. | NP(8,1) | |
| IC-2 | Número de personas equivalentes del CECOS durante el ejercicio. | NP(8,1) | |
| IC-3 | Número de pedidos generados por el CECOS Principal al CECOS auxiliar de Compras y Aprovisionamientos durante el ejercicio. | NP(8,0) | |
| IC-4 | Importe total de pedidos generados por el CECOS Principal al CECOS auxiliar de Compras y Aprovisionamientos durante el ejercicio durante el ejercicio. | NP(8,2) | |
EliminadoDescripción de campos:
Antes| Campo | Declarados en los bloques correspondientes | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código Actividad. | Declarados en los Bloques correspondientes. | C(5) | Contenido en las Tablas 1 (electricidad) o 2 (gas). |
| N.º contratos. | Número de contratos celebrados durante el año. | NP(4,0) | |
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código Actividad. | Declarados en los Bloques correspondientes. | C(7) | Contenido en las Tablas 1 (electricidad) o 2 (gas). |
| N.º contratos. | Número de contratos celebrados durante el año. | NP(4,0) | |
Antes9.1 Bloque F9-DC1: Balance de sumas y saldos.
Ahora9.1 Bloque F9-DC1: Balance de sumas y saldos
Antes| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Cuenta BSS. | Número de cuenta contable, de 10 dígitos, del balance de sumas y saldos de la empresa. | NP(10,0) | |
| Nombre. | Nombre de la cuenta contable en la contabilidad de la empresa. | C(≤255) | |
| Saldo Inicial. | Saldo, en €, al inicio del ejercicio de la cuenta contable Los saldos deudores con signo positivo, y los acreedores con negativo. | N(10,0) | La columna debe sumar cero. |
| Debe. | Importe total, en €, de las anotaciones al Debe de la cuenta contable durante el ejercicio. Los incrementos de los saldos deudores en signo positivo. | N(10,0) | |
| Haber. | Importe total, en €, de las anotaciones al Haber de la cuenta contable durante el ejercicio. Los incrementos en los saldos acreedores serán negativos. | N(10,0) | |
| Saldo final. | Saldo, en €, al final del ejercicio de la cuenta contable. Los saldos deudores con signo positivo, y los acreedores con negativo. | N(10,0) | Igual de Saldo inicial+Debe-Haber. La columna debe sumar cero. |
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Cuenta BSS. | Número de cuenta contable, de 10 dígitos, del balance de sumas y saldos de la empresa. | C(10) | |
| Nombre. | Nombre de la cuenta contable en la contabilidad de la empresa. | C(≤255) | |
| Saldo Inicial. | Saldo, en €, al inicio del ejercicio de la cuenta contable Los saldos deudores con signo positivo, y los acreedores con negativo. | N(10,2) | La columna debe sumar cero. |
| Debe. | Importe total, en €, de las anotaciones al Debe de la cuenta contable durante el ejercicio. Los incrementos de los saldos deudores en signo positivo. | N(10,2) | |
| Haber. | Importe total, en €, de las anotaciones al Haber de la cuenta contable durante el ejercicio. Los incrementos en los saldos acreedores serán negativos. | N(10,2) | |
| Saldo final. | Saldo, en €, al final del ejercicio de la cuenta contable. Los saldos deudores con signo positivo, y los acreedores con negativo. | N(10,2) | Igual de Saldo inicial+Debe+Haber. La columna debe sumar cero. |
Antes9.11 Bloque F9-DI1: Clasificación del inmovilizado por actividades.
Ahora9.11 Bloque F9-DI1: Clasificación del inmovilizado por actividades
Eliminado| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código Actividad. | Código de la actividad a la que está asociado el inmovilizado. | C(7) | Contenido en las Tabla 1 para Electricidad y Tabla 2 para Gas. |
| Tipo. | Seleccione el tipo de inmovilizado. 1. Activo Regulado. 2. Activo No Regulado. | NP(2,0) | Número de la lista. |
| Inmovilizado bruto. | Importe, en €, del inmovilizado, material, inmaterial o en curso, incluyendo el totalmente amortizado, a 31 de diciembre del ejercicio. | NP(10,0) | |
| Cuenta BSS IB. | Número de cuenta a 10 dígitos del BSS donde está registrado el inmovilizado anterior. | NP(10,0) | Contenida en Campo «Cuenta BSS» del Bloque F9-DC 1. |
| Amortización Acumulada. | Importe, en €, de la amortización acumulada del inmovilizado anterior a 31 de diciembre del ejercicio. En caso de inmovilizado no amortizable, se indicará 0. | N(10,0) | |
| Cuenta BSS AA. | Número de cuenta a 10 dígitos del BSS donde está registrada la amortización acumulada anterior. En caso de inmovilizado no amortizable, se indicará 0. | NP(10,0) | Contenida en Campo «Cuenta BSS» del Bloque F9-DC 1. |
Antes9.12 Bloque F9-DI2: Movimiento del inmovilizado por actividades.
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código Actividad. | Código de la actividad a la que está asociado el inmovilizado. | C(7) | Contenido en las Tabla 1 para Electricidad y Tabla 2 para Gas. |
| Tipo. | Seleccione el tipo de inmovilizado. 1. Activo con CUAR. 2. Activo sin CUAR. | NP(2,0) | Número de la lista. |
| Inmovilizado bruto. | Importe, en €, del inmovilizado, material, inmaterial o en curso, incluyendo el totalmente amortizado, a 31 de diciembre del ejercicio. | NP(11,2) | |
| Cuenta BSS IB. | Número de cuenta a 10 dígitos del BSS donde está registrado el inmovilizado anterior. | C(10) | Contenida en campo «Cuenta BSS» del Bloque F9-DC1. |
| Amortización Acumulada. | Importe, en €, de la amortización acumulada del inmovilizado anterior a 31 de diciembre del ejercicio. En caso de inmovilizado no amortizable, se indicará 0. | N(10,2) | |
| Cuenta BSS AA. | Número de cuenta a 10 dígitos del BSS donde está registrada la amortización acumulada anterior. En caso de inmovilizado no amortizable, se indicará 0. | C(10) | Contenida en campo «Cuenta BSS» del Bloque F9-DC1. |
Párrafo añadido
9.12 Bloque F9-DI2: Movimiento del inmovilizado por actividades
Eliminado| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código Actividad. | Código de la actividad a la que está asociado el inmovilizado. | C(7) | Contenido en las Tabla 1 para Electricidad y Tabla 2 para Gas. |
| Estado. | Seleccione el estado del inmovilizado: 1. En funcionamiento. 2. En curso. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Tipo. | Seleccione el tipo del inmovilizado: 1. Activo Regulado. 2. Activo No Regulado. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Valor al inicio. | Importe, en €, del inmovilizado correspondiente (para la actividad, estado y tipo), al inicio del ejercicio, incluyendo los activos totalmente amortizados. | NP(10,0) | |
| Altas. | Importe, en €, de las altas del inmovilizado correspondiente (para la actividad, estado y tipo), durante el ejercicio. | NP(10,0) | |
| Bajas. | Importe, en €, de las bajas del inmovilizado correspondiente (para la actividad, estado y tipo), durante el ejercicio. | NP(10,0) | |
| Traspasos. | Importe, en €, de los traspasos de inmovilizado correspondiente (para la actividad, estado y tipo), durante el ejercicio. | N(10,0) | |
| Valor al cierre. | Importe, en €, del inmovilizado bruto correspondiente (para la actividad, estado y tipo), al final del ejercicio, incluyendo los activos totalmente amortizados. | NP(10,0) | |
| AA Valor al inicio. | Importe, en €, de la amortización acumulada del inmovilizado correspondiente (para la actividad, estado y tipo), al inicio del ejercicio. | N(10,0) | |
| AA Dotaciones. | Importe, en €, de las dotaciones a la amortización del inmovilizado (para la actividad, estado y tipo), durante el ejercicio. | N(10,0) | |
| AA Bajas. | Importe, en €, de las bajas de amortización acumulada del inmovilizado correspondiente (para la actividad, estado y tipo), durante el ejercicio. | N(10,0) | |
| AA Traspasos. | Importe, en €, de los traspasos de amortización acumuladas del inmovilizado correspondiente (para la actividad, estado y tipo), durante el ejercicio. | N(10,0) | |
| AA Valor al cierre. | Importe, en €, de la amortización acumulada del inmovilizado bruto correspondiente (para la actividad, estado y tipo), al final del ejercicio. | N(10,0) | |
| Deterioro inicio. | Importe, en €, de la provisión por deterioro del inmovilizado (para actividad, estado y tipo) al inicio del ejercicio. | N(10.0) | |
| Dotaciones deterioro. | Importe, en €, de la dotación por deterioro del inmovilizado correspondiente y revalorizaciones (para la actividad, estado y tipo), durante el ejercicio. | N(10,0) | |
| Traspasos. | Importe, en €, de los aumentos o disminuciones por traspasos de la provisión por deterioro del inmovilizado correspondiente (para la actividad, estado y tipo), durante el ejercicio. | N(10,0) | |
| Aplicaciones. | Importe, en €, de las disminuciones por aplicaciones de la provisión por deterioro del inmovilizado correspondiente (para la actividad, estado y tipo), durante el ejercicio. | N(10,0) | |
| Deterioro cierre. | Importe, en €, de la provisión por deterioro del inmovilizado (para actividad, estado y tipo) al cierre del ejercicio. | N(10,0) | |
Antes9.13 Bloques F9-DI3: Correlación de Activos regulados - Activos contables.
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código Actividad. | Código de la actividad a la que está asociado el inmovilizado. | C(7) | Contenido en las Tabla 1 para Electricidad y Tabla 2 para Gas. |
| Estado. | Seleccione el estado del inmovilizado: 1. En funcionamiento. 2. En curso. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Tipo. | Seleccione el tipo del inmovilizado: 1. Activo con CUAR. 2. Activo sin CUAR. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Valor al inicio. | Importe, en €, del inmovilizado correspondiente (para la actividad, estado y tipo), al inicio del ejercicio, incluyendo los activos totalmente amortizados. | NP(11,2) | |
| Altas. | Importe, en €, de las altas del inmovilizado correspondiente (para la actividad, estado y tipo), durante el ejercicio. | NP(10,2) | |
| Bajas. | Importe, en €, de las bajas del inmovilizado correspondiente (para la actividad, estado y tipo), durante el ejercicio. | NP(10,2) | |
| Traspasos. | Importe, en €, de los traspasos de inmovilizado correspondiente (para la actividad, estado y tipo), durante el ejercicio. | N(10,2) | |
| Valor al cierre. | Importe, en €, del inmovilizado bruto correspondiente (para la actividad, estado y tipo), al final del ejercicio, incluyendo los activos totalmente amortizados. | NP(11,2) | |
| AA Valor al inicio. | Importe, en €, de la amortización acumulada del inmovilizado correspondiente (para la actividad, estado y tipo), al inicio del ejercicio. | N(10,2) | |
| AA Dotaciones. | Importe, en €, de las dotaciones a la amortización del inmovilizado (para la actividad, estado y tipo), durante el ejercicio. | N(10,2) | |
| AA Bajas. | Importe, en €, de las bajas de amortización acumulada del inmovilizado correspondiente (para la actividad, estado y tipo), durante el ejercicio. | N(10,2) | |
| AA Traspasos. | Importe, en €, de los traspasos de amortización acumuladas del inmovilizado correspondiente (para la actividad, estado y tipo), durante el ejercicio. | N(10,2) | |
| AA Valor al cierre. | Importe, en €, de la amortización acumulada del inmovilizado bruto correspondiente (para la actividad, estado y tipo), al final del ejercicio. | N(10,2) | |
| Deterioro inicio. | Importe, en €, de la provisión por deterioro del inmovilizado (para actividad, estado y tipo) al inicio del ejercicio. | N(10.2) | |
| Dotaciones deterioro. | Importe, en €, de la dotación por deterioro del inmovilizado correspondiente y revalorizaciones (para la actividad, estado y tipo), durante el ejercicio. | N(10,2) | |
| Traspasos. | Importe, en €, de los aumentos o disminuciones por traspasos de la provisión por deterioro del inmovilizado correspondiente (para la actividad, estado y tipo), durante el ejercicio. | N(10,2) | |
| Aplicaciones. | Importe, en €, de las disminuciones por aplicaciones de la provisión por deterioro del inmovilizado correspondiente (para la actividad, estado y tipo), durante el ejercicio. | N(10,2) | |
| Deterioro cierre. | Importe, en €, de la provisión por deterioro del inmovilizado (para actividad, estado y tipo) al cierre del ejercicio. | N(10,2) | |
Párrafo añadido
9.13 Bloques F9-DI3: Correlación de Activos con CUAR – Activos contables
Eliminado| Nombre campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código único asignado al activo según reglas de codificación establecidas. | C(33) | Declarado en los Formularios 1 (declarados en estado S o X), 2 y 4 y en los Formularios 11, 12 y 13. |
| Cuentas BSS. | Número de cuenta a diez dígitos de inmovilizado del Balance de Sumas y Saldos en la que se encuentra registrada la inversión realizada en el activo regulado. | NP(10) | Contenida en campo «Cuenta BSS» del Bloque F9-DC1. |
| Código interno. | Código asignado por la empresa en el registro auxiliar de inmovilizado a cada uno de los elementos contables que componen el activo regulado. En su defecto, partida contable en la que se encuentra registrado el activo regulado. | C(≤25) | |
| Denominación | Denominación del elemento contable que compone el activo regulado. | C(≤255) | |
Antes9.14 Bloques F9-DI4: Información de los activos contables regulados.
Ahora| Nombre Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código único asignado al activo según reglas de codificación establecidas. | C(33) | Declarado en los Formularios 1 (declarados en estado S, X, C, M o U), 2 y 4 y en los Formularios 11, 12 y 13. |
| Cuenta BSS. | Número de cuenta a diez dígitos de inmovilizado del Balance de Sumas y Saldos en la que se encuentra registrada la inversión realizada en el activo regulado. | NP(10) | Contenida en campo «Cuenta BSS» del Bloque F9-DC1. |
| Código interno. | Código asignado por la empresa en el registro auxiliar de inmovilizado a cada uno de los elementos contables que componen el activo regulado. En su defecto, partida contable en la que se encuentra registrado el activo regulado. | C(≤25) | |
| Denominación. | Denominación del elemento contable que compone el activo regulado. | C(≤255) | |
Párrafo añadido
9.14 Bloque F9-DI4: Información de los activos contables asociados a activos con CUAR que no se encuentren en curso.
Antes| Nombre campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código interno. | Código asignado por la empresa en el registro auxiliar de inmovilizado a cada uno de los elementos contables que componen el activo regulado. En su defecto, partida contable en la que se encuentra registrado el activo regulado. | C(≤25) | Declarado en Bloque F9-DI3. |
| Valor contable alta. | Coste de producción o precio de adquisición, en €, de las partidas contables. | NP(10,0) | |
| Fecha alta. | Fecha de registro contable del activo: fecha de adquisición del activo o fecha de reclasificación del activo de inmovilizado en curso a inmovilizado terminado. | F | |
| Valor contable cierre. | Valor bruto contable, en €, del elemento contable a fecha de cierre del ejercicio. | NP(10,0) | |
| Amortización acumulada. | Importe de la amortización acumulada, en €, correspondiente al elemento contable a cierre del ejercicio. | N(10,0) | |
| Valor neto contable. | Valor neto contable, en €, del elemento contable a fecha de cierre del ejercicio. | NP(10,0) | |
| Método de amortización. | Seleccione el método de amortización utilizado, vigente en el ejercicio de la declaración. 1. Lineal. 2. Otro. | NP(1,0) | |
| Vida útil. | Número de años de vida útil, en años, del elemento contable, vigente en el ejercicio de la declaración. | NP(10,2) | |
| Revalorizaciones anteriores a 1996. | Importe, en €, de las revalorización anteriores al año 1996 por leyes de Actualización de Balances. | NP(10,0) | |
| Revalorizaciones 1996. | Importe, en €, de la revalorización incluida en el valor contable bruto a cierre del ejercicio para el elemento contable, que se haya contabilizado por la ley de Actualización de Balances (RD-Ley 7/1996). | NP(10,0) | |
| Revalorizaciones 2013. | Importe de la revalorización incluida en el valor contable bruto a cierre del ejercicio para el elemento contable, que se hayan contabilizado por la ley de Actualización de Balances (Ley 12/2012). | NP(10,0) | |
| Costes por desmantelamiento. | Importe, en €, de la estimación por costes de desmantelamiento activada como mayor valor contable bruto del activo. | NP(10,0) | |
| Modificaciones. | Importe de las modificaciones (valor total acumulado) que haya experimentado el valor contable bruto del elemento contable desde la fecha de alta en el inmovilizado hasta la fecha de cierre del ejercicio. | NP(10,0) | |
| Motivo. | Descripción de las modificaciones que hayan tenido lugar en el ejercicio de la declaración. Si no hay modificaciones, NA. | C(≤255) | |
| Deterioros. | Importe de los deterioros (valor total acumulado) asociados al activo. | N(10,0) | |
| Motivo Deterioros. | Descripción del motivo del deterioro del inmovilizado que haya tenido lugar en el ejercicio de la declaración. | C(≤255) | |
| Subvenciones. | Importe bruto, en €, de las subvenciones de capital concedidas para financiar el elemento contable (sin tener en cuenta el efecto impositivo). | N(10,0) | |
| Origen. | Indicar el origen de los elementos contables correspondientes a cada activo regulado: 1. Construcción propia. 2. Adquirido a terceros a título oneroso. 3. Adquirido a título gratuito o cedido por terceros. 4. Combinaciones de negocios. 5. Aportación no dineraria. | NP(1,0) | |
Ahora| Nombre Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código interno. | Código asignado por la empresa en el registro auxiliar de inmovilizado a cada uno de los elementos contables que componen el activo regulado. En su defecto, partida contable en la que se encuentra registrado el activo regulado. | C(≤25) | Declarado en Bloque F9-DI3. |
| Valor contable alta. | Coste de producción o precio de adquisición, en €, de las partidas contables. | NP(10,2) | |
| Fecha alta. | Fecha de registro contable del activo: fecha de adquisición del activo o fecha de reclasificación del activo de inmovilizado en curso a inmovilizado terminado. | F | |
| Valor contable cierre. | Valor bruto contable, en €, del elemento contable a fecha de cierre del ejercicio. | NP(10,2) | |
| Amortización acumulada. | Importe de la amortización acumulada, en €, correspondiente al elemento contable a cierre del ejercicio. | N(10,2) | |
| Valor neto contable. | Valor neto contable, en €, del elemento contable a fecha de cierre del ejercicio. | NP(10,2) | |
| Método de amortización. | Seleccione el método de amortización utilizado, vigente en el ejercicio de la declaración. 1. Lineal. 2. Otro. | NP(1,0) | |
| Vida útil. | Número de años de vida útil, en años, del elemento contable, vigente en el ejercicio de la declaración. | NP(10,2) | |
| Revalorizaciones anteriores a 1996. | Importe, en €, de las revalorización anteriores al año 1996 por leyes de Actualización de Balances. | NP(10,2) | |
| Revalorizaciones 1996. | Importe, en €, de la revalorización incluida en el valor contable bruto a cierre del ejercicio para el elemento contable, que se haya contabilizado por la ley de Actualización de Balances (RD-Ley 7/1996). | NP(10,2) | |
| Revalorizaciones 2013. | Importe de la revalorización incluida en el valor contable bruto a cierre del ejercicio para el elemento contable, que se hayan contabilizado por la ley de Actualización de Balances (Ley 12/2012). | NP(10,2) | |
| Costes por desmantelamiento. | Importe, en €, de la estimación por costes de desmantelamiento activada como mayor valor contable bruto del activo. | NP(10,2) | |
| Modificaciones. | Importe de las modificaciones (valor total acumulado) que haya experimentado el valor contable bruto del elemento contable desde la fecha de alta en el inmovilizado hasta la fecha de cierre del ejercicio. | N(10,2) | |
| Motivo. | Descripción de las modificaciones que hayan tenido lugar en el ejercicio de la declaración. Si no hay modificaciones, NA. | C(≤255) | |
| Deterioros. | Importe de los deterioros (valor total acumulado) asociados al activo. | N(10,2) | |
| Motivo Deterioros. | Descripción del motivo del deterioro del inmovilizado que haya tenido lugar en el ejercicio de la declaración. Si no hay deterioros, NA. | C(≤255) | |
| Subvenciones. | Importe bruto, en €, de las subvenciones de capital concedidas para financiar el elemento contable (sin tener en cuenta el efecto impositivo). | N(10,2) | |
| Origen. | Indicar el origen de los elementos contables correspondientes a cada activo regulado: 1. Construcción propia. 2. Adquirido a terceros a título oneroso. 3. Adquirido a título gratuito o cedido por terceros. 4. Combinaciones de negocios. 5. Aportación no dineraria. | NP(1,0) | |
Antes9.19 Bloque F9-PC1: Identificación de proveedores.
Ahora9.19 Bloque F9-PC1: Identificación de proveedores
Eliminado| Nombre campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código Proveedor. | Código asignado por la empresa para la identificación del proveedor. La empresa deberá crear un código secuencial para su identificación empezando por el PRO-0001. | C(8) | El código de proveedor se debe mantener de un ejercicio al siguiente. |
| Razón Social. | Razón social o denominación del proveedor. | C(≤255) | |
| CIF-NIF. | CIF o NIF del proveedor, según aplique. | C(9) | |
| Tipo de suministro. | Explicación de los tipos de suministro que realiza el proveedor. | C(≤255) | |
| Importe gasto. | Importe, en €, contabilizado como gasto en el ejercicio. | NP(9,0) | |
| Importe inversión. | Importe total, en €, contabilizado como inversión en el ejercicio. | NP(9,0) | |
| Parte vinculada. | Indicar si el proveedor es una parte vinculada: Sí/No. | B | |
Antes9.20 Bloque F9-PC2: Identificación de Contratos/pedidos principales.
Ahora| Nombre Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código Proveedor. | Código asignado por la empresa para la identificación del proveedor. La empresa deberá crear un código secuencial para su identificación empezando por el PRO-000001. | C(10) | El código de proveedor se debe mantener de un ejercicio al siguiente. |
| Razón Social. | Razón social o denominación del proveedor. | C(≤255) | |
| CIF-NIF. | CIF o NIF del proveedor, según aplique. | C(≤15) | |
| Tipo de suministro. | Explicación de los tipos de suministro que realiza el proveedor. | C(≤255) | |
| Importe gasto. | Importe, en €, contabilizado como gasto en el ejercicio. | N(9,2) | |
| Importe inversión. | Importe total, en €, contabilizado como inversión en el ejercicio. | N(9,2) | |
| Parte vinculada. | Indicar si el proveedor es una parte vinculada: SI/NO. | B | |
| Proveedor extranjero. | Indicar si el proveedor es extranjero: SI/NO. | B | |
Párrafo añadido
9.20 Bloque F9-PC2: Identificación de Contratos/pedidos principales
Antes| Nombre campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código Contrato. | Código asignado por la empresa para la identificación del contrato/pedido. La empresa deberá crear un código secuencial para su identificación empezando por el CTP-0001. | C(8) | El código se debe mantener de un ejercicio al siguiente, si aplica. |
| Objeto contrato/ pedido. | Descripción del objeto contrato/pedido. | C(≤255) | |
| Fecha Inicio. | Fecha de inicio. | F | |
| Razón social. | Razón social de la empresa contratada. | C(≤255) | |
| CIF. | CIF de la empresa contratada. | C(9) | |
| Importe Total previsto. | Importe, en €, total previsto del contrato/pedido. | NP(8,0) | |
| Importe ejecutado en el ejercicio. | Importe, en €, ejecutado en el ejercicio con cargo al contrato/pedido. | NP(8,0) | |
| Importe ejecutado acumulado. | Importe, en €, ejecutado acumulado con cargo al contrato/pedido. | NP(8,0) | |
Ahora| Nombre Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código Contrato. | Código asignado por la empresa para la identificación del contrato/pedido. La empresa deberá crear un código secuencial para su identificación empezando por el CTP-000001. | C(10) | El código se debe mantener de un ejercicio al siguiente, si aplica. |
| Objeto contrato/ pedido. | Descripción del objeto contrato/pedido. | C(≤255) | |
| Fecha Inicio. | Fecha de inicio. | F | |
| Razón social. | Razón social de la empresa contratada. | C(≤255) | |
| CIF. | CIF de la empresa contratada. | C(15) | Declarado en el Bloque F9-PC1. |
| Importe Total previsto. | Importe, en €, total previsto del contrato/pedido. | NP(8,2) | |
| Importe ejecutado en el ejercicio. | Importe, en €, ejecutado en el ejercicio con cargo al contrato/pedido. | NP(8,2) | |
| Importe ejecutado acumulado. | Importe, en €, ejecutado acumulado con cargo al contrato/pedido. | NP(8,2) | |
Antes10.3 Bloque F10-P3: Activos planificados.
Ahora10.3 Bloque F10-P3: Activos planificados
Antes| Nombre código | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código planificación. | Código asignado al activo planificado. | C(13) | Corresponde a los Bloques 1 y 2 del código CUAR. |
| Nombre. | Descriptivo de activo. | C(≤255) | |
| Código Proyecto. | Código del proyecto al que está asociado el activo. | C(5) | Declarado en Bloque F10-P1. |
| Fecha comienzo. | Fecha prevista de inicio (ejercicio m). | F | |
| Fecha fin. | Fecha de finalización prevista del proyecto. | F | |
| Presupuesto total. | Presupuesto total de ejecución del activo, sin descontar subvenciones ni instalaciones cedidas y financiadas por terceros. | NP(9,0) | |
| Presupuesto n+1. | Presupuesto de ejecución previsto para el ejercicio n+1. | NP(9,0) | |
| Presupuesto n+2. | Presupuesto de ejecución previsto para el ejercicio n+2. | NP(9,0) | |
| Presupuesto n+3. | Presupuesto de ejecución previsto para el ejercicio n+3. | NP(9,0) | |
| Resto presupuesto. | Presupuesto de ejecución previsto hasta la finalización a partir del n+4 (incluido n+4). | NP(9,0) | |
| Subvenciones. | Importe de las subvenciones previstas de recibir para la construcción del activo regulado. | NP(9,0) | |
| Tipo Organismo. | Tipo de organismo que concede la Subvención: 1. NA. No hay prevista subvención. 2. Administración General del Estado. 3. Comunidad Autónoma. 4. Administración local. 5. Unión Europea. 6. Otros. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Instalaciones cedidas. | Importe previsto de instalaciones cedidas asociadas al activo. | NP(9,0) | |
| Instalaciones financiadas. | Importe previsto de instalaciones financiadas por terceros asociadas al activo. | NP(9,0) | |
| Código TA. | Tipo de Actuación en función de la necesidad y la probabilidad: 0. NA (Gas). 1. A: Actuaciones programadas sin ningún tipo de condicionante. 2. B1: Actuaciones conexión condicionadas con incertidumbre moderada en cuanto a su ejecución. 3. B2:Actuaciones de conexión condicionadas con incertidumbre media-alta en cuanto a su ejecución. 4. R:Retrasada. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| MRDT. | Indicar si la motivación de la actuación es debido a Mallado de la red de Transporte: 0. NA (Gas). 1. Sí. 2. No. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| CINT. | Indicar si la motivación de la actuación es debido Conexión internacional: 0. NA (Gas). 1. Sí. 2. No. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| ATA. | Indicar si la motivación de la actuación es debido a Alimentación del Tren de Alta velocidad: 0. NA (Gas). 1. Sí. 2. No. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| EVRO. | Indicar si la motivación de la actuación es debido a Evacuación de régimen ordinario: 0. NA (Gas). 1. Sí. 2. No. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| EVRE. | Indicar si la motivación de la actuación es debido a Evacuación de régimen especial: 0. NA (Gas). 1. Sí. 2. No. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| APD. | Indicar si la motivación de la actuación es debido a Apoyo a la distribución o demanda de grandes consumidores (excepto ATA): 0. NA (Gas). 1. Sí. 2. No. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Código función. | 0. NA (Gas). 1. Estructural. 2. De conexión. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Código actuación. | 0. NA (Gas). 1. Actuación nueva. 2. Ampliación. 3. Renovación. | NP(1,0) | Número de la lista. |
Ahora| Nombre Código | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código planificación. | Código asignado al activo planificado. | C(13) | Corresponde a los Bloques 1 y 2 del código CUAR. |
| Nombre. | Descriptivo de activo. | C(≤255) | |
| Código Proyecto. | Código del proyecto al que está asociado el activo. | C(5) | Declarado en Bloque F10-P1. |
| Fecha comienzo. | Fecha prevista de inicio (ejercicio m). | F | |
| Fecha fin. | Fecha de finalización prevista del proyecto. | F | |
| Presupuesto. total. | Presupuesto total de ejecución del activo, sin descontar subvenciones ni instalaciones cedidas y financiadas por terceros. | NP(9,2) | |
| Presupuesto n+1. | Presupuesto de ejecución previsto para el ejercicio n+1. | NP(9,2) | |
| Presupuesto n+2. | Presupuesto de ejecución previsto para el ejercicio n+2. | NP(9,2) | |
| Presupuesto n+3. | Presupuesto de ejecución previsto para el ejercicio n+3. | NP(9,2) | |
| Resto presupuesto. | Presupuesto de ejecución previsto hasta la finalización a partir del n+4 (incluido n+4). | NP(9,2) | |
| Subvenciones. | Importe de las subvenciones previstas de recibir para la construcción del activo regulado. | NP(9,2) | |
| Tipo Organismo. | Tipo de organismo que concede la Subvención: 1. NA. No hay prevista subvención. 2. Administración General del Estado. 3. Comunidad Autónoma. 4. Administración local. 5. Unión Europea. 6. Otros. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Instalaciones cedidas. | Importe previsto de instalaciones cedidas asociadas al activo. | NP(9,2) | |
| Instalaciones financiadas. | Importe previsto de instalaciones financiadas por terceros asociadas al activo. | NP(9,2) | |
| RRTT. | Indicar si la motivación de la actuación es debida a resolución de restricciones técnicas: 0. NA (Gas). 1. Sí. 2. No. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| SdS. | Indicar si la motivación de la actuación es debida a seguridad de suministro: 0. NA (Gas). 1. Sí. 2. No. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Fiab. | Indicar si la motivación de la actuación es debida a fiabilidad: 0. NA (Gas). 1. Sí. 2. No. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Int. | Indicar si la motivación de la actuación es debida a conexiones internacionales, conexiones Península-sistemas no peninsulares e interconexiones entre sistemas insulares: 0. NA (Gas). 1. Sí. 2. No. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| ATA. | Indicar si la motivación de la actuación es debida a alimentación del Tren de Alta velocidad: 0. NA (Gas). 1. Sí. 2. No. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| EvCo. | Indicar si la motivación de la actuación es debida a evacuación de generación convencional: 0. NA (Gas). 1. Sí. 2. No. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| EvRe. | Indicar si la motivación de la actuación es debida a evacuación de generación renovable, cogeneración y residuos: 0. NA (Gas). 1. Sí. 2. No. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Alm. | Indicar si la motivación de la actuación es debida a acceso de nuevas instalaciones de almacenamiento de energía: 0. NA (Gas). 1. Sí. 2. No. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| ApD. | Indicar si la motivación de la actuación es debida a apoyo a la distribución o demanda de grandes consumidores (excepto ATA): 0. NA (Gas). 1. Sí. 2. No. | NP(1,0) | Número de la lista. |
| Código actuación. | 0. NA (Gas). 1. Instalación Nueva. 2. Repotenciación. 3. Incremento capacidad. 4. Cambio cable. 5. Nueva E/S. 6. Ampliación. 7. Renovación. 8. Otros. | NP(1,0) | Número de la lista. |
Párrafo añadido
Bloque F11-E10: Subestaciones.
Antes15.2 Bloque F15-U1: Datos de Uso.
Ahora15.2 Bloque F15-U1: Datos de Uso
Antes| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código CUAR. | Código CUAR del activo regulado sobre el que se declara. | C(33) | Para todos los activos declarado en los Bloques F1-E1 / E2 / E3 y E4. |
| Parámetro de uso 1. | Indicar el parámetro de uso 1. Podrá ser el de la Tabla 60, u otro que el sujeto obligado utilice para definir sus programas de mantenimiento preventivo en función del uso. | C(≤255) | |
| Parámetro de uso 2. | Indicar el parámetro de uso 2. Podrá ser el de la Tabla 60, u otro que el sujeto obligado utilice para definir sus programas de mantenimiento preventivo en función del uso. | C(≤255) | |
| Parámetro de uso 3. | Indicar el parámetro de uso 3. Podrá ser el de la Tabla 60, u otro que el sujeto obligado utilice para definir sus programas de mantenimiento preventivo en función del uso. | C(≤255) | |
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código CUAR. | Código CUAR del activo regulado sobre el que se declara. | C(33) | Para todos los activos declarado en los Bloques F1-E1 (estado S y Y)/ E2/ E3 y E4. |
| Parámetro de uso 1. | Indicar el parámetro de uso 1. Podrá ser el de la Tabla 60, u otro que el sujeto obligado utilice para definir sus programas de mantenimiento preventivo en función del uso. | C(≤255) | |
| Valor 1. | Indicar el valor que ha tomado el parámetro de uso 1 definido en el campo anterior. | NP(10,2) | |
| Parámetro de uso 2. | Indicar el parámetro de uso 2. Podrá ser el de la Tabla 60, u otro que el sujeto obligado utilice para definir sus programas de mantenimiento preventivo en función del uso. | C(≤255) | |
| Valor 2. | Indicar el valor que ha tomado el parámetro de uso 2 definido en el campo anterior. | NP(10,2) | |
| Parámetro de uso 3. | Indicar el parámetro de uso 3. Podrá ser el de la Tabla 60, u otro que el sujeto obligado utilice para definir sus programas de mantenimiento preventivo en función del uso. | C(≤255) | |
| Valor 3. | Indicar el valor que ha tomado el parámetro de uso 3 definido en el campo anterior. | NP(10,2) | |
Antes16.1 Bloque F16-D1: Disponibilidad y mantenimiento.
Ahora16.1 Bloque F16-D1: Disponibilidad y mantenimiento
Antes| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código CUAR. | Código CUAR del activo regulado sobre el que se declara. | C(33) | Declarado en Bloque F2, en servicio, excepto F2-GT6, F2- R21 y F2-AS5. |
| N.º Averías. | Número de actuaciones realizadas sobre el activo debido a mantenimiento correctivo. | NP(3,0) | |
| N.º Incidencias. | Número de actuaciones por causas de fuerza mayor o acciones de terceros realizadas sobre el activo debido a incidencias. | NP(3,0) | |
| N.º Preventivo. | Número de actuaciones realizadas sobre el activo debido a mantenimientos preventivos y predictivos. | NP(3,0) | |
| N.º modificaciones. | Número de actuaciones realizadas sobre el activo debido a modificaciones. | NP(3,0) | |
| Indisponibilidad Averías. | Número de horas de indisponibilidad del activo causado por actuaciones no programadas debido a mantenimiento correctivo. | NP(4,0) | |
| Indisponibilidad Incidencias No programadas. | Número de horas de indisponibilidad del activo causado por actuaciones no programadas por causas de fuerza mayor o acciones de terceros correctivo. | NP(4,0) | |
| Indisponibilidad Incidencias programadas. | Número de horas de indisponibilidad del activo causado por actuaciones programadas ajenas al mantenimiento. | NP(4,0) | |
| Indisponibilidad Preventivo. | Número de horas de indisponibilidad del activo debido a mantenimientos preventivos y predictivos. | NP(4,0) | |
| Indisponibilidad Modificaciones no programadas. | Número de horas de indisponibilidad del activo causado por actuaciones no programadas debido a circunstancias previstas en las condiciones de diseño. | NP(4,0) | |
| Indisponibilidad Modificaciones programadas. | Número de horas de indisponibilidad programadas por modificaciones/mejoras en el activo. | NP(4,0) | |
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| Código CUAR. | Código CUAR del activo regulado sobre el que se declara. | C(33) | Declarado en Bloque F2 o F3, en estado S o H, |
| N.º Averías. | Número de actuaciones realizadas sobre el activo debido a mantenimiento correctivo. | NP(3,0) | |
| N.º Incidencias. | Número de actuaciones por causas de fuerza mayor o acciones de terceros realizadas sobre el activo debido a incidencias. | NP(3,0) | |
| N.º Preventivo. | Número de actuaciones realizadas sobre el activo debido a mantenimientos preventivos y predictivos. | NP(3,0) | |
| N.º modificaciones. | Número de actuaciones realizadas sobre el activo debido a modificaciones. | NP(3,0) | |
| Indisponibilidad Averías. | Número de horas de indisponibilidad del activo causado por actuaciones no programadas debido a mantenimiento correctivo. | NP(4,2) | |
| Indisponibilidad Incidencias No programadas. | Número de horas de indisponibilidad del activo causado por actuaciones no programadas por causas de fuerza mayor o acciones de terceros correctivo. | NP(4,2) | |
| Indisponibilidad Incidencias programadas. | Número de horas de indisponibilidad del activo causado por actuaciones programadas ajenas al mantenimiento. | NP(4,2) | |
| Indisponibilidad Preventivo. | Número de horas de indisponibilidad del activo debido a mantenimientos preventivos y predictivos. | NP(4,2) | |
| Indisponibilidad Modificaciones no programadas. | Número de horas de indisponibilidad del activo causado por actuaciones no programadas debido a circunstancias previstas en las condiciones de diseño. | NP(4,2) | |
| Indisponibilidad Modificaciones programadas. | Número de horas de indisponibilidad programadas por modificaciones/mejoras en el activo. | NP(4,2) | |
Antes17 Formulario 17: Activos en curso antes de la primera declaración.
Ahora17. Formulario 17: Activos en curso antes de la primera declaración.
Antes17.1 Bloque F17-AC1: Declaración de costes a CUAR iniciados antes de la primera declaración.
Ahora17.1 Bloque F17-AC1: Declaración de costes a CUAR en curso iniciados antes del año 2016
Antes| Campo | Descripción | Tipo dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR del activo regulado del que se declaran los costes. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Importe. | Importe de los costes declarados acumulados a 31 de diciembre del ejercicio anterior a la primera declaración. | NP(10,0) | |
| Concepto de Coste. | Concepto de coste del que se reparten los costes en los nuevos CUAR. | C(≤13) | Contenido en las Tablas 23-25 para electricidad o 28 para gas. |
Ahora| Campo | Descripción | Tipo Dato | Reglas de validación |
| --- | --- | --- | --- |
| CUAR. | Código CUAR del activo regulado del que se declaran los costes. | C(33) | Coherencia CUAR. |
| Importe. | Importe de los costes declarados acumulados a 31 de diciembre de 2015. | NP(10,2) | |
| Concepto de Coste. | Concepto de coste del que se reparten los costes en los nuevos CUAR. | C(≤13) | Contenido en las Tablas 23-25 para electricidad o 28 para gas. |
| Materiales y equipos. | En el caso de que el Concepto de coste sea «Materiales y equipos», identificar el código del mismo. En caso contrario NA. | C(8) | Contenido en las Tablas de Materiales y equipos correspondientes. |
ANEXO II▸
Antes| Código | Actividad |
| --- | --- |
| AR-G-01 | Gestor Técnico del Sistema. |
| AR-G-02 | Transporte. |
| AR-G-03 | Regasificación. |
| AR-G-04 | Almacenamientos subterráneos básicos (AASS). |
| AR-G-05.001 | Gestor de red independiente (GRI) de la empresa SAGGAS. |
| AR-G-05.002 | Gestor de red independiente (GRI) de la empresa ETN. |
| AR-G-06 | Distribución. |
| AR-G-07 | Otras actividades reguladas. |
| AR-G-08 | Actividades no reguladas. |
Ahora| Código | Actividad |
| --- | --- |
| AR-G-01 | Gestor Técnico del Sistema. |
| AR-G-02 | Transporte. |
| AR-G-03 | Regasificación. |
| AR-G-04 | Almacenamientos subterráneos básicos (AASS). |
| AR-G-06 | Distribución. |
| AR-G-07 | Otras actividades reguladas. |
| AR-G-08 | Actividades no reguladas. |
| AR-G-20 | Gestor de red independiente (GRI) de la empresa SAGGAS. |
| AR-G-21 | Gestor de red independiente (GRI) de la empresa ETN. |
EliminadoTabla 6: Listado de CECOS principales: Centros de mantenimiento sector gas
Antes| Código | Nombre CECOS |
| --- | --- |
| CC-P3.000 | Actividades No Reguladas. |
| CC-P3.001 | Actividades de Distribución. |
| CC-P3.002 | Otras Actividades Reguladas. |
| CC-P3.003 | Actividades del GTS. |
| CC-P3.010 | Planta de Regasificación Barcelona. |
| CC-P3.011 | Planta de Regasificación Cartagena. |
| CC-P3.012 | Planta de Regasificación Huelva. |
| CC-P3.013 | Planta de Regasificación Bilbao. |
| CC-P3.014 | Planta de Regasificación Sagunto. |
| CC-P3.015 | Planta de Regasificación Mugardos. |
| CC-P3.016 | Planta de Regasificación Musel. |
| CC-P3.017 | Planta de Regasificación Tenerife. |
| CC-P3.018 | Planta de Regasificación Gran Canaria. |
| CC-P3.021 | AASS de Serrablo. |
| CC-P3.022 | AASS de Gaviota. |
| CC-P3.023 | AASS de Marismas. |
| CC-P3.024 | AASS de Yela. |
| CC-P3.025 | AASS de Castor. |
| CC-P3.031 | CT de Crevillente / Alicante. |
| CC-P3.032 | CT de Almendralejo. |
| CC-P3.033 | CT de Asturias. |
| CC-P3.034 | CT de Bañeras. |
| CC-P3.035 | CT de Burgos. |
| CC-P3.036 | CT de Caspe. |
| CC-P3.037 | CT de Villareal / Castellón. |
| CC-P3.038 | CT de Córdoba. |
| CC-P3.039 | CT de Coruña. |
| CC-P3.040 | CT de Durango. |
| CC-P3.041 | CT de Granada. |
| CC-P3.042 | CT de Haro. |
| CC-P3.043 | CT de Huelva. |
| CC-P3.044 | CT de Jaén. |
| CC-P3.045 | CT de Cádiz / Medina Sidonia. |
| CC-P3.046 | CT de Lumbier / Pamplona. |
| CC-P3.047 | CT de Plasencia. |
| CC-P3.048 | CT de Pontevedra. |
| CC-P3.049 | CT de Almodóvar / Puertollano. |
| CC-P3.050 | CT de Ribadeo. |
| CC-P3.051 | CT de Sabiñánigo. |
| CC-P3.052 | CT de San Fernando de Henares. |
| CC-P3.053 | CT de Villapresente / Santander. |
| CC-P3.054 | CT de Segovia. |
| CC-P3.055 | CT de Sevilla. |
| CC-P3.056 | CT de Tivisa. |
| CC-P3.057 | CT de Toledo. |
| CC-P3.058 | CT de Paterna / Valencia. |
| CC-P3.059 | CT de Valladolid. |
| CC-P3.060 | CT de Vitoria. |
| CC-P3.061 | CT de Zamora. |
| CC-P3.062 | CT de Zaragoza. |
| CC-P3.063 | CT de Soria. |
| CC-P3.064 | CT de Málaga. |
| CC-P3.065 | CT de Cuenca. |
| CC-P3.066 | CT de Alcázar de San Juan. |
| CC-P3.067 | CT de Montesa. |
| CC-P3.068 | CT de León. |
| CC-P3.069 | CT de Almería / Antas. |
| CC-P3.070 | CT de Murcia. |
| CC-P3.071 | CT de Mallorca / Baleares. |
| CC-P3.072 | CT de Hostalrich. |
| CC-P3.073 | CT de Villar de Arnedo. |
| CC-P3.074 | CT de Yela. |
| CC-P3.075 | CT de Chinchilla. |
| CC-P3.076 | CT de Denia. |
| CC-P3.077 | CT de Algete. |
| CC-P3.078 | CT de Guipúzcoa. |
| CC-P3.997 | Otros Centros de Mantenimiento. |
| CC-P3.998 | Activos cedido a un GRI. |
| CC-P3.999 | Centro de Mantenimiento reservado para los activos en proyecto o en construcción sin asignación definitiva a uno de los anteriores. |
Ahora| Código | Nombre CECOS |
| --- | --- |
| CC-P3.000 | Actividades No Reguladas. |
| CC-P3.001 | Actividades de Distribución. |
| CC-P3.002 | Otras Actividades Reguladas. |
| CC-P3.003 | Actividades del GTS. |
| CC-P3.010 | Planta de Regasificación Barcelona. |
| CC-P3.011 | Planta de Regasificación Cartagena. |
| CC-P3.012 | Planta de Regasificación Huelva. |
| CC-P3.013 | Planta de Regasificación Bilbao. |
| CC-P3.014 | Planta de Regasificación Sagunto. |
| CC-P3.015 | Planta de Regasificación Mugardos. |
| CC-P3.016 | Planta de Regasificación Musel. |
| CC-P3.017 | Planta de Regasificación Tenerife. |
| CC-P3.018 | Planta de Regasificación Gran Canaria. |
| CC-P3.021 | AASS de Serrablo. |
| CC-P3.022 | AASS de Gaviota. |
| CC-P3.023 | AASS de Marismas. |
| CC-P3.024 | AASS de Yela. |
| CC-P3.025 | AASS de Castor. |
| CC-P3.031 | CT de Crevillente / Alicante. |
| CC-P3.032 | CT de Almendralejo. |
| CC-P3.033 | CT de Asturias. |
| CC-P3.034 | CT de Bañeras. |
| CC-P3.035 | CT de Burgos. |
| CC-P3.036 | CT de Caspe. |
| CC-P3.037 | CT de Villareal / Castellón. |
| CC-P3.038 | CT de Córdoba. |
| CC-P3.039 | CT de Coruña. |
| CC-P3.040 | CT de Durango. |
| CC-P3.041 | CT de Granada. |
| CC-P3.043 | CT de Huelva. |
| CC-P3.044 | CT de Jaén. |
| CC-P3.045 | CT de Cádiz / Medina Sidonia. |
| CC-P3.046 | CT de Lumbier / Pamplona. |
| CC-P3.047 | CT de Plasencia. |
| CC-P3.048 | CT de Pontevedra. |
| CC-P3.049 | CT de Almodóvar / Puertollano. |
| CC-P3.050 | CT de Ribadeo. |
| CC-P3.051 | CT de Sabiñanigo. |
| CC-P3.052 | CT de San Fernando de Henares. |
| CC-P3.053 | CT de Villapresente / Santander. |
| CC-P3.054 | CT de Segovia. |
| CC-P3.055 | CT de Sevilla. |
| CC-P3.056 | CT de Tivisa. |
| CC-P3.057 | CT de Toledo. |
| CC-P3.058 | CT de Paterna / Valencia. |
| CC-P3.059 | CT de Valladolid. |
| CC-P3.060 | CT de Vitoria. |
| CC-P3.061 | CT de Zamora. |
| CC-P3.062 | CT de Zaragoza. |
| CC-P3.063 | CT de Soria. |
| CC-P3.064 | CT de Málaga. |
| CC-P3.065 | CT de Cuenca. |
| CC-P3.066 | CT de Alcázar de San Juan. |
| CC-P3.067 | CT de Montesa. |
| CC-P3.068 | CT de León. |
| CC-P3.069 | CT de Almería / Antas. |
| CC-P3.070 | CT de Murcia. |
| CC-P3.071 | CT de Mallorca / Baleares. |
| CC-P3.072 | CT de Hostalrich. |
| CC-P3.073 | CT de Villar de Arnedo. |
| CC-P3.074 | CT de Yela. |
| CC-P3.075 | CT de Chinchilla. |
| CC-P3.078 | CT de Guipúzcoa. |
| CC-P3.501 | EC Alcázar de San Juan. |
| CC-P3.502 | EC Algete. |
| CC-P3.503 | EC Almendralejo. |
| CC-P3.504 | EC Almodóvar. |
| CC-P3.505 | EC de Bañeras. |
| CC-P3.506 | EC Chinchilla. |
| CC-P3.507 | EC Córdoba. |
| CC-P3.508 | EC Crevillente. |
| CC-P3.509 | EC Euskadour. |
| CC-P3.510 | EC Denia. |
| CC-P3.511 | EC Haro. |
| CC-P3.512 | EC Lumbier. |
| CC-P3.513 | EC Montesa. |
| CC-P3.514 | EC Paterna. |
| CC-P3.515 | EC Sevilla. |
| CC-P3.516 | EC Tivisa. |
| CC-P3.517 | EC Villar de Arnedo. |
| CC-P3.518 | EC Zamora. |
| CC-P3.519 | EC Zaragoza. |
| CC-P3.997 | Otros Centros de Mantenimiento. |
| CC-P3.998 | Activos cedido a un GRI. |
| CC-P3.999 | Centro de Mantenimiento reservado para los activos en proyecto o en construcción sin asignación definitiva a uno de los anteriores. |
Antes| Código | Parámetro CECOS |
| --- | --- |
| IC-1 | Número de personas. |
| IC-2 | Número de personas equivalentes. |
| IC-3 | Número de pedidos generados. |
| IC-4 | Importe total de pedidos generados. |
| IC-5 | Número de equipos TIC asignados. |
| IC-6 | Número de incidencias TIC. |
| IC-7 | m 2 de superficie ocupados. |
Ahora| Código | Parámetro CECOS |
| --- | --- |
| IC-1 | Número de personas. |
| IC-2 | Número de personas equivalentes. |
| IC-3 | Número de pedidos generados. |
| IC-4 | Importe total de pedidos generados. |
EliminadoTabla 15: OFC de O&M de transporte electricidad
Antes| Código | Nombre OFC |
| --- | --- |
| OFC-E-OM-T-001 | Líneas aéreas 400 kV Simple circuito Península. |
| OFC-E-OM-T-002 | Líneas aéreas 400 kV Doble circuito Península. |
| OFC-E-OM-T-003 | Líneas aéreas 400 kV más de dos circuitos Península. |
| OFC-E-OM-T-004 | Líneas aéreas 220 kV Simple circuito Península. |
| OFC-E-OM-T-005 | Líneas aéreas 220 kV Doble circuito Península. |
| OFC-E-OM-T-006 | Líneas aéreas 220 kV más de dos circuitos Península. |
| OFC-E-OM-T-007 | Líneas aéreas 220 kV Simple circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-008 | Líneas aéreas 220 kV Doble circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-009 | Líneas aéreas 220 kV más de dos circuitos Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-010 | Líneas aéreas 220 kV Simple circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-011 | Líneas aéreas 220 kV Doble circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-012 | Líneas aéreas 220 kV más de dos circuitos Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-013 | Líneas aéreas 220 kV Simple circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-014 | Líneas aéreas 220 kV Doble circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-015 | Líneas aéreas 220 kV más de dos circuitos resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-016 | Líneas aéreas 132 kV Simple circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-017 | Líneas aéreas 132 kV Doble circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-018 | Líneas aéreas 132 kV Más de dos circuitos Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-019 | Líneas aéreas 132 kV Simple circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-020 | Líneas aéreas 132 kV Doble circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-021 | Líneas aéreas 132 kV más de dos circuitos Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-022 | Líneas aéreas 132 kV Simple circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-023 | Líneas aéreas 132 kV Doble circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-024 | Líneas aéreas 132 kV más de dos circuitos resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-025 | Líneas aéreas 66 kV Simple circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-026 | Líneas aéreas 66 kV Doble circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-027 | Líneas aéreas 66 kV más de dos circuitos Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-028 | Líneas aéreas 66 kV Simple circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-029 | Líneas aéreas 66 kV Doble circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-030 | Líneas aéreas 66 kV más de dos circuitos Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-031 | Líneas aéreas 66 kV Simple circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-032 | Líneas aéreas 66 kV Doble circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-033 | Líneas aéreas 66 kV más de dos circuitos resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-034 | Línea subterránea 220 kV Simple circuito Península. |
| OFC-E-OM-T-035 | Línea subterránea 220 kV Doble circuito Península. |
| OFC-E-OM-T-036 | Línea subterránea 220 kV Simple circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-037 | Línea subterránea 220 kV Doble circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-038 | Línea subterránea 220 kV Simple circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-039 | Línea subterránea 220 kV Doble circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-040 | Línea subterránea 220 kV Simple circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-041 | Línea subterránea 220 kV Doble circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-042 | Línea subterránea 132 kV Simple circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-043 | Línea subterránea 132 kV Doble circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-044 | Línea subterránea 132 kV Simple circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-045 | Línea subterránea 132 kV Doble circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-046 | Línea subterránea 132 kV Simple circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-047 | Línea subterránea 132 kV Doble circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-048 | Línea subterránea 66 kV Simple circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-049 | Línea subterránea 66 kV Doble circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-050 | Línea subterránea 66 kV Simple circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-051 | Línea subterránea 66 kV Doble circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-052 | Línea subterránea 66 kV Simple circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-053 | Línea subterránea 66 kV Doble circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-054 | Línea subterránea 320 kVc.c y estaciones conversoras 400 kVc.a/320 kV c.c. |
| OFC-E-OM-T-055 | Línea submarina 400 kV Doble circuito c.a. |
| OFC-E-OM-T-056 | Línea submarina 250 kVc.c y estaciones conversoras 250 kVc.c /220 kVc.a.c.c. |
| OFC-E-OM-T-057 | Línea submarina 220 kV Simple circuito. |
| OFC-E-OM-T-058 | Línea submarina 220 kV Doble circuito. |
| OFC-E-OM-T-059 | Línea submarina 132 kV Simple circuito. |
| OFC-E-OM-T-060 | Línea submarina 132 kV Doble circuito. |
| OFC-E-OM-T-061 | Línea submarina 66 kV Simple circuito. |
| OFC-E-OM-T-062 | Línea submarina 66 kV Doble circuito. |
| OFC-E-OM-T-063 | Posición convencional 400 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-064 | Posición blindada 400 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-065 | Posición convencional 220 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-066 | Posición convencional 220 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-067 | Posición convencional 220 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-068 | Posición convencional 220 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-069 | Posición blindadas 220 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-070 | Posición blindadas 220 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-071 | Posición blindadas 220 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-072 | Posición blindadas 220 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-073 | Posición convencional 132 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-074 | Posición convencional 132 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-075 | Posición convencional 132 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-076 | Posición blindada 132 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-077 | Posición blindada 132 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-078 | Posición blindada 132 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-079 | Posición convencional 66 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-080 | Posición convencional 66 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-081 | Posición convencional 66 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-082 | Posición blindada 66 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-083 | Posición blindada 66 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-084 | Posición blindada 66 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-085 | Transformadores monofásicos (400/220 kV) Península. |
| OFC-E-OM-T-086 | Transformadores trifásicos (400/220/132 kV) Península. |
| OFC-E-OM-T-087 | Transformadores trifásicos (220/132 kV) Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-088 | Transformadores trifásicos (220/132 kV) Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-089 | Transformadores trifásicos (220/132 kV) resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-090 | Transformadores trifásicos (220/66 kV) Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-091 | Transformadores trifásicos (220/66 kV) Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-092 | Transformadores trifásicos (220/66 kV) resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-093 | Transformadores trifásicos (132/66 kV) Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-094 | Transformadores trifásicos (132/66 kV) Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-095 | Transformadores trifásicos (132/66 kV) resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-096 | Reactancias 400 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-097 | Reactancias 220 kV. |
| OFC-E-OM-T-098 | Reactancias 220 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-099 | Reactancias 220 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-100 | Reactancias 220 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-101 | Reactancias 132 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-102 | Reactancias 132 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-103 | Reactancias 132 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-104 | Reactancias 66 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-105 | Reactancias 66 kV Gran Canarias y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-106 | Reactancias 66 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-107 | Condensadores 400 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-108 | Condensadores 220 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-109 | Condensadores 220 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-110 | Condensadores 220 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-111 | Condensadores 220 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-112 | Condensadores 132 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-113 | Condensadores 132 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-114 | Condensadores 132 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-115 | Condensadores 66 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-116 | Condensadores 66 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-117 | Condensadores 66 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-118 | Transformador móvil monofásicos (400/220 kV). |
| OFC-E-OM-T-119 | Transformador móvil trifásico (400/220/132 kV). |
| OFC-E-OM-T-120 | Transformador móvil trifásico (220/132 kV) Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-121 | Transformador móvil trifásico (220/132 kV) Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-122 | Transformador móvil trifásico (220/132 kV) resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-123 | Transformador móvil trifásico (220/66 kV) Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-124 | Transformador móvil trifásico (220/66 kV) Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-125 | Transformador móvil trifásico (220/66 kV) resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-126 | Transformador móvil trifásico (132/66 kV Islas Baleares). |
| OFC-E-OM-T-127 | Transformador móvil trifásico (132/66 kV) Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-128 | Transformador móvil trifásico (132/66 kV) resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-129 | Posición móvil 400 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-130 | Posición móvil 220 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-131 | Posición móvil 220 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-132 | Posición móvil 220 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-133 | Posición móvil 220 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-134 | Posición móvil 132 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-135 | Posición móvil 132 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-136 | Posición móvil 132 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-137 | Posición móvil 66 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-138 | Posición móvil 66 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-139 | Posición móvil 66 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-140 | Desfasadores 400 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-141 | Desfasadores 220 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-142 | Desfasadores 220 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-143 | Desfasadores 220 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-144 | Desfasadores 220 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-145 | Inversiones singulares. |
| OFC-E-OM-T-146 | Otros. |
Ahora| Código | Nombre OFC |
| --- | --- |
| OFC-E-OM-T-001 | Líneas aéreas 400 kV Simple circuito Península. |
| OFC-E-OM-T-002 | Líneas aéreas 400 kV Doble circuito Península. |
| OFC-E-OM-T-003 | Líneas aéreas 400 kV más de dos circuitos Península. |
| OFC-E-OM-T-004 | Líneas aéreas 220 kV Simple circuito Península. |
| OFC-E-OM-T-005 | Líneas aéreas 220 kV Doble circuito Península. |
| OFC-E-OM-T-006 | Líneas aéreas 220 kV más de dos circuitos Península. |
| OFC-E-OM-T-007 | Líneas aéreas 220 kV Simple circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-008 | Líneas aéreas 220 kV Doble circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-009 | Líneas aéreas 220 kV más de dos circuitos Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-010 | Líneas aéreas 220 kV Simple circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-011 | Líneas aéreas 220 kV Doble circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-012 | Líneas aéreas 220 kV más de dos circuitos Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-013 | Líneas aéreas 220 kV Simple circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-014 | Líneas aéreas 220 kV Doble circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-015 | Líneas aéreas 220 kV más de dos circuitos resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-016 | Líneas aéreas 132 kV Simple circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-017 | Líneas aéreas 132 kV Doble circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-018 | Líneas aéreas 132 kV más de dos circuitos Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-019 | Líneas aéreas 132 kV Simple circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-020 | Líneas aéreas 132 kV Doble circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-021 | Líneas aéreas 132 kV más de dos circuitos Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-022 | Líneas aéreas 132 kV Simple circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-023 | Líneas aéreas 132 kV Doble circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-024 | Líneas aéreas 132 kV más de dos circuitos resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-025 | Líneas aéreas 66 kV Simple circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-026 | Líneas aéreas 66 kV Doble circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-027 | Líneas aéreas 66 kV más de dos circuitos Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-028 | Líneas aéreas 66 kV Simple circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-029 | Líneas aéreas 66 kV Doble circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-030 | Líneas aéreas 66 kV más de dos circuitos Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-031 | Líneas aéreas 66 kV Simple circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-032 | Líneas aéreas 66 kV Doble circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-033 | Líneas aéreas 66 kV más de dos circuitos resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-034 | Línea subterránea 220 kV Simple circuito Península. |
| OFC-E-OM-T-035 | Línea subterránea 220 kV Doble circuito Península. |
| OFC-E-OM-T-036 | Línea subterránea 220 kV Simple circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-037 | Línea subterránea 220 kV Doble circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-038 | Línea subterránea 220 kV Simple circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-039 | Línea subterránea 220 kV Doble circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-040 | Línea subterránea 220 kV Simple circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-041 | Línea subterránea 220 kV Doble circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-042 | Línea subterránea 132 kV Simple circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-043 | Línea subterránea 132 kV Doble circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-044 | Línea subterránea 132 kV Simple circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-045 | Línea subterránea 132 kV Doble circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-046 | Línea subterránea 132 kV Simple circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-047 | Línea subterránea 132 kV Doble circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-048 | Línea subterránea 66 kV Simple circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-049 | Línea subterránea 66 kV Doble circuito Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-050 | Línea subterránea 66 kV Simple circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-051 | Línea subterránea 66 kV Doble circuito Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-052 | Línea subterránea 66 kV Simple circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-053 | Línea subterránea 66 kV Doble circuito resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-054 | Línea subterránea 320 kVc.c y estaciones conversoras 400 kVc.a/320 kV c.c. |
| OFC-E-OM-T-055 | Línea submarina 400 kV Doble circuito c.a. |
| OFC-E-OM-T-056 | Línea submarina 250 kVc.c y estaciones conversoras 250 kVc.c /220 kVc.a. |
| OFC-E-OM-T-057 | Línea submarina 220 kV Simple circuito. |
| OFC-E-OM-T-058 | Línea submarina 220 kV Doble circuito. |
| OFC-E-OM-T-059 | Línea submarina 132 kV Simple circuito. |
| OFC-E-OM-T-060 | Línea submarina 132 kV Doble circuito. |
| OFC-E-OM-T-061 | Línea submarina 66 kV Simple circuito. |
| OFC-E-OM-T-062 | Línea submarina 66 kV Doble circuito. |
| OFC-E-OM-T-063 | Posición convencional 400 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-064 | Posición blindada 400 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-065 | Posición convencional 220 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-066 | Posición convencional 220 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-067 | Posición convencional 220 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-068 | Posición convencional 220 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-069 | Posición blindadas 220 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-070 | Posición blindadas 220 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-071 | Posición blindadas 220 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-072 | Posición blindadas 220 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-073 | Posición convencional 132 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-074 | Posición convencional 132 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-075 | Posición convencional 132 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-076 | Posición blindada 132 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-077 | Posición blindada 132 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-078 | Posición blindada 132 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-079 | Posición convencional 66 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-080 | Posición convencional 66 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-081 | Posición convencional 66 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-082 | Posición blindada 66 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-083 | Posición blindada 66 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-084 | Posición blindada 66 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-085 | Transformadores monofásicos (400/220 kV) Península. |
| OFC-E-OM-T-086 | Transformadores trifásicos (400/220/132 kV) Península. |
| OFC-E-OM-T-087 | Transformadores trifásicos (220/132 kV) Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-088 | Transformadores trifásicos (220/132 kV) Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-089 | Transformadores trifásicos (220/132 kV) resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-090 | Transformadores trifásicos (220/66 kV) Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-091 | Transformadores trifásicos (220/66 kV) Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-092 | Transformadores trifásicos (220/66 kV) resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-093 | Transformadores trifásicos (132/66 kV) Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-094 | Transformadores trifásicos (132/66 kV) Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-095 | Transformadores trifásicos (132/66 kV) resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-096 | Reactancias 400 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-097 | Reactancias 220 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-098 | Reactancias 220 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-099 | Reactancias 220 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-100 | Reactancias 220 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-101 | Reactancias 132 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-102 | Reactancias 132 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-103 | Reactancias 132 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-104 | Reactancias 66 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-105 | Reactancias 66 kV Gran Canarias y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-106 | Reactancias 66 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-107 | Condensadores 400 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-108 | Condensadores 220 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-109 | Condensadores 220 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-110 | Condensadores 220 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-111 | Condensadores 220 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-112 | Condensadores 132 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-113 | Condensadores 132 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-114 | Condensadores 132 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-115 | Condensadores 66 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-116 | Condensadores 66 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-117 | Condensadores 66 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-118 | Transformador móvil monofásicos (400/220 kV) Península. |
| OFC-E-OM-T-119 | Transformador móvil trifásico (400/220/132 kV) Península. |
| OFC-E-OM-T-120 | Transformador móvil monofásico (220/132 kV) Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-121 | Transformador móvil monofásico (220/132 kV) Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-122 | Transformador móvil monofásico (220/132 kV) resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-123 | Transformador móvil monofásico (220/66 kV) Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-124 | Transformador móvil monofásico (220/66 kV) Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-125 | Transformador móvil monofásico (220/66 kV) resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-126 | Transformador móvil monofásico (132/66 kV Islas Baleares). |
| OFC-E-OM-T-127 | Transformador móvil monofásico (132/66 kV) Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-128 | Transformador móvil monofásico (132/66 kV) resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-129 | Posición móvil 400 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-130 | Posición móvil 220 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-131 | Posición móvil 220 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-132 | Posición móvil 220 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-133 | Posición móvil 220 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-134 | Posición móvil 132 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-135 | Posición móvil 132 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-136 | Posición móvil 132 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-137 | Posición móvil 66 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-138 | Posición móvil 66 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-139 | Posición móvil 66 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-140 | Desfasadores 400 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-141 | Desfasadores 220 kV Península. |
| OFC-E-OM-T-142 | Desfasadores 220 kV Islas Baleares. |
| OFC-E-OM-T-143 | Desfasadores 220 kV Gran Canaria y Tenerife. |
| OFC-E-OM-T-144 | Desfasadores 220 kV resto Islas Canarias. |
| OFC-E-OM-T-145 | Otras inversiones singulares. |
| OFC-E-OM-T-146 | Otros. |
Antes| Código | Nombre OFC |
| --- | --- |
| OFC-G-GTS-01 | Operación del Sistema Gasista. |
| OFC-G-GTS-02 | Liquidaciones del Sistema Gasista. |
| OFC-G-GTS-03 | Gestión con Terceros. |
| OFC-G-GTS-04 | Estudios. |
Ahora| Código | Nombre OFC |
| --- | --- |
| OFC-G-GTS-01 | Operación del Sistema Gasista. |
| OFC-G-GTS-02 | Liquidaciones del Sistema Gasista. |
| OFC-G-GTS-03 | Coordinación de Garantías. |
| OFC-G-GTS-04 | Mantenimiento SL-ATR. |
| OFC-G-GTS-05 | Predicción de Demanda. |
| OFC-G-GTS-06 | Estudios. |
| OFC-G-GTS-07 | Plataforma de Contratación. |
Antes| Código | Nombre OFC |
| --- | --- |
| OFC-G-OM-T-01 | Gasoducto transporte primario. |
| OFC-G-OM-T-02 | Gasoducto transporte secundario. |
| OFC-G-OM-T-03 | ERM primarias. |
| OFC-G-OM-T-04 | ERM secundarias. |
| OFC-G-OM-T-05 | EM primarias. |
| OFC-G-OM-T-06 | EM secundarias. |
| OFC-G-OM-T-07 | EM-MUS primarias. |
| OFC-G-OM-T-08 | EM-MUS secundarias. |
| OFC-G-OM-T-09 | ERP y ERC. |
| OFC-G-OM-T-10 | Estaciones de compresión. |
| OFC-G-OM-T-11 | ERM/EM singulares. |
| OFC-G-OM-T-12 | Estación de compresión singular. |
Ahora| Código | Nombre OFC |
| --- | --- |
| OFC-G-OM-T-01 | Gasoducto transporte primario. |
| OFC-G-OM-T-02 | Gasoducto transporte secundario. |
| OFC-G-OM-T-03 | ERM primarias. |
| OFC-G-OM-T-04 | ERM secundarias. |
| OFC-G-OM-T-05 | EM primarias. |
| OFC-G-OM-T-06 | EM secundarias. |
| OFC-G-OM-T-07 | EM-MUS primarias. |
| OFC-G-OM-T-08 | EM-MUS secundarias. |
| OFC-G-OM-T-09 | ERP y ERC. |
| OFC-G-OM-T-10 | Estaciones de compresión turbina. |
| OFC-G-OM-T-11 | Estaciones de compresión motor eléctrico. |
| OFC-G-OM-T-12 | ERM/EM singulares. |
| OFC-G-OM-T-13 | Estación de compresión singular. |
| OFC-G-OM-T-14 | Gasoducto singular. |
Antes| Código | Nombre Concepto de Coste |
| --- | --- |
| CDC-OM-CDB-01 | Operación transvase GNL buque-planta. |
| CDC-OM-CDB-02 | Mantenimiento correctivo: Averías. |
| CDC-OM-CDB-03 | Mantenimiento correctivo: Incidencias. |
| CDC-OM-CDB-04 | Mantenimiento preventivo-predictivo. |
| CDC-OM-CDB-05 | Modificaciones y mejoras. |
| CDC-OM-CDB-06 | Operación transvase de GNL planta-buque. |
| CDC-OM-CDB-07 | Operación transvase de GNL buque-buque. |
| CDC-OM-CDB-08 | Operación puesta en frío de buque. |
Ahora| Código | Nombre Concepto de Coste |
| --- | --- |
| CDC-OM-CDB-01 | Operación transvase GNL buque-planta. |
| CDC-OM-CDB-02 | Mantenimiento correctivo: Averías. |
| CDC-OM-CDB-03 | Mantenimiento correctivo: Incidencias. |
| CDC-OM-CDB-04 | Mantenimiento preventivo-predictivo. |
| CDC-OM-CDB-05 | Modificaciones y mejoras. |
| CDC-OM-CDB-06 | Operación transvase de GNL planta-buque. |
| CDC-OM-CDB-07 | Operación transvase de GNL buque-buque. |
| CDC-OM-CDB-08 | Operación puesta en frío de buque. |
| CDC-OM-CDB-09 | Operación de transvase de GNL planta-buque a pequeña escala. |
Antes| Código | Tipo de G |
| --- | --- |
| G-G-00 | ERC y ERP |
| G-G-01 | Tipo G 65 |
| G-G-02 | Tipo G 100 |
| G-G-03 | Tipo G 160 |
| G-G-04 | Tipo G 250 |
| G-G-05 | Tipo G 400 |
| G-G-06 | Tipo G 650 |
| G-G-07 | Tipo G 1000 |
| G-G-08 | Tipo G 1600 |
| G-G-09 | Tipo G 2500 |
| G-G-10 | Tipo G 4000 |
| G-G-11 | Tipo G 6500 |
| G-G-12 | Otros tamaños de turbina |
Ahora| Código | Tipo de G |
| --- | --- |
| G-G-00 | ERC y ERP |
| G-G-01 | Tipo G 65 |
| G-G-02 | Tipo G 100 |
| G-G-03 | Tipo G 160 |
| G-G-04 | Tipo G 250 |
| G-G-05 | Tipo G 400 |
| G-G-06 | Tipo G 650 |
| G-G-07 | Tipo G 1000 |
| G-G-08 | Tipo G 1600 |
| G-G-09 | Tipo G 2500 |
| G-G-10 | Tipo G 4000 |
| G-G-11 | Tipo G 6500 |
| G-G-12 | Tipo G 10000 |
| G-G-13 | Otros tamaños de turbina |
ANEXO III▸
Párrafo añadido
1. Activos a codificar
EliminadoEn el caso del sector eléctrico, deberán codificarse inicialmente la red física existente a fecha de la entrada en vigor de la presente Circular, y las modificaciones de la misma a futuro se codificarán para recoger la traza de las nuevas inversiones reconocidas de acuerdo al procedimiento que se establece en estas instrucciones.
AntesEn el caso de activos correspondientes al Operador del Sistema o al Gestor Técnico del Sistema, serán codificados de manera agregada por años de inversión y tipo de activo, salvo aquellos activos cuyo valor de inversión sea igual o superior a 100.000 euros, que serán codificados de manera individualizada.
AhoraEn el caso del sector eléctrico, deberá codificarse inicialmente la red física existente a fecha de la entrada en vigor de la presente Circular, y las modificaciones de la misma a futuro se codificarán para recoger la traza de las nuevas inversiones reconocidas de acuerdo al procedimiento que se establece en estas instrucciones.
Párrafo añadido
En el caso de activos correspondientes al Operador del Sistema o al Gestor Técnico del Sistema, serán codificados de manera agregada por años de inversión y tipo de activo todos los activos que se consideren afectos a la actividad, salvo aquellos activos cuyo valor de inversión sea igual o superior a 100.000 euros, que serán codificados de manera individualizada. No obstante lo anterior, el Operador del Sistema o el Gestor Técnico del Sistema, a su elección, podrán codificar sus inversiones con mayor nivel de desagregación del exigido, siempre que resulte necesario para identificar un activo concreto que no guarde relación con ningún otro, y respetando los principios de oportunidad y proporcionalidad en relación con la mayor desagregación. En particular, la mayor codificación no podrá resultar en un número de CUAR superior al doble del que resulte con el nivel de codificación mínimo exigido.
Párrafo añadido
Una empresa deberá asignar un CUAR a un activo desde el momento en el que se comienzan a imputar gastos en el desarrollo de dicha instalación de acuerdo con la presente instrucción de codificación.
Párrafo añadido
La determinación de los CUAR de activos existentes, o en proceso de construcción, requiere conciliar los activos que son objeto de declaración, según las nuevas instrucciones de codificación, con los activos objetos de retribución y sus correspondientes códigos de identificación en los sistemas de información existentes en la CNMC sobre instalaciones del sector eléctrico y el sector gas natural (SIDRA1), al no existir certeza de que exista una correspondencia biunívoca entre ellos.
Párrafo añadido
2. Estructura del CUAR
EliminadoLa CNMC publicará, en el espacio habilitado al efecto en su Sede Electrónica (www.cnmc.es), los valores individuales permitidos en los bloques 1 y 2, para conformar la codificación de cada activo existente y en servicio, o en construcción, de las distintas compañías afectadas por la norma.
EliminadoLa determinación de los CUAR de activos existentes, o en proceso de construcción, requiere conciliar los activos que son objeto de declaración, según las nuevas instrucciones de codificación, con los activos objetos de retribución y sus correspondientes códigos de identificación en los sistemas de información existentes en la CNMC sobre instalaciones del sector eléctrico y el sector gas natural (SIDRA1), al no existir certeza de que exista una correspondencia biunívoca entre ellos.
EliminadoAsí mismo, tras la publicación de un documento de Planificación o adenda a la misma en el Boletín Oficial del Estado, la CNMC publicará en el espacio habilitado al efecto en su Sede Electrónica (www.cnmc.es), los valores individuales permitidos en los bloques 1 y 2 para conformar la codificación de cada activo incluido en dicha planificación.
EliminadoUna empresa deberá asignar un CUAR a un activo regulado desde el momento en el que se comienzan a imputar gastos en el desarrollo de dicha instalación de acuerdo con la presente instrucción de codificación.
AntesBloque 1: Sector - Actividad - Emplazamiento Técnico.
Ahora3. Bloques 1 y 2 del CUAR: Código de Instalación Planificada
Párrafo añadido
El Bloque 1 permite la identificación del sector, la actividad y el emplazamiento técnico de un activo; mientras que el Bloque 2 permite relacionarlo con los activos reflejados en los diversos documentos aprobados de Planificación de los sectores de electricidad y gas natural.
Párrafo añadido
La CNMC publicará, en el espacio habilitado al efecto en su Sede Electrónica (www.cnmc.es), los valores individuales permitidos en los bloques 1 y 2 de los activos planificados, para conformar la codificación de cada activo existente y en servicio, o en construcción, de las distintas compañías afectadas por la norma atendiendo a los Documentos de Planificación o adendas aprobados.
Párrafo añadido
En el momento de publicación de esta Circular, se facilitará la codificación de:
Párrafo añadido
a) Los activos del sector eléctrico puestos en servicio hasta 31 de diciembre de 2015 y los planificados pendientes de poner en servicio recogidos en el «Documento de Planificación Energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020»;
Párrafo añadido
b) Los activos del sector gasista puestos en servicio hasta el 31 de diciembre de 2015 y los planificados pendientes de poner en servicio recogidos en el «Documento Planificación de los sectores de electricidad y gas 2008-2016» y adendas posteriores.
Párrafo añadido
3.1. Bloque 1: Sector – Actividad – Emplazamiento Técnico
EliminadoEl primero identifica el sector, y será «E» para el sector eléctrico y «G» para el sector gas natural.
EliminadoEl segundo carácter identifica la actividad y podrá tomar los siguientes valores:
Eliminado| Código | Actividad Regulada del Sector Eléctrico | Actividad Regulada del Sector Gas Natural |
| --- | --- | --- |
| 1 | Operación del Sistema. | Gestión Técnica del Sistema. |
| 2 | Transporte. | Transporte. |
| 3 | ‒ | Regasificación. |
| 4 | ‒ | Almacenamiento Subterráneo Básico. |
EliminadoEl tercer carácter se utilizará para identificar el emplazamiento técnico del activo regulado.
Eliminado| Código | Emplazamiento Técnico del Sector Eléctrico | Emplazamiento Técnico del Sector Gas Natural |
| --- | --- | --- |
| A | Red Peninsular. | Red de Gasoductos Península y Baleares. |
| B | Canarias: Gran Canaria y Tenerife (Islas mayores). | Planta de Regasificación Barcelona. |
| C | Canarias doble insularidad (islas menores). | Planta de Regasificación Cartagena. |
| D | Interconexión islas. | Planta de Regasificación Huelva. |
| E | Interconexión península. | Planta de Regasificación Bilbao. |
| F | Baleares. | Planta de Regasificación Sagunto. |
| G | Ceuta. | Planta de Regasificación Mugardos. |
| H | Melilla. | Planta de Regasificación Musel. |
| I | | AASS de Serrablo. |
| J | | AASS de Gaviota. |
| K | | AASS de Marismas. |
| L | | AASS de Yela. |
| M | | AASS de Castor. |
| N | | Red de Gasoductos subsistema Canario. |
| O | | Planta de Regasificación Tenerife. |
| P | | Planta de Regasificación Gran Canaria. |
| Z | Otros. | Otros. |
EliminadoEl tercer carácter se utilizará Z para aquellos casos donde no es de aplicación la codificación del emplazamiento técnico.
EliminadoEn cualquier caso, y para el caso concreto del Sector Gas Natural, se utilizará Z al codificar las siguientes instalaciones:
Eliminado1. Los Centros de Mantenimiento.
Eliminado2. Los Centros de Control de las Redes de Transporte (Dispatching), si no son atribuibles en exclusiva a un emplazamiento técnico concreto.
Eliminado3. Las partidas de Utillaje, incluidas en el régimen retributivo por la Orden ECO/301/2002.
Eliminado4. Las Casetas, incluidas en el régimen retributivo por la Orden ECO/301/2002.
Eliminado5. Los Vehículos Turismo, incluidos en el régimen retributivo por la Orden ECO/301/2002.
Eliminado6. Los Vehículos Industriales, incluidos en el régimen retributivo por la Orden ECO/301/2002.
EliminadoBloque 2: Código de Planificación.
EliminadoEste bloque consta de 10 caracteres alfanuméricos, que se utilizan para relacionar los activos con las instalaciones recogidos en los diversos documentos de Planificación.
AntesLa CNMC publicará, en el espacio habilitado al efecto en la Sede Electrónica de la CNMC (www.cnmc.es), el código que se asigna a cada una de las instalaciones ya existentes y a las que se encuentran recogidas en los documentos aprobados de Planificación, o Adendas, o Programa Anual, en el momento de publicación del presente sistema de codificación.
Ahora3.1.1. Primer carácter: identifica el sector, y será «E» para el sector eléctrico y «G» para el sector gas natural.
Párrafo añadido
3.1.2. Segundo carácter: identifica la actividad y podrá tomar los siguientes valores:
Párrafo añadido
| Código | Actividad Regulada del Sector Eléctrico | Actividad Regulada del Sector Gas Natural |
| --- | --- | --- |
| 1 | Operación del Sistema | Gestión Técnica del Sistema |
| 2 | Transporte | Transporte |
| 3 | – | Regasificación |
| 4 | – | Almacenamiento Subterráneo Básico |
Párrafo añadido
3.1.3. Tercer carácter: se utilizará para identificar el emplazamiento técnico del activo regulado, y podrá tomar los siguientes valores:
Párrafo añadido
| Código | Emplazamiento Técnico del Sector Eléctrico | Emplazamiento Técnico del Sector Gas Natural |
| --- | --- | --- |
| A | Red Peninsular | Red de Gasoductos Península y Baleares |
| B | Canarias: Gran Canaria y Tenerife (Islas mayores) | Planta de Regasificación Barcelona |
| C | Canarias doble insularidad (islas menores) | Planta de Regasificación Cartagena |
| D | Interconexión islas | Planta de Regasificación Huelva |
| E | Interconexión península | Planta de Regasificación Bilbao |
| F | Baleares | Planta de Regasificación Sagunto |
| G | Ceuta | Planta de Regasificación Mugardos |
| H | Melilla | Planta de Regasificación Musel |
| I | | AASS de Serrablo |
| J | | AASS de Gaviota |
| K | | AASS de Marismas |
| L | | AASS de Yela |
| M | | AASS de Castor |
| N | | Red de Gasoductos subsistema Canario |
| O | | Planta de Regasificación Tenerife |
| P | | Planta de Regasificación Gran Canaria |
| Z | Otros | Otros |
Párrafo añadido
Con carácter general, el tercer carácter se utilizará el valor «Z» para aquellos casos donde no es de aplicación la codificación del emplazamiento técnico.
Párrafo añadido
En cualquier caso, y para el caso concreto del sector gas natural, se utilizará Z al codificar las siguientes instalaciones:
Párrafo añadido
1. Los Centros de Mantenimiento
Párrafo añadido
2. Los Centros de Control de las Redes de Transporte (Dispatching), si no son atribuibles en exclusiva a un emplazamiento técnico concreto
Párrafo añadido
3. Las partidas de Utillaje, incluidas en el régimen retributivo por la Orden ECO/301/2002
Párrafo añadido
4. Las Casetas, incluidas en el régimen retributivo por la Orden ECO/301/2002
Párrafo añadido
5. Los Vehículos Turismo, incluidos en el régimen retributivo por la Orden ECO/301/2002
Párrafo añadido
6. Los Vehículos Industriales, incluidos en el régimen retributivo por la Orden ECO/301/2002
Párrafo añadido
7. Inversiones en investigación para Almacenamiento Subterráneo Básico cuyo emplazamiento técnico no está recogido en el listado anterior
Párrafo añadido
Para el caso concreto de las conexiones internacionales del sector eléctrico, se utilizará Z al codificar las mismas, entendiéndose como tales las líneas y/o cables que teniendo como origen el territorio nacional cruzan cualquiera de sus fronteras.
Párrafo añadido
3.2. Bloque 2: Código de Planificación
Párrafo añadido
Este bloque consta de 10 caracteres alfanuméricos, que se utilizan para relacionar los activos con las instalaciones recogidas en los diversos documentos de Planificación.
EliminadoEl primer carácter se utiliza para identificar si el activo planificado es una ampliación de una instalación existente (A) o se trata de una instalación nueva (N).
EliminadoEl segundo carácter se utiliza para identificar el documento de Planificación, donde se incorpora el activo regulado por primera vez. En aquellos casos que la instalación sea incorporada por un Programa Anual (o Adenda a la Planificación) se hará referencia al documento de Planificación inmediatamente anterior a la publicación de éste.
EliminadoEn el momento de implementación del*Sistema de Codificación Identificativo Único,*se considera que únicamente está vigente el*Documento de Planificación 2008-2016*, que se codificará con el valor «A».
EliminadoEl tercer carácter se utiliza para identificar si la instalación ha sido incluida en el documento original de Planificación (A), o en una adenda posterior, o Plan Anual.
EliminadoEn el momento de implementación del Sistema de Codificación Identificativo Único, se considera que únicamente están vigentes: la Adenda a la Planificación 2008-2016: Programa anual 20102(B), la Adenda a la Planificación 2008-2016: Programa anual 20123(C), la Adenda a la Planificación 2008-2016: Programa anual 20134(D), y el Programa anual 2014 (E).
Eliminado3Resolución de 27 de diciembre de 2012 de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba el programa anual de instalaciones de la red de transporte.
Eliminado4Acuerdo de Consejo de Ministros del 6 de junio de 2014 por el que se modifican aspectos puntuales del Plan de Desarrollo de la red de transporte de Electricidad incluido en la planificación de los sectores de electricidad y gas 2008-2016
EliminadoPara el caso de los activos ya puestos en servicio, los tres primeros caracteres vendrán definidos por el código E00.
EliminadoLos caracteres cuarto y quinto se utilizan para identificar el tipo de instalación planificada.
Eliminado| Código | Tipo de Activo Planificado para el Sector Eléctrico | Tipo de Activo Planificado para el Sector Gas Natural |
| --- | --- | --- |
| 1 | Líneas. | Gasoducto. |
| 2 | Subestaciones. | Estación de Compresión. |
| 3 | Unidades de Transformación. | Planta de Regasificación. |
| 4 | Reactancias y Condensadores. | Almacenamiento Subterráneo Básico. |
EliminadoEn el caso eléctrico, los caracteres cuarto y quinto sólo tomarán el valor 03 y 04 en el caso de máquinas no asociadas a una posición de subestación.
EliminadoLos caracteres sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo se utilizan para codificar las instalaciones que aparecen en el listado de la Planificación/Plan Anual correspondiente, para ello se utilizará una numeración secuencial ascendente desde 00001, de acuerdo con un orden cronológico, comenzando por la puesta en servicio de los activos existentes, y siguiendo el orden en el que aparece cada instalación en los listados del documento correspondiente de Planificación, sin considerar aquellas instalaciones que ya tuvieran código asignado por aparecer en documentos de Planificación/Plan Anual anteriores.
EliminadoLos caracteres anteriores se mantendrán para las distintas instalaciones asociadas al activo planificado. Es decir, en el caso eléctrico las distintas posiciones de una subestación tendrán los mismos caracteres sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo. De igual manera ocurrirá en el sector gasista, donde las distintas instalaciones asociadas por ejemplo a un gasoducto (obra lineal, posiciones, ERM), mantendrán los mismos caracteres, del sexto al décimo, para todas ellas.
EliminadoSe facilitará la codificación dada a los activos del documento de Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas 2008-2016 y del Plan Anual 2010 que todavía están pendientes de poner en servicio.
EliminadoSe reserva el código N110000000 para las nuevas instalaciones no planificadas y el código A1 10000000 para las ampliaciones no planificadas de instalaciones existentes.
AntesBloque 3: Código de Elemento/unidad constructivo/a.
Ahora3.2.1. Primer carácter: se utiliza para identificar si el activo planificado es una ampliación de una instalación existente (A) o se trata de una instalación nueva (N).
Párrafo añadido
Para los activos puestos en servicio hasta el 31 de diciembre de 2015, se utilizará el código «E».
Párrafo añadido
Los activos del Operador del Sistema Eléctrico y del Gestor Técnico del Sistema Gasista, sólo podrán ser codificados como E o N.
Párrafo añadido
3.2.2. Segundo carácter: se utiliza para identificar el documento de Planificación, donde se incorpora el activo regulado por primera vez. En aquellos casos que la instalación sea incorporada por un Programa Anual (o Adenda a la Planificación) se codificara según el documento de Planificación de referencia.
Párrafo añadido
Para los activos puestos en servicio hasta el 31 de diciembre de 2015, se utilizará el código «0».
Párrafo añadido
Para los activos planificados en estudio o en desarrollo en el momento de implementación del*Sistema de Codificación Identificativo Único,*se consideran únicamente el*Documento de Planificación 2008-2016 para el sector gasista,*que se codificará con el valor «A», y el*Documento de Planificación Energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020 para el sector eléctrico*, que se codificará con el valor «B». En el supuesto que se publicarán nuevos Documentos de Planificación, éstos se codificarían con la siguiente letra del alfabeto que estuviera libre.
Párrafo añadido
Para los activos no planificados o las ampliaciones de activos en servicio que no estuvieran planificadas, se utilizará el código «1».
Párrafo añadido
Los activos del Operador del Sistema Eléctrico y del Gestor Técnico también utilizarán el código «1».
Párrafo añadido
3.2.3. Tercer carácter: se utiliza para identificar si la instalación ha sido incluida en el documento original de Planificación, o en una adenda posterior, o Plan Anual.
Párrafo añadido
Para el caso concreto de los activos puestos en servicio hasta el 31 de diciembre de 2015, se utilizará el código «0».
Párrafo añadido
Para los activos planificados en estudio o en desarrollo en el momento de implementación del*Sistema de Codificación Identificativo Único,*se consideran los siguientes valores:
Párrafo añadido
a) Para el Documento Planificación de los sectores de electricidad y gas 2008-2016:
Párrafo añadido
| Documento | Código |
| --- | --- |
| Planificación de los sectores de electricidad y gas 2008-2016. | A |
| Adenda a la Planificación 2008-2016: Programa anual 2010. | B |
| Adenda a la Planificación 2008-2016: Programa anual 2012. | C |
| Adenda a la Planificación 2008-2016: Programa anual 2013. | D |
| Programa anual 2014. | E |
Párrafo añadido
b) Para el Documento de Planificación Energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020:
Párrafo añadido
| Documento de Planificación | Código |
| --- | --- |
| Documento de Planificación Energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020. | A |
Párrafo añadido
En el supuesto que se publicarán nuevos Documentos de Planificación, éstos se codificarían con la siguiente letra del alfabeto que estuviera libre.
Párrafo añadido
Para los activos no planificados o las ampliaciones de activos en servicio que no estuvieran planificadas, se utilizará el código «1».
Párrafo añadido
Los activos del Operador del Sistema Eléctrico y del Gestor Técnico también utilizarán el código «1».
Párrafo añadido
3.2.4. Caracteres cuarto y quinto: se utilizan para identificar el tipo de instalación planificada a la que estaría asociada el activo, y podrán tomar los siguientes valores:
Párrafo añadido
| Código | Tipo de Activo Planificado para el Sector Eléctrico | Tipo de Activo Planificado para el Sector Gas Natural |
| --- | --- | --- |
| 1 | Líneas | Gasoducto |
| 2 | Subestaciones | Estación de Compresión |
| 3 | Unidades de Transformación | Planta de Regasificación |
| 4 | Reactancias y Condensadores | Almacenamiento Subterráneo Básico |
| 0 | Activos del Operador del Sistema | Otros Activos |
Párrafo añadido
En el caso eléctrico, los caracteres cuarto y quinto sólo tomarán el valor 03 y 04 en el caso de máquinas no asociadas a una posición de subestación. Por ejemplo en el caso de equipos en reserva o móviles.
Párrafo añadido
A su vez, en el caso de que se dieran en un documento de Planificación diferentes actuaciones sobre una misma instalación, el carácter cuarto se empleará para identificar las mismas. De tal manera que si por ejemplo, en un documento de planificación aparecieran tres actuaciones en una determinada subestación, el carácter cuarto sería 0 para la primera actuación, 1 para la segunda y 2 para la tercera.
Párrafo añadido
En el caso concreto de los despachos los caracteres cuarto y quinto deberán tomar el valor «00».
Párrafo añadido
En el caso del sector gasista, se entenderán como instalaciones asociadas a un gasoducto planificado: la obra lineal, su gas de nivel mínimo de llenado, las posiciones, las ERM/EMs, las ERPs, las ERCs, y, en su caso ampliaciones o modificaciones/transformaciones. Por su parte, se consideran Otros Activos, que deberán codificarse con «00», tanto los activos del Gestor Técnico del Sistema Gasista como aquellos otros activos cuyo tercer dígito del Bloque 1 se haya codificado con «Z». En este último supuesto, se exceptuarán las inversiones en investigación de Almacenamiento Subterráneo Básico, que deberán codificarse con «04».
Párrafo añadido
3.2.5. Caracteres sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo: se utilizan para codificar las instalaciones que aparecen en el listado de la Planificación/Plan Anual correspondiente, para ello se utilizará una numeración secuencial.
Párrafo añadido
En el caso del sector del gas natural, quedarán excluidos de esta forma de proceder los activos cuyo tercer dígito del Bloque 1 se haya codificado con «Z», que se codificaran con los valores «00000», salvo los proyectos incluidos en la Planificación que deberán codificarse según se indica con anterioridad.
Párrafo añadido
Por su parte, en el caso del sector eléctrico, se codificarán con los valores «00000» los despachos.
Párrafo añadido
Así mismo, para los activos del Operador del Sistema Eléctrico y del Gestor Técnico del Sistema Gasista, estos caracteres se codificarán con los valores «00000».
Párrafo añadido
Estos caracteres se mantendrán para los distintos activos asociados al activo planificado que se pongan en servicio a la par o con posterioridad. Es decir, en el caso eléctrico las distintas posiciones de una subestación tendrán los mismos caracteres sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo. De igual manera ocurrirá en el sector gasista, donde los distintos activos asociados por ejemplo a un gasoducto (obra lineal, posiciones, ERM o gas talón), mantendrán los mismos caracteres, del sexto al décimo, para todas ellas.
Párrafo añadido
No obstante, en caso de ser necesario, los tres primeros caracteres del bloque 2, sí podrán ser distintos para recoger activos procedentes de distintos documentos de Planificación. Por ejemplo, en el caso de realizar una ampliación de una subestación en una planificación posterior, dicha actuación planificada y la subestación original, compartirán los caracteres sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo del bloque 2 en su CUAR descriptivo, pero no los tres primeros.
Párrafo añadido
4. Bloque 3: Código de Elemento/unidad constructivo/a
AntesCodificación de la identidad: 6 caracteres numéricos, que codifican de manera secuencial cronológicamente creciente los/as elementos/unidades constructivos/as de una empresa a partir del 000001.
Ahora4.1. Codificación de la identidad: 6 caracteres numéricos, que codifican de manera secuencial cronológicamente creciente los/as elementos/unidades constructivos/as de una empresa a partir del 000001.
EliminadoCuando en la obra lineal de gasoductos exista un cambio provincial o de diámetro, se dará un secuencial diferente, dando lugar a un nuevo CUAR.
EliminadoCodificación del tipo de activo: Estos tres caracteres determinan el tipo de activo regulado. A continuación, se indican los posibles valores para las distintas actividades.
EliminadoPara los activos pertenecientes al sector gas natural, se identifican los siguientes tipos de activo para la actividad de transporte:
Eliminado| Código | Descripción |
| --- | --- |
| 1 | Obra lineal de gasoducto. |
| 2 | Obra lineal de gasoducto submarino. |
| 3 | Posiciones tipo «S» construcción simultánea con gasoducto. |
| 4 | Posiciones tipo «D» construcción simultánea con gasoducto. |
| 5 | Posiciones tipo «T» construcción simultánea con gasoducto. |
| 6 | Transformación posiciones existente tipo «S» a tipo «D». |
| 7 | Transformación posiciones existente tipo «S» a tipo «T». |
| 8 | Transformación posiciones existentes tipo «D» a tipo «T». |
| 9 | Nueva derivación en posición existente tipo «D». |
| 10 | Nueva derivación en posición existente tipo «T». |
| 11 | Nueva posición tipo «S» en gasoducto existente. |
| 12 | Nueva posición tipo «D» en gasoducto existente. |
| 13 | Nueva posición tipo «T» en gasoducto existente. |
| 14 | ERM construcción simultánea al gasoducto. |
| 15 | ERM nueva en gasoducto existente. |
| 16 | Línea adicional a ERM. |
| 17 | Ampliación ERM por sustitución de equipos. |
| 18 | EM construcción simultanea gasoducto. |
| 19 | EM en gasoducto existente. |
| 20 | Línea adicional a EM. |
| 21 | Ampliación EM por sustitución de equipos. |
| 22 | EM Ultrasonido construcción simultánea al gasoducto. |
| 23 | EM Ultrasonido en gasoducto existente. |
| 24 | Línea adicional a EM ultrasonidos. |
| 25 | Estación de compresión con turbocompresor de gas. |
| 26 | Estación de compresión con motor eléctrico. |
| 27 | Ampliación estación de compresión con turbocompresor. |
| 28 | Ampliación estación de compresión con motor eléctrico. |
| 29 | Ampliación estación de compresión por sustitución turbocompresor. |
| 30 | Ampliación estación de compresión por sustitución motor eléctrico. |
| 31 | Centro de mantenimiento. |
| 32 | Estaciones de regulación de presión (ERP). |
| 33 | Estación de regulación de caudal (ERC). |
| 34 | Gas de nivel mínimo de llenado (gas talón) de gasoductos. |
| 35 | Otras instalaciones o servicios de transporte. |
EliminadoUna posición con trampas de lanzamiento y recepción se considera formada por dos posiciones de trampa de rascadores por lo que se le deberá asignar dos CUAR.
EliminadoLos siguientes tipos de activo para la actividad de regasificación:
Eliminado| Código | Descripción |
| --- | --- |
| 1 | Tanque almacenamiento GNL. |
| 2 | Sistema de bombas secundarias. |
| 3 | Vaporizadores de agua de mar. |
| 4 | Vaporizadores de combustión sumergida. |
| 5 | ERM construcción simultánea planta. |
| 6 | ERM nueva en planta. |
| 7 | Línea adicional a ERM en planta. |
| 8 | Ampliación ERM por sustitución de equipos. |
| 9 | EM construcción simultánea en planta. |
| 10 | EM nueva en planta existente. |
| 11 | Línea adicional a EM. |
| 12 | Ampliación EM por sustitución de equipos. |
| 13 | EM Ultrasonido construcción simultánea. |
| 14 | EM Ultrasonido nueva en planta existente. |
| 15 | Línea adicional a EM ultrasonidos. |
| 16 | Sistema antorcha o combustor de la Planta Regasificación. |
| 17 | Sistema compresión boil-off para procesado interno de la Planta. |
| 18 | Relicuador boil-off. |
| 19 | Sistema compresión boil-off para emisión directa a red. |
| 20 | Cargaderos de cisternas de GNL. |
| 21 | Instalaciones interconexiones (tuberías) de GNL. |
| 22 | Instalaciones interconexiones (tuberías) de GN. |
| 23 | Instalaciones de obra civil terrestre de la Planta de Regasificación. |
| 24 | Muelles e Instalaciones de descarga de GNL. |
| 25 | Sistemas de gestión y control de la Planta de Regasificación. |
| 26 | Servicios auxiliares Planta de Regasificación. |
| 27 | Sistema de suministro eléctrico de la Planta de Regasificación. |
| 28 | Sistema de captación de agua de la Planta de Regasificación. |
| 29 | Cimentaciones y obra civil asociada a los tanques de almacenamiento de GNL. |
| 30 | Gas de Nivel Mínimo de Llenado (gas talón) de tanques de GNL. |
| 31 | Otras instalaciones o servicios de la Planta de Regasificación. |
EliminadoEl sistema de captación de agua del sistema contra incendios, de existir diferenciado se incluye en los Sistemas Auxiliar como parte del sistema contra incendios.
AntesLos siguientes tipos de activo para la actividad de AASS:
AhoraCuando en la obra lineal de gasoductos exista un cambio provincial o de diámetro, se dará un secuencial diferente, dando lugar a un nuevo CUAR. Del mismo modo, una obra lineal cuyo mantenimiento se comparte entre más de un centro de mantenimiento de transporte, se compondrá por tantos CUAR como centros de mantenimiento desde los que se mantenga la correspondiente obra lineal.
Párrafo añadido
Cuando en una posición existan varias trampas de lanzamiento/recepción de rascadores, se dará un secuencial diferente a cada una de las trampas de lanzamiento/recepción que existan.
Párrafo añadido
4.2. Codificación del tipo de activo: Estos tres caracteres determinan el tipo de activo. A continuación, se indican los posibles valores para las distintas actividades
Párrafo añadido
4.2.1. Para activos de la actividad de transporte de gas natural:
Párrafo añadido
| Código | Descripción |
| --- | --- |
| 1 | Obra lineal de gasoducto. |
| 2 | Obra lineal de gasoducto submarino. |
| 3 | Posiciones tipo «S» construcción simultánea con gasoducto. |
| 4 | Posiciones tipo «D» construcción simultánea con gasoducto. |
| 5 | Posiciones tipo «T» construcción simultánea con gasoducto. |
| 6 | Transformación posiciones existente tipo «S» a tipo «D». |
| 7 | Transformación posiciones existente tipo «S» a tipo «T». |
| 8 | Transformación posiciones existentes tipo «D» a tipo «T». |
| 9 | Nueva derivación en posición existente tipo «D». |
| 10 | Nueva derivación en posición existente tipo «T». |
| 11 | Nueva posición tipo «S» en gasoducto existente. |
| 12 | Nueva posición tipo «D» en gasoducto existente. |
| 13 | Nueva posición tipo «T» en gasoducto existente. |
| 14 | ERM construcción simultánea al gasoducto. |
| 15 | ERM nueva en gasoducto existente. |
| 16 | Línea adicional a ERM. |
| 17 | Ampliación ERM por sustitución de equipos. |
| 18 | EM construcción simultanea gasoducto. |
| 19 | EM en gasoducto existente. |
| 20 | Línea adicional a EM. |
| 21 | Ampliación EM por sustitución de equipos. |
| 22 | EM Ultrasonido construcción simultánea al gasoducto. |
| 23 | EM Ultrasonido en gasoducto existente. |
| 24 | Línea adicional a EM ultrasonidos. |
| 25 | Estación de compresión con turbocompresor de gas. |
| 26 | Estación de compresión con motor eléctrico. |
| 27 | Ampliación estación de compresión con turbocompresor. |
| 28 | Ampliación estación de compresión con motor eléctrico. |
| 29 | Ampliación estación de compresión por sustitución turbocompresor. |
| 30 | Ampliación estación de compresión por sustitución motor eléctrico. |
| 31 | Centro de mantenimiento. |
| 32 | Estaciones de regulación de presión (ERP). |
| 33 | Estación de regulación de caudal (ERC). |
| 34 | Gas de nivel mínimo de llenado (gas talón) de gasoductos. |
| 35 | Otras instalaciones o servicios de transporte. |
| 36 | Ampliación estación de compresión por modificación turbocompresor. |
| 37 | Ampliación estación de compresión por modificación motor eléctrico. |
Párrafo añadido
4.2.2. Para activos de la actividad de regasificación:
Párrafo añadido
| Código | Descripción |
| --- | --- |
| 1 | Tanque almacenamiento GNL. |
| 2 | Sistema de bombas secundarias. |
| 3 | Vaporizadores de agua de mar. |
| 4 | Vaporizadores de combustión sumergida. |
| 5 | ERM construcción simultánea planta. |
| 6 | ERM nueva en planta. |
| 7 | Línea adicional a ERM en planta. |
| 8 | Ampliación ERM por sustitución de equipos. |
| 9 | EM construcción simultánea en planta. |
| 10 | EM nueva en planta existente. |
| 11 | Línea adicional a EM. |
| 12 | Ampliación EM por sustitución de equipos. |
| 13 | EM Ultrasonido construcción simultánea. |
| 14 | EM Ultrasonido nueva en planta existente. |
| 15 | Línea adicional a EM ultrasonidos. |
| 16 | Sistema antorcha o combustor de la Planta Regasificación. |
| 17 | Sistema compresión boil-off para procesado interno de la Planta. |
| 18 | Relicuador boil-off. |
| 19 | Sistema compresión boil-off para emisión directa a red. |
| 20 | Cargaderos de cisternas de GNL. |
| 21 | Instalaciones interconexiones (tuberías) de GNL. |
| 22 | Instalaciones interconexiones (tuberías) de GN. |
| 23 | Instalaciones de obra civil terrestre de la Planta de Regasificación. |
| 24 | Muelles e Instalaciones de descarga de GNL. |
| 25 | Sistemas de gestión y control de la Planta de Regasificación. |
| 26 | Servicios auxiliares Planta de Regasificación (1). |
| 27 | Sistema de suministro eléctrico de la Planta de Regasificación. |
| 28 | Sistema de captación de agua de la Planta de Regasificación (1). |
| 29 | Cimentaciones y obra civil asociada a los tanques de almacenamiento de GNL. |
| 30 | Gas de Nivel Mínimo de Llenado (gas talón) de tanques de GNL. |
| 31 | Otras instalaciones o servicios de la Planta de Regasificación. |
| (1) El sistema de captación de agua del sistema contra incendios, de existir diferenciado, se incluye en los Sistemas Auxiliares como parte del sistema contra incendios. | |
Párrafo añadido
4.2.3. Para activos de la actividad de almacenamientos subterráneos:
EliminadoLos siguientes tipos de activo para la actividad del Gestor Técnico del Sistema:
Eliminado| Código | Descripción |
| --- | --- |
| 1 | Instalaciones y edificios |
| 2 | Hardware informático y equipos telecomunicaciones |
| 3 | Software |
| 4 | Otras inversiones o servicios del GTS |
AntesPara los activos pertenecientes al sector eléctrico, se identifican los siguientes tipos de activo para la actividad del Operador del Sistema:
Ahora4.2.4. Para activos de la actividad del Gestor Técnico del Sistema Gasista:
Párrafo añadido
| Código | Descripción |
| --- | --- |
| 1 | Instalaciones y edificios. |
| 2 | Hardware informático y equipos telecomunicaciones. |
| 3 | Software. |
| 4 | Otras inversiones o servicios del GTS. |
Párrafo añadido
4.2.5. Para activos pertenecientes de la actividad del Operador del Sistema Eléctrico:
EliminadoSe deberán codificar en el caso del Gestor Técnico del Sistema y del Operador del Sistema:
Eliminado‒ Todos los activos que se consideren afectos a la actividad.
Eliminado‒ Las inversiones cuyo presupuesto estimado sea superior a 100.000 € se codificarán de manera individual.
Eliminado‒ Las inversiones cuyo presupuesto estimado sea inferior a 100.000 € se agruparan por tipo de activos, asignando a las mismas un CUAR con distinto secuencial cada ejercicio.
AntesY los siguientes tipos de activo para la actividad de transporte eléctrico:
Ahora4.2.6. Para activos pertenecientes de la actividad de Transporte de Electricidad
EliminadoSe consideran despachos los activos de comunicaciones, protecciones, control, necesarios para el adecuado funcionamiento de las instalaciones específicas de la red de transporte que no formen parte de otros activos regulados. Se deberán codificar tantos CUAR de despachos como actuaciones sobre CUAR existentes se realicen.
AntesCodificación del grado de materialización: El carácter décimo determina el grado de materialización del activo o el estado en el que se encuentra en su ciclo de vida. Esta parte del CUAR podrá ir variando a lo largo de las sucesivas declaraciones.
AhoraSe consideran despachos los activos de comunicaciones, protecciones, control, necesarios para el adecuado funcionamiento de las instalaciones específicas de la red de transporte que no formen parte de otros activos regulados. Se deberán codificar tantos CUAR de despachos como actuaciones de diferente naturaleza se realicen por tipología de activos, indicando los CUAR existentes sobre los que se actúa de 2015 en adelante. Para las actuaciones anteriores a 2015, se asignará un único CUAR por año en el que se engloban todas las actuaciones realizadas sobre los distintos CUAR.
Párrafo añadido
4.3. Codificación del grado de materialización: el carácter décimo determina el grado de materialización del activo o el estado en el que se encuentra en su ciclo de vida. Esta parte del CUAR podrá ir variando a lo largo de las sucesivas declaraciones.
Párrafo añadido
Para el caso concreto del OS/GTS los activos podrán estar en los estados «S», «D» o «C» sin necesidad de disponer de las actas mencionadas en el criterio clasificador.
EliminadoCodificación de las características técnicas relevantes: Los 7 últimos caracteres de este bloque se emplean para codificar las características técnicas de los/as elementos/unidades constructivos/as. Esta parte del código es variable en tanto en cuanto el activo no disponga de acta de puesta en servicio. La codificación de estos 7 caracteres se hará de acuerdo a las siguientes instrucciones aplicables para cada uno de los sectores:
AntesEn el caso del sector gasista:
Ahora4.4. Codificación de las características técnicas relevantes: Los 7 últimos caracteres de este bloque se emplean para codificar las características técnicas de los/as elementos/unidades constructivos/as.
Párrafo añadido
Esta parte del código es variable en tanto en cuanto el activo no disponga de acta de puesta en servicio.
Párrafo añadido
La codificación de estos 7 caracteres se hará de acuerdo a las siguientes instrucciones aplicables para cada uno de los sectores:
Párrafo añadido
4.4.1. En el caso del sector gasista:
Párrafo añadido
4.4.1.1. Carácter undécimo
Eliminado‒ Al tamaño de la turbina de medición (Tipo de G), real o equivalente, si se trata de una ERM o una EM, de acuerdo con la siguiente tabla.
Eliminado| Código | Tamaño Turbina |
| --- | --- |
| A | Tipo G 65. |
| B | Tipo G 100. |
| C | Tipo G 160. |
| D | Tipo G 250. |
| E | Tipo G 400. |
| F | Tipo G 650. |
| G | Tipo G 1000. |
| H | Tipo G 1600. |
| I | Tipo G 2500. |
| J | Tipo G 4000. |
| K | Tipo G 6500. |
| L | Otros tamaños de turbina. |
Eliminado‒ Para el resto de activos, la posición undécima se codificará con un 0 (cero).
EliminadoEl valor del carácter duodécimo estará condicionado por los valores declarados como tipo de activo y hará referencia a la presión de operación autorizada del gasoducto, si se trata de una obra lineal, de una posición o de una transformación de ésta, y a la presión de operación autorizada del gasoducto ubicado aguas arriba, si se trata de una Estación de Compresión, una ERM, una EM, una ERP o una ERC.
Antes| Código | Presión de operación del Gasoducto Autorizada |
| --- | --- |
| A | Mayor que 80 bar. |
| B | Menor o igual que 80 bar y mayor o igual a 60 bar. |
| C | Menor que 60 bar y mayor que 16 bar. |
Ahora– Al tamaño de la turbina de medición (Tipo de G), real o equivalente, si se trata de una ERM o una EM, de acuerdo con la siguiente tabla.
Párrafo añadido
| Código | Tamaño Turbina |
| --- | --- |
| A | Tipo G 65 |
| B | Tipo G 100 |
| C | Tipo G 160 |
| D | Tipo G 250 |
| E | Tipo G 400 |
| F | Tipo G 650 |
| G | Tipo G 1000 |
| H | Tipo G 1600 |
| I | Tipo G 2500 |
| J | Tipo G 4000 |
| K | Tipo G 6500 |
| L | Tipo G 10000 |
| Z | Otros tamaños de turbina |
Párrafo añadido
– Para el resto de activos, la posición undécima se codificará con un 0 (cero).
Párrafo añadido
4.4.1.2. Carácter duodécimo
Párrafo añadido
El valor del carácter duodécimo estará condicionado por los valores declarados como tipo de activo y hará referencia a la presión de operación autorizada del gasoducto, si se trata de una obra lineal, de una posición o de una transformación de ésta, y a la presión de operación autorizada del gasoducto ubicado aguas arriba, si se trata de una ERM, una EM, una ERP o una ERC. En el caso de una Estación de Compresión se indicará la presión mínima de aspiración.
Párrafo añadido
| Código | Presión de operación del Gasoducto Autorizada |
| --- | --- |
| A | Mayor que 80 bar |
| B | Menor o igual que 80 bar y mayor o igual a 60 bar |
| C | Menor que 60 bar y mayor que 16 bar |
| D(*) | Menor o igual a 16 bar y mayor que 5 bar |
| (*) Sólo aplicable a EM en plantas de regasificación | |
EliminadoEl valor del carácter decimotercero estará condicionado por los valores declarados como tipo de activo y hará referencia a la presión de operación autorizada del gasoducto ubicado aguas abajo, si se trata de una Estación de Compresión, una ERM, una EM, una ERP o una ERC, de acuerdo con la siguiente tabla.
Antes| Código | Presión de operación del Gasoducto Autorizada |
| --- | --- |
| A | Mayor que 80 bar. |
| B | Menor o igual que 80 bar y mayor o igual a 60 bar. |
| C | Menor que 60 bar y mayor que 16 bar. |
| D | Menor o igual a 16 bar y mayor que 5 bar. |
| E | Menor o igual a 5 bar y mayor que 0,4 bar. |
| F | Menor o igual a 0,4 bar y mayor que 0,05 bar. |
| G | Menor o igual a 0,05 bar. |
Ahora4.4.1.3. Carácter decimotercero
Párrafo añadido
El valor del carácter decimotercero estará condicionado por los valores declarados como tipo de activo y hará referencia a la presión de operación autorizada del gasoducto ubicado aguas abajo, si se trata de una ERM, una EM, una ERP o una ERC, y en el caso de una Estación de Compresión se indicará la presión máxima de impulsión de acuerdo con la siguiente tabla.
Párrafo añadido
| Código | Presión de operación del Gasoducto Autorizada |
| --- | --- |
| A | Mayor que 80 bar |
| B | Menor o igual que 80 bar y mayor o igual a 60 bar |
| C | Menor que 60 bar y mayor que 16 bar |
| D | Menor o igual a 16 bar y mayor que 5 bar |
| E | Menor o igual a 5 bar y mayor que 0,4 bar |
| F | Menor o igual a 0,4 bar y mayor que 0,05 bar |
| G | Menor o igual a 0,05 bar |
EliminadoEl resto de posiciones alfanuméricas se codificarán con un 0 (cero).
EliminadoEn el caso del sector eléctrico:
AntesPara los activos del Operador del Sistema, este código no será de utilización, por lo que vendrá rellenado con el siguiente valor «0000000», al igual que para los activos de la actividad de transporte en el caso de haber declarado como tipo de activo el código «005» despachos, ó «006» de inversiones singulares.
Ahora4.4.1.4. Caracteres del decimocuarto al decimoséptimo
Párrafo añadido
Se codificarán todos los activos del sector del gas natural con un 0 (cero).
Párrafo añadido
4.4.2. En el caso del sector eléctrico:
Párrafo añadido
Para los activos del Operador del Sistema, este código no será de utilización, por lo que vendrá rellenado con el siguiente valor «0000000», al igual que para los activos de la actividad de transporte en el caso de haber declarado como tipo de activo el código «005» despachos, o «006» de inversiones singulares.
AntesEl valor del carácter undécimo estará condicionado por los valores declarados como tipo de activo (caracteres séptimo a noveno de este bloque):
Ahora4.4.2.1. Carácter undécimo
Párrafo añadido
El valor del carácter undécimo estará condicionado por los valores declarados como tipo de activo (caracteres del séptimo al noveno de este bloque):
Antes| Código | Tipo Línea |
| --- | --- |
| 1 | Línea aérea corriente alterna. |
| 2 | Línea subterránea corriente alterna. |
| 3 | Línea submarina corriente alterna. |
| 4 | Línea aérea corriente continua. |
| 5 | Línea subterránea corriente continua. |
| 6 | Línea submarina corriente continua. |
Ahora| Código | Tipo Línea |
| --- | --- |
| 1 | Línea aérea corriente alterna |
| 2 | Línea subterránea corriente alterna |
| 3 | Línea submarina corriente alterna |
| 4 | Línea aérea corriente continua |
| 5 | Línea subterránea corriente continua |
| 6 | Línea submarina corriente continua |
Antes| Código | Relación de Transformación |
| --- | --- |
| 1 | 400/220 kV. |
| 2 | 400/220/132 -110 kV. |
| 3 | 400/132 -110 kV. |
| 4 | 220/132 kV. |
| 5 | 200/132/66 kV. |
| 6 | 220/66 kV. |
| 7 | 132/66 kV. |
| 8 | 66/MT. |
Ahora| Código | Relación de Transformación |
| --- | --- |
| 1 | 400/220 kV |
| 2 | 400/220/132 -110 kV |
| 3 | 400/132 -110 kV |
| 4 | 220/132 kV |
| 5 | 220/132/66 kV |
| 6 | 220/66 kV |
| 7 | 132/66 kV |
| 8 | 66/MT |
Eliminado| Código | Máquinas |
| --- | --- |
| 1 | Reactancias. |
| 2 | Condensadores. |
| 3 | Desfasadores. |
| 4 | Estaciones Conversoras. |
| 5 | Otros. |
Eliminado– Si se trata de máquinas, código «004», se completará de acuerdo con el siguiente detalle:
Antes| Código | Posiciones |
| --- | --- |
| 1 | Barra simple. |
| 2 | Doble barra. |
| 3 | Triple barra. |
| 4 | Anillo. |
| 5 | Doble anillo. |
| 6 | Anillo en plano vertical. |
| 7 | Interruptor y medio. |
| 8 | Móvil. |
Ahora| Código | Máquinas |
| --- | --- |
| 1 | Reactancias |
| 2 | Condensadores |
| 3 | Desfasadores |
| 4 | Estaciones Conversoras |
| 5 | Otros |
Párrafo añadido
– Si se trata de posiciones, código «004», se completará de acuerdo con el siguiente detalle:
Párrafo añadido
| Código | Posiciones |
| --- | --- |
| 1 | Barra simple |
| 2 | Doble barra |
| 3 | Triple barra |
| 4 | Anillo |
| 5 | Doble anillo |
| 6 | Anillo en plano vertical |
| 7 | Interruptor y medio |
| 8 | Móvil |
Párrafo añadido
4.4.2.2. Carácter duodécimo
Antes| Código | Tipo Circuito |
| --- | --- |
| 1 | Circuito simple. |
| 2 | Dos circuitos. |
| 3 | Triple circuito. |
| 4 | Cuádruple circuito. |
| 5 | Circuito simple tendido sobre apoyos para doble circuito. |
| 6 | Segundo circuito en línea con apoyos para doble circuito. |
Ahora| Código | Tipo Circuito |
| --- | --- |
| 1 | Circuito simple |
| 2 | Dos circuitos |
| 3 | Triple circuito |
| 4 | Cuádruple circuito |
| 5 | Circuito simple tendido sobre apoyos para doble circuito |
| 6 | Segundo circuito en línea con apoyos para doble circuito |
Eliminado| Código | Ubicación del Transformador |
| --- | --- |
| 1 | Ubicado en una subestación. |
| 2 | Móvil. |
Eliminado– Si se trata de máquinas y/o otros activos no recogidos en tipología, código «003», se completará de acuerdo con el siguiente detalle:
Antes| Código | Nivel de Tensión de Operación |
| --- | --- |
| 1 | 400 kV. |
| 2 | 220 kV. |
| 3 | 132 kV. |
| 4 | 66 kV. |
| 5 | Otros niveles de tensión. |
Ahora| Código | Ubicación del Transformador |
| --- | --- |
| 1 | Ubicado en una subestación |
| 2 | Móvil |
Párrafo añadido
– Si se trata de máquinas y/u otros activos no recogidos en tipología, código «003», se completará de acuerdo con el siguiente detalle:
Párrafo añadido
| Código | Nivel de Tensión de Operación |
| --- | --- |
| 1 | 400 kV |
| 2 | 220 kV |
| 3 | 132 kV |
| 4 | 66 kV |
| 5 | Otros niveles de tensión |
Antes| Código | Tipo Posición |
| --- | --- |
| 1 | Convencional. |
| 2 | Blindada sin fluoductos. |
| 3 | Blindada con fluoductos. |
Ahora| Código | Tipo Posición |
| --- | --- |
| 1 | Convencional |
| 2 | Blindada sin fluoductos |
| 3 | Blindada con fluoductos |
Párrafo añadido
4.4.2.3. Carácter decimotercero
Antes| Código | Tipo Línea |
| --- | --- |
| 1 | Simplex. |
| 2 | Dúplex. |
| 3 | Triplex. |
| 4 | Otras no recogidas en las tipologías anteriores. |
Ahora| Código | Tipo Línea |
| --- | --- |
| 1 | Simplex |
| 2 | Dúplex |
| 3 | Tríplex |
| 4 | Otras no recogidas en las tipologías anteriores |
Antes| Código | Tipo de Transformador |
| --- | --- |
| 1 | Monofásicos. |
| 2 | Trifásicos. |
Ahora| Código | Tipo de Transformador |
| --- | --- |
| 1 | Monofásicos |
| 2 | Trifásicos |
Antes| Código | Posiciones |
| --- | --- |
| 1 | En intemperie. |
| 2 | En edificio. |
Ahora| Código | Posiciones |
| --- | --- |
| 1 | En intemperie |
| 2 | En edificio |
Párrafo añadido
4.4.2.4. Carácter decimocuarto
Antes| Código | Rango de Tensiones |
| --- | --- |
| 1 | Mayor o igual que 400 kV. |
| 2 | Menor que 400 kV y mayor o igual que 220 kV. |
| 3 | Menor que 220 kV y mayor o igual que 132 kV. |
| 4 | Menor que 132 kV y mayor o igual que 66 kV. |
| 5 | Otras tensiones no incluidas en los rangos anteriores. |
Ahora| Código | Rango de Tensiones |
| --- | --- |
| 1 | Mayor o igual que 400 kV |
| 2 | Menor que 400 kV y mayor o igual que 220 kV |
| 3 | Menor que 220 kV y mayor o igual que 132 kV |
| 4 | Menor que 132 kV y mayor o igual que 66 kV |
| 5 | Otras tensiones no incluidas en los rangos anteriores |
Antes| Código | Rango de Tensiones |
| --- | --- |
| 1 | Mayor o igual que 400 kV. |
| 2 | Menor que 400 kV y mayor o igual que 220 kV. |
| 3 | Menor que 220 kV y mayor o igual que 132 kV. |
| 4 | Menor que 132 kV y mayor o igual que 66 kV. |
| 5 | Otras tensiones no incluidas en los rangos anteriores. |
Ahora| Código | Rango de Tensiones |
| --- | --- |
| 1 | Mayor o igual que 400 kV |
| 2 | Menor que 400 kV y mayor o igual que 220 kV |
| 3 | Menor que 220 kV y mayor o igual que 132 kV |
| 4 | Menor que 132 kV y mayor o igual que 66 kV |
| 5 | Otras tensiones no incluidas en los rangos anteriores |
Párrafo añadido
4.4.2.5. Carácter decimoquinto
Antes| Código | Sección |
| --- | --- |
| A | Menor o igual a 50 mm 2 . |
| B | Mayor que 50 mm 2 y menor o igual a 60 mm 2 . |
| C | Mayor que 60 mm 2 y menor o igual a 100 mm 2 . |
| D | Mayor que 100 mm 2 y menor o igual a 125 mm 2 . |
| E | Mayor que 125 mm 2 y menor o igual a 150 mm 2 . |
| F | Mayor que 150 mm 2 y menor o igual a 200 mm 2 . |
| G | Mayor que 200 mm 2 y menor o igual a 300 mm 2 . |
| H | Mayor que 300 mm 2 y menor o igual a 400 mm 2 . |
| I | Mayor que 400 mm 2 y menor o igual a 500 mm 2 . |
| J | Mayor que 500 mm 2 y menor o igual a 630 mm 2 . |
| K | Mayor que 630 mm 2 y menor o igual a 800 mm 2 . |
| L | Mayor que 800 mm 2 y menor o igual a 1.100 mm 2 . |
| M | Mayor que 1. 100 mm 2 y menor o igual a 1.200 mm 2 . |
| N | Mayor que 1.200 mm 2 y menor o igual a 2.000 mm 2 . |
| O | Mayor que 2.000 mm 2 y menor o igual a 2.500 mm 2 . |
| P | Mayor o igual a 2.500 mm 2 . |
Ahora| Código | Sección |
| --- | --- |
| A | Menor o igual a 50 mm 2 |
| B | Mayor que 50 mm 2 y menor o igual a 60 mm 2 |
| C | Mayor que 60 mm 2 y menor o igual a 100 mm 2 |
| D | Mayor que 100 mm 2 y menor o igual a 125 mm 2 |
| E | Mayor que 125 mm 2 y menor o igual a 150 mm 2 |
| F | Mayor que 150 mm 2 y menor o igual a 200 mm 2 |
| G | Mayor que 200 mm 2 y menor o igual a 300 mm 2 |
| H | Mayor que 300 mm 2 y menor o igual a 400 mm 2 |
| I | Mayor que 400 mm 2 y menor o igual a 500 mm 2 |
| J | Mayor que 500 mm 2 y menor o igual a 630 mm 2 |
| K | Mayor que 630 mm 2 y menor o igual a 800 mm 2 |
| L | Mayor que 800 mm 2 y menor o igual a 1.100 mm 2 |
| M | Mayor que 1.100 mm 2 y menor o igual a 1.200 mm 2 |
| N | Mayor que 1.200 mm 2 y menor o igual a 2.000 mm 2 |
| O | Mayor que 2.000 mm 2 y menor o igual a 2.500 mm 2 |
| P | Mayor o igual a 2.500 mm 2 |
Antes| Código | Intensidad de cortocircuito |
| --- | --- |
| 1 | 63 kA. |
| 2 | 50 kA. |
| 3 | 40 kA. |
| 4 | 31,5 kA. |
Ahora| Código | Intensidad de cortocircuito |
| --- | --- |
| 1 | 63 kA |
| 2 | 50 kA |
| 3 | 40 kA |
| 4 | 31,5 kA |
Párrafo añadido
4.4.2.6. Carácter decimosexto
Antes| Código | Material de los Conductores |
| --- | --- |
| 1 | Aluminio. |
| 2 | Cobre. |
| 3 | Otros materiales y aleaciones. |
Ahora| Código | Material de los Conductores |
| --- | --- |
| 1 | Aluminio |
| 2 | Cobre |
| 3 | Otros materiales y aleaciones |
Antes| Código | Grado Equipamiento |
| --- | --- |
| 1 | Posición equipada. |
| 2 | Posición de reserva sin equipar. |
| 3 | Equipamiento de posición de reserva. |
Ahora| Código | Grado Equipamiento |
| --- | --- |
| 1 | Posición equipada |
| 2 | Posición de reserva sin equipar |
| 3 | Equipamiento de posición de reserva |
Párrafo añadido
4.4.2.7. Carácter decimoséptimo
AntesBloque 4: Código de empresa declarante.
Ahora5. Bloque 4: Código de empresa declarante
Eliminado| Código | Empresa Propietaria |
| --- | --- |
| 3 | Unión Fenosa Distribución, SA. |
| 15 | Red Eléctrica de España, SAU. |
| 101 | Enagás Transporte, SAU. |
| 104 | Enagás Transporte del Norte, SAU. |
| 106 | Bahia de Bizkaia Gas, SL. |
| 107 | Regasificadora del Noroeste, SA. |
| 108 | Planta de Regasificación de Sagunto, SA. |
| 111 | Gas Natural Transporte SDG, SL. |
| 114 | Gas Extremadura Transportista, SL. |
| 117 | Gas Natural Castilla-La Mancha, SA. |
| 123 | Gas Natural Andalucía, SA. |
| 124 | Gas Natural Cegas, SA. |
| 127 | Gas Natural Almacenamientos Andalucía, SA. |
| 128 | Compañía Transportista de Gas Canarias SA. |
| 129 | Enagás, SA. |
| 130 | Gas Energía Distribución Murcia, SA. |
| 131 | Redexis Infraestructuras, SL. |
| 301 | Enagás GTS, SAU. |
AntesTraspaso y venta de activos codificados.
AhoraEn la página web de la CNMC se publicará el listado de empresas junto con su código correspondiente.
Párrafo añadido
6. Traspaso y venta de activos codificados
ANEXO V▸
AntesEl informe deberá ser emitido por un auditor de cuentas o por una sociedad de auditoría de cuentas, definidos conforme al artículo 2 de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2011 de 1 de julio, o norma que lo sustituya. Las referencias contenidas en la presente Circular al término «auditor» han de tenderse referidas, de forma indistinta, tanto a un auditor designado de forma individual como a una sociedad de auditoría de cuentas.
AhoraEl informe deberá ser emitido por un auditor de cuentas o por una sociedad de auditoría de cuentas, definidos conforme al artículo 3 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, o norma que lo sustituya. Las referencias contenidas en la presente Circular al término «auditor» han de entenderse referidas, de forma indistinta, tanto a un auditor designado de forma individual como a una sociedad de auditoría de cuentas.
Antes3. carta de encargo o contrato.
Ahora3. Carta de encargo o contrato.
Antes| Código prueba | Objeto de revisión | Descripción de la prueba | AF | Técnicas de comprobación |
| --- | --- | --- | --- | --- |
| A-P1-1 | Procedimiento_ Sistema_IRC.pdf (Manual del procedimiento). | 1. Comprobar que el manual del procedimiento de elaboración de la declaración, aportado por el sujeto obligado al auditor como parte integrante de la misma, haya sido aprobado por persona adecuada y haya estado vigente durante el periodo de elaboración de la declaración. 2. Comprobar que el manual contiene como mínimo los aspectos indicados en el apartado 2.2 del Anexo IV Instrucciones. | E | Inspección: manual del procedimiento que acompaña a los Formularios. |
| A-P1-2 | Procedimiento implantado por la empresa. | 1. Examen del procedimiento aplicado en este proceso y considerar los tipos de errores e irregularidades que puedan ocurrir. 2. Identificar los procedimientos de control interno implantados por el sujeto obligado para este proceso y evaluación preliminar de su suficiencia para prevenir errores o irregularidades. | E F | Indagación. Inspección: manual del procedimiento. |
| A-P1-3 | Sistemas informáticos. | Indagar sobre el grado de automatización existente en el proceso de cumplimentación de los Formularios. En caso de disponer de una aplicación informática adaptada al Sistema IRC, indagar sobre el control de accesos establecido, análisis de las interrelaciones de la misma con sus sistemas contables y el control de modificaciones efectuadas en los datos que figuran en la aplicación. | E | Indagación. Inspección sistemas informáticos (si aplica). |
| A-P1-4 | Procedimiento efectivo seguido por la empresa en el ejercicio y efectividad de los controles identificados. | 1. Determinar si se ha seguido el procedimiento descrito en el manual para el proceso de elaboración de la declaración objeto de revisión. 2. Comprobar quien es la persona/s encargada de elaborar la declaración y quien es la persona encargada de supervisarla. 3. Comprobar mediante pruebas de cumplimiento el efectivo funcionamiento de los controles que figuren en el manual. En todo caso, se deberá realizar esta comprobación para los controles que se indican en las siguientes pruebas y de cuantos otros controles haya identificado en el procedimiento que considere oportuno verificar (creando pruebas adicionales AA-P1-4-X). | E F C | Indagación. Inspección: documentación soporte de efectiva aplicación del procedimiento en el ejercicio y del control. |
| A-P1-4-1 | Procedimientos de control interno: ejecución protocolo de validación. | 1. Comprobar que el sujeto obligado haya aplicado el protocolo de validación del apartado 5 del Anexo IV Instrucciones y haya subsanado todos los posibles errores u omisiones detectados, con carácter previo a la entrega de la declaración al auditor. Inspección de la evidencia de haber aplicado este control 2. Observar la re-ejecución de este control y que efectivamente se hubieran subsanado los errores u omisiones. | E F C | Indagación Inspección Observación. |
| A-P1-4-2 | Procedimientos de control interno: control del volcado de datos desde los sistemas a los Formularios. | 1. En caso de que los datos de los formularios se obtengan automáticamente desde sus sistemas informáticos, comprobar que no hay diferencias entre el resultado obtenido por la re-ejecución del volcado de datos desde sus sistemas (referido a la fecha de cierre del ejercicio) y los ficheros.txt entregados por el sujeto obligado al auditor. 2. Si se produjeran diferencias, inspeccionar documentación soporte justificativa de las mismas e indagar si existe un mecanismo de control sobre los ajustes manuales introducidos en los ficheros txt. 3. En caso de que no se realice volcado automático de datos desde sus sistemas, revisar el procedimiento aplicado para la cumplimentación de los formularios.txt y evaluar la efectividad de los controles para garantizar su fiabilidad. | E F C | Indagación. Re-ejecución. Inspección documentación soporte justificativa de las diferencias y de la aplicación efectiva del control. |
| A-P1-4-3 | Procedimientos de control interno: conciliaciones con sistemas. | 1. Comprobar si el sujeto obligado ha realizado conciliaciones entre la información recogida en los ficheros txt y la información recogida en sus sistemas contables en la fecha de elaboración de la declaración. 2. Revisión conceptual por parte del auditor de las partidas conciliatorias identificadas por el sujeto obligado. 3. Comprobar que las conciliaciones hayan sido supervisadas por persona adecuada, diferente de la encargada de su confección. | E F C | Indagación Observación. Inspección documentación soporte de las conciliaciones y. |
| A-P1-5 | Ajuste del procedimiento a los criterios fijados en la Circular 1/2015. | Evaluar la adecuación del procedimiento aplicado por el sujeto obligado para proporcionar información que se ajuste a los criterios y desgloses establecidos en la Circular 1/2015 que permita una adecuada cumplimentación de los formularios. | P&D | Indagación. Inspección procedimiento. |
| A-P1-6 | Criterios para la separación contable entre actividades reguladas declarados en el Procedimiento_Sis tema_IRC.pdf. | 1. Comprobar que los criterios de asignación y de imputación de activos, gastos e ingresos entre cada una de las actividades para las que se exige llevar una contabilidad separada coincidan con los criterios declarados en la memoria de las cuentas anuales auditadas del ejercicio, conforme a lo exigido en el artículo 20.3 de la Ley 24/2013 y en el artículo 62.3 de la Ley 34/1998. 2. Evaluar si dichos criterios o indicadores responden a criterios objetivos y siguen la orientación de que los gastos e ingresos imputados a cada actividad sean lo más paralelos al coste o costes que tengan una relación funcional más importante con las actividades realizadas. 3. Comprobar que dichos criterios aplicados en el ejercicio sean uniformes respecto del ejercicio anterior. Indagar cualquier cambio de criterio realizado e inspeccionar su justificación y cuantificar la incidencia de dichos cambios, considerando que dichos cambios se producen a inicio del ejercicio. P&D | | Indagación. Inspección documentación soporte. |
| A-P1-7 | Estructura organizativa declarada en Procedimiento_Sis tema_IRC.pdf. | Evaluar la coherencia entre las funciones de los centros de coste definidos en el Sistema IRC con las funciones de los CECOS de la estructura organizativa del sujeto obligado, al objeto de identificar, en caso de diferencias significativas, las reclasificaciones de costes que sea preciso efectuar entre los diferentes CECOS. | P&D | Indagación Inspección organigramas y procedimientos internos. |
| A-P1-8 | Sistema de costes declarado en el Procedimiento_Sis tema_IRC.pdf. | Evaluar si los criterios aplicados por el sujeto obligado para la asignación de los costes a los CECOS definidos en el Sistema IRC (clave de reparto) sean una medida razonable del consumo cuantitativo que dichoCECOrealiza respecto a este tipo de coste. Además, evaluará si el método empleado para la asignación de los costes directos e indirectos de personal a los CECOS se puede trazar con la información que figura en sus registros internos. | P&D | Indagación. Inspección documentación soporte. |
| A-P1-9 | Sistema de costes declarado en el Procedimiento_ Sis tema_IRC.pdf. | Analizar la forma de cálculo de los porcentajes de dedicación para el reparto de los costes de los CECOS principales a los OFC inversión u OFC de O&M que han sido declarados por el sujeto obligado en el procedimiento IRC. Evaluar si estos criterios son coherentes con los utilizados en su propio Sistema de Costes. Comprobar que se pueda recalcular su valor a través de la información disponible en sus sistemas. | P&D | Indagación e inspección sistemas. |
Ahora| Código prueba | Objeto de revisión | Descripción de la prueba | AF | Técnicas de comprobación |
| --- | --- | --- | --- | --- |
| A-P1-1 | Procedimiento_ Sistema_IRC.pdf (Manual del procedimiento). | 1. Comprobar que el manual del procedimiento de elaboración de la declaración, aportado por el sujeto obligado al auditor como parte integrante de la misma, haya sido aprobado por persona adecuada y haya estado vigente durante el periodo de elaboración de la declaración. 2. Comprobar que el manual contiene como mínimo los aspectos indicados en el apartado 2.2 del Anexo IV Instrucciones. | E | Inspección: manual del procedimiento que acompaña a los Formularios. |
| A-P1-2 | Procedimiento implantado por la empresa. | 1. Examen del procedimiento aplicado en este proceso y considerar los tipos de errores e irregularidades que puedan ocurrir. 2. Identificar los procedimientos de control interno implantados por el sujeto obligado para este proceso y evaluación preliminar de su suficiencia para prevenir errores o irregularidades. | E F | Indagación. Inspección: manual del procedimiento. |
| A-P1-3 | Sistemas informáticos. | Indagar sobre el grado de automatización existente en el proceso de cumplimentación de los Formularios. En caso de disponer de una aplicación informática adaptada al Sistema IRC, indagar sobre el control de accesos establecido, análisis de las interrelaciones de la misma con sus sistemas contables y el control de modificaciones efectuadas en los datos que figuran en la aplicación. | E | Indagación. Inspección sistemas informáticos (si aplica). |
| A-P1-4 | Procedimiento efectivo seguido por la empresa en el ejercicio y efectividad de los controles identificados. | 1. Determinar si se ha seguido el procedimiento descrito en el manual para el proceso de elaboración de la declaración objeto de revisión. 2. Comprobar quien es la persona/s encargada de elaborar la declaración y quien es la persona encargada de supervisarla. 3. Comprobar mediante pruebas de cumplimiento el efectivo funcionamiento de los controles que figuren en el manual. En todo caso, se deberá realizar esta comprobación para los controles que se indican en las siguientes pruebas y de cuantos otros controles haya identificado en el procedimiento que considere oportuno verificar (creando pruebas adicionales AA-P1-4-X). | E F C | Indagación. Inspección: documentación soporte de efectiva aplicación del procedimiento en el ejercicio y del control. |
| A-P1-4-1 | Procedimientos de control interno: ejecución protocolo de validación. | 1. Comprobar que el sujeto obligado haya aplicado el protocolo de validación del apartado 5 del Anexo IV Instrucciones y haya subsanado todos los posibles errores u omisiones detectados, con carácter previo a la entrega de la declaración al auditor. Inspección de la evidencia de haber aplicado este control 2. Observar la re-ejecución de este control y que efectivamente se hubieran subsanado los errores u omisiones. | E F C | Indagación Inspección Observación. |
| A-P1-4-2 | Procedimientos de control interno: control del volcado de datos desde los sistemas a los Formularios. | 1. En caso de que los datos de los formularios se obtengan automáticamente desde sus sistemas informáticos, comprobar que no hay diferencias entre el resultado obtenido por la re-ejecución del volcado de datos desde sus sistemas (referido a la fecha de cierre del ejercicio) y los ficheros.txt entregados por el sujeto obligado al auditor. 2. Si se produjeran diferencias, inspeccionar documentación soporte justificativa de las mismas e indagar si existe un mecanismo de control sobre los ajustes manuales introducidos en los ficheros txt. 3. En caso de que no se realice volcado automático de datos desde sus sistemas, revisar el procedimiento aplicado para la cumplimentación de los formularios.txt y evaluar la efectividad de los controles para garantizar su fiabilidad. | E F C | Indagación. Re-ejecución. Inspección documentación soporte justificativa de las diferencias y de la aplicación efectiva del control. |
| A-P1-4-3 | Procedimientos de control interno: conciliaciones con sistemas. | 1. Comprobar si el sujeto obligado ha realizado conciliaciones entre la información recogida en los ficheros txt y la información recogida en sus sistemas contables en la fecha de elaboración de la declaración. 2. Revisión conceptual por parte del auditor de las partidas conciliatorias identificadas por el sujeto obligado. 3. Comprobar que las conciliaciones hayan sido supervisadas por persona adecuada, diferente de la encargada de su confección. | E F C | Indagación Observación. Inspección documentación soporte de las conciliaciones y revisiones. |
| A-P1-5 | Ajuste del procedimiento a los criterios fijados en la Circular 1/2015. | Evaluar la adecuación del procedimiento aplicado por el sujeto obligado para proporcionar información que se ajuste a los criterios y desgloses establecidos en la Circular 1/2015 que permita una adecuada cumplimentación de los formularios. | P&D | Indagación. Inspección procedimiento. |
| A-P1-6 | Criterios para la separación contable entre actividades reguladas declarados en el Procedimiento_Sis tema_IRC.pdf. | 1. Comprobar que los criterios de asignación y de imputación de activos, gastos e ingresos entre cada una de las actividades para las que se exige llevar una contabilidad separada coincidan con los criterios declarados en la memoria de las cuentas anuales auditadas del ejercicio, conforme a lo exigido en el artículo 20.3 de la Ley 24/2013 y en el artículo 62.3 de la Ley 34/1998. 2. Evaluar si dichos criterios o indicadores responden a criterios objetivos y siguen la orientación de que los gastos e ingresos imputados a cada actividad sean lo más paralelos al coste o costes que tengan una relación funcional más importante con las actividades realizadas. 3. Comprobar que dichos criterios aplicados en el ejercicio sean uniformes respecto del ejercicio anterior. Indagar cualquier cambio de criterio realizado e inspeccionar su justificación y cuantificar la incidencia de dichos cambios, considerando que dichos cambios se producen a inicio del ejercicio. P&D | | Indagación. Inspección documentación soporte. |
| A-P1-7 | Estructura organizativa declarada en Procedimiento_Sis tema_IRC.pdf. | Evaluar la coherencia entre las funciones de los centros de coste definidos en el Sistema IRC con las funciones de los CECOS de la estructura organizativa del sujeto obligado, al objeto de identificar, en caso de diferencias significativas, las reclasificaciones de costes que sea preciso efectuar entre los diferentes CECOS. | P&D | Indagación Inspección organigramas y procedimientos internos. |
| A-P1-8 | Sistema de costes declarado en el Procedimiento_Sis tema_IRC.pdf. | Evaluar si los criterios aplicados por el sujeto obligado para la asignación de los costes a los CECOS definidos en el Sistema IRC (clave de reparto) sean una medida razonable del consumo cuantitativo que dichoCECOrealiza respecto a este tipo de coste. Además, evaluará si el método empleado para la asignación de los costes directos e indirectos de personal a los CECOS se puede trazar con la información que figura en sus registros internos. | P&D | Indagación. Inspección documentación soporte. |
| A-P1-9 | Sistema de costes declarado en el Procedimiento_ Sis tema_IRC.pdf. | Analizar la forma de cálculo de los porcentajes de dedicación para el reparto de los costes de los CECOS principales a los OFC inversión u OFC de O&M que han sido declarados por el sujeto obligado en el procedimiento IRC. Evaluar si estos criterios son coherentes con los utilizados en su propio Sistema de Costes. Comprobar que se pueda recalcular su valor a través de la información disponible en sus sistemas. | P&D | Indagación e inspección sistemas. |
Antes| Tipo de población | Descripción de la población | Estado 3 | Unidad de muestreo |
| --- | --- | --- | --- |
| I | Activos CUAR declarados en servicio en la primera declaración (2014) puestos en servicio en ejercicios anteriores a la primera declaración, distribuidos para cada ejercicio de verificación conforme a las siguientes reglas por actividad: ‒ Transporte electricidad: comprende para cada ejercicio una quinta parte de los activos con fecha de puesta en marcha anterior al 31/12/2013, comenzando preferiblemente por los de fecha de puesta en marcha más antigua, hasta revisar el 100%. ‒ Transporte de gas: comprende para cada ejercicio la mitad de los activos con fecha de puesta en marcha anterior al 31/12/2013, comenzando preferiblemente por los de fecha de puesta en marcha más antigua, hasta revisar el 100%, salvo las estaciones de compresión que se revisarán al 100% en el primer ejercicio de verificación. ‒ Regasificación y almacenamiento subterráneo: comprende el 100% de dichos activos en el primer ejercicio de verificación. ‒ Para los activos del OS/GTS, comprende el 100% de dichos activos en el primer ejercicio de verificación. | S | CUAR (S) fecha PEM o fecha contable anterior o igual a 2013. |
| II | Activos CUAR puestos en servicio en el ejercicio de la declaración (nuevos activos en servicio), incluyendo compras de activos regulados en servicio. Para los activos CUAR del OS/GTS se tendrá en cuenta la fecha de registro contable en vez de fecha de puesta en marcha. | S, X, Y | CUAR (S, X, Y) fecha PEM o fecha contable en el ejercicio de la declaración. |
| III | Activos CUAR cerrados o en desmantelamiento en el ejercicio. | C/M | CUAR (C) o CUAR (M). |
| IV | Activos CUAR transferidos o desmantelados en el ejercicio. | T/U | CUAR (T) o CUAR (U). |
| V | Activos CUAR en estudio o en desarrollo desarrollados por la empresa durante el ejercicio. | E/D | CUAR (E) o CUAR (D). |
| VI | Activos CUAR en estudio o en desarrollo comprados en el ejercicio. | E/D | CUAR (E) o CUAR (D). |
| VII | Activos CUAR en estudio o en desarrollo descartados en el ejercicio. | R | CUAR (C). |
| VIII | Activos CUAR transferidos en el ejercicio. | T | CUAR (T). |
Ahora| Tipo de población | Descripción de la población | Estado 2 | Unidad de muestreo |
| --- | --- | --- | --- |
| I | Activos CUAR declarados en servicio en la primera declaración (2014) puestos en servicio en ejercicios anteriores a la primera declaración, distribuidos para cada ejercicio de verificación conforme a las siguientes reglas por actividad: ‒ Transporte electricidad: comprende para cada ejercicio una quinta parte de los activos con fecha de puesta en marcha anterior al 31/12/2013, comenzando preferiblemente por aquellos activos para los que se haya declarado el correspondiente «Código Base de Datos Instalaciones Eléctricas» en el Bloque F1-E8 y de estos empezando por los de fecha de puesta en marcha más antigua, hasta revisar el 100%. ‒ Transporte de gas: comprende para cada ejercicio la mitad de los activos con fecha de puesta en marcha anterior al 31/12/2013, comenzando preferiblemente por los de fecha de puesta en marcha más antigua, hasta revisar el 100%, salvo las estaciones de compresión que se revisarán al 100% en el primer ejercicio de verificación. ‒ Regasificación y almacenamiento subterráneo: comprende el 100% de dichos activos en el primer ejercicio de verificación. ‒ Para los activos del OS/GTS, comprende el 100% de dichos activos en el primer ejercicio de verificación. | S, H | CUAR (S, H) fecha PEM o fecha contable anterior o igual a 2013 |
| II | Activos CUAR puestos en servicio en el ejercicio de la declaración (nuevos activos en servicio), incluyendo compras de activos regulados en servicio. Para los activos CUAR del OS/GTS se tendrá en cuenta la fecha de registro contable en vez de fecha de puesta en marcha. | S, H, X, Y | CUAR (S, H, X, Y) fecha PEM o fecha contable en el ejercicio de la declaración |
| III | Activos CUAR cerrados o en desmantelamiento en el ejercicio | C/M | CUAR (C) o CUAR (M) |
| IV | Activos CUAR transferidos o desmantelados en el ejercicio | T/U | CUAR (T) o CUAR (U) |
| V | Activos CUAR en estudio o en desarrollo desarrollados por la empresa durante el ejercicio | E/D | CUAR (E ) o CUAR (D) |
| VI | Activos CUAR en estudio o en desarrollo comprados en el ejercicio | E/D | CUAR (E ) o CUAR (D) |
| VII | Activos CUAR en estudio o en desarrollo descartados en el ejercicio | R | CUAR (C) |
| VIII | Activos CUAR transferidos en el ejercicio | T | CUAR (T) |
| 2Estado o grado de materialización del activo regulado de acuerdo con el Anexo III de Codificación. | | | |
Antes| Código prueba | Tipo población | Ubicación población | Tipo de activo | F2-GT1 | F2-GT2 | F2-GT3 | F2-GT4 | F2-GT5 | F2-GT6 | F2-GT7 | F2-G1 | F5-G1 | F5-G2 | F5-G3 | F10-P2 | F10-P4 | F10-P5 | F12-GT1 a GT7 | F14-ARX | F16-U1 |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| A-F2-GT1-1 | I | F5-G1 | GT1 | X | | | | | | | X | X | | | | | | | | X |
| A-F2-GT1-2 | II | F5-G1 | GT1 | X | | | | | | | X | X | X | | X | X | | | | X |
| A-F2-GT2-1 | I | F5-G1 | GT2 | | X | | | | | | X | X | | | | | | | | X |
| A-F2-GT2-2 | II | F5-G1 | GT2 | | X | | | | | | X | X | X | | X | X | | | | X |
| A-F2-GT3-1 | I | F5-G1 | GT3 | | | X | | | | | X | X | | | | | | | | X |
| A-F2-GT3-2 | II | F5-G1 | GT3 | | | X | | | | | X | X | X | | X | X | | | | X |
| A-F2-GT4-1 | I | F5-G1 | GT4 | | | | X | | | | X | X | | | | | | | | X |
| A-F2-GT4-2 | II | F5-G1 | GT4 | | | | X | | | | X | X | X | | X | X | | | | X |
| A-F2-GT5-1 | I | F5-G1 | GT5 | | | | | X | | | X | X | | | | | | | | X |
| A-F2-GT5-2 | II | F5-G1 | GT5 | | | | | X | | | X | X | X | | X | X | | | | X |
| A-F2-GT6-1 | I | F5-G1 | GT6 | | | | | | X | | | X | | | | | | | | |
| A-F2-GT6-2 | II | F5-G1 | GT6 | | | | | | X | | | X | | | X | | | | | |
| A-F2-GT7-1 | I | F5-G1 | GT7 | | | | | | | X | X | X | | | | | | | | X |
| A-F2-GT7-2 | II | F5-G1 | GT7 | | | | | | | X | X | X | X | | X | X | | | | X |
| A-F2-GTX-1 | III | F5-G1 | GT1-GT5/GT7 | | | | | | | | | | | X | X | | | | | |
| A-F2-GTX-2 | IV | F2 | GT1-GT5/GT7 | | | | | | | | | | X | X | | | | | | |
| A-F12-GTX-1 | V | F10-P2 | GT1-GT5/GT7 | | | | | | | | | | | | X | | | | | |
| A-F12-GTX-2 | VI | F10-P5 | GT1-GT5/GT7 | | | | | | | | | | | | X | | X | | | |
| A-F12-GTX-3 | VII | F12 | GT1-GT5/GT7 | | | | | | | | | | | | | X | | | | |
| A-F12-GTX-4 | VIII | F12 | GT1-GT5/GT7 | | | | | | | | | | | | | X | X | | | |
| Control | | | | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 12 | 14 | 7 | 2 | 10 | 8 | 7 | a | a | 12 |
Ahora| Código prueba | Tipo población | Ubicación población | Tipo de activo | F2-GT1 | F2-GT2 | F2-GT3 | F2-GT4 | F2-GT5 | F2-GT6 | F2-GT7 | F2-G1 | F5-G1 | F5-G2 | F5-G3 | F6-AR1 | F10-P2 | F10-P4 | F10-P5 | F12-GT1 a GT7 | F14-ARX | F16-D1 |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| A-F2-GT1-1 | I | F5-G1 | GT1 | X | | | | | | | X | X | | | | | | | | | X |
| A-F2-GT1-2 | II | F5-G1 | GT1 | X | | | | | | | X | X | X | | | X | X | | | | X |
| A-F2-GT2-1 | I | F5-G1 | GT2 | | X | | | | | | X | X | | | | | | | | | X |
| A-F2-GT2-2 | II | F5-G1 | GT2 | | X | | | | | | X | X | X | | | X | X | | | | X |
| A-F2-GT3-1 | I | F5-G1 | GT3 | | | X | | | | | X | X | | | | | | | | | X |
| A-F2-GT3-2 | II | F5-G1 | GT3 | | | X | | | | | X | X | X | | | X | X | | | | X |
| A-F2-GT4-1 | I | F5-G1 | GT4 | | | | X | | | | X | X | | | | | | | | | X |
| A-F2-GT4-2 | II | F5-G1 | GT4 | | | | X | | | | X | X | X | | | X | X | | | | X |
| A-F2-GT5-1 | I | F5-G1 | GT5 | | | | | X | | | X | X | | | X | | | | | | X |
| A-F2-GT5-2 | II | F5-G1 | GT5 | | | | | X | | | X | X | X | | X | X | X | | | | X |
| A-F2-GT6-1 | I | F5-G1 | GT6 | | | | | | X | | | X | | | | | | | | | |
| A-F2-GT6-2 | II | F5-G1 | GT6 | | | | | | X | | | X | | | | X | | | | | |
| A-F2-GT7-1 | I | F5-G1 | GT7 | | | | | | | X | X | X | | | | | | | | | X |
| A-F2-GT7-2 | II | F5-G1 | GT7 | | | | | | | X | X | X | X | | | X | X | | | | X |
| A-F2-GTX-1 | III | F5-G1 | GT1-GT5/GT7 | | | | | | | | | | | X | | X | | | | | |
| A-F2-GTX-2 | IV | F2 | GT1-GT5/GT7 | | | | | | | | | | X | X | | | | | | | |
| A-F12-GTX-1 | V | F10-P2 | GT1-GT5/GT7 | | | | | | | | | | | | | X | | | | | |
| A-F12-GTX-2 | VI | F10-P5 | GT1-GT5/GT7 | | | | | | | | | | | | | X | | X | | | |
| A-F12-GTX-3 | VII | F12 | GT1-GT5/GT7 | | | | | | | | | | | | | | X | | | | |
| A-F12-GTX-4 | VIII | F12 | GT1-GT5/GT7 | | | | | | | | | | | | | | X | X | | | |
| Control | | | | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 12 | 14 | 7 | 2 | 2 | 10 | 8 | 2 | NA | NA | 12 |
EliminadoEn la siguiente prueba el auditor deberá comprobar para cada elemento de la muestra seleccionada el cumplimiento de un conjunto de atributos distribuidos en los siguientes Bloques:
Antes| Código prueba | Población | Ubicación | Tipo de revisión | F6-AR4 | F6-AR5 | F6-AR5 |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| A-F6-AR-3 | Terrenos identificados con ID. | F10-P3 | Muestreo estadístico. | X | X | X |
AhoraEn la siguiente prueba el auditor deberá comprobar para cada elemento de la muestra seleccionada el cumplimiento de un conjunto de atributos en los siguientes Bloques:
Párrafo añadido
| Código prueba | Población | Ubicación | Tipo de revisión | F6-AR3 | F6-AR4 |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| A-F6-AR-3 | Terrenos identificados con ID | F6-AR3 | Muestreo estadístico | X | X |
Párrafo añadido
5.3.11 Disponibilidad y mantenimiento de los activos y Datos de uso
Párrafo añadido
En las siguientes pruebas el auditor deberá comprobar para cada elemento de la muestra seleccionada el cumplimiento de un conjunto de atributos distribuidos en los siguientes Bloques:
Párrafo añadido
| Código prueba | Tipo población | Ubicación población | Tipo de activo | F15-D1 | F15-U1 | F16-D1 | F16-U1 |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| A-F15-D1- | 100% en S o Y | F1-E1, F1-E3, F1-E4 | F1-E1, F1-E3, F1-E4 | X | | | |
| A-F15-U1- | 100% en S o Y | F15-U1 | F1-E1,F1-E2,F1-E3, F1-E4 | | X | | |
| A-F16-D1- | 100% en S | F2, F3 | F2 | | | X | |
| A-F16-U1- | 100% | F16-U1 | Tablas 17, 18, 19 | | | | X |
| Control | | | | 1 | 1 | 1 | 1 |
Antes| Bloque | ID | Comprobaciones | AF | Técnica de comprobación 6 |
| --- | --- | --- | --- | --- |
| Bloques Formulario 1 (excepto F1-E8) y Formulario 2 (excepto F2-G1, F2-GT6, F2-AS5, F2 R21) | A | Coherencia de las referencias a Tablas maestras y a campos de otros bloques (que no se comprueben automáticamente mediante reglas de validación). | P&D | Inspección: revisión de la coherencia y concordancia entre registros. |
| B | Comprobación de los datos técnicos y de interrelación con otros activos regulados. | D&O P&D | Inspección: registros técnicos, documentación interna (proyectos de construcción y modificación disponibles, etc.) y documentación externa (Actas de Puesta en Servicio, Autorizaciones Públicas de Instalación, Actas de Inspección de la Delegación de Industria, etc.). | |
| EE&O | Inspección física. Solo para poblaciones: – Tipo I para transporte de electricidad. – Centros de mantenimiento de gas (A-F2-GT5). | | | |
| C | Coherencia de la ubicación del centro de mantenimiento, al que esté asociado cada uno de los activos de la muestra, con la ubicación geográfica de estos últimos. | EE&O | Indagación personal técnico. Inspección: registros técnicos, documentación interna. | |
| D | Comprobación de los números de referencia catastral de los bienes inmuebles asociados a los activos seleccionados. | EE&O | Inspección: certificaciones catastrales o documentos acreditativos publicados por la Dirección General del Catastro. | |
| E | Comprobación de la correspondencia entre la ubicación de los centros de mantenimiento declarada en F1-E6 y en F2-GT5 con cada una de las áreas/zonas/demarcaciones en las que el sujeto obligado ha dividido sus actividades de operación y mantenimiento de las instalaciones en el ejercicio. | EE&O | Indagación. Inspección: procedimiento de gestión de las actividades de operación y mantenimiento de la sociedad. | |
| F1-E8 F2-G1 | A | Comprobación del/los código(s) de la base de datos de la CNMC que se declara(n) para cada activo. | P&D | Inspección: comunicaciones previas de la CNMC, auditorías de inventario de instalaciones de transporte de electricidad. |
| F2-GT6 F2-AS5 F2-R11 | A | Comprobación cantidad comprada y precio de adquisición. | A/V | Inspección: registros y documentación soporte de la compra (factura, albarán). |
| F3-GRI | A | Comprobación que los activos declarados coincidan con los incluidos en el contrato de GRI. | O | Indagación. Inspección: contratos GRI. |
| Bloques Formulario F4 | A | Comprobación de los campos de los bloques. | D&O P&D | Inspección: escritura de propiedad, certificación catastral, facturas de compra, etc. |
| F5-G1 | A | Coherencia de las referencias a Tablas maestras y a campos de otros bloques (no comprobado mediante reglas de validación automáticas). | P&D | Inspección: revisión de la coherencia y concordancia entre registros. |
| B | Comprobación de la naturaleza singular. | D&O | Inspección: Resolución administrativa de autorización. | |
| C | Comprobación fechas (PEM, fecha cierre, desmantelamiento, etc.). | O | Inspección: registros contables y documentación soporte externa (actas administrativas, etc.). | |
| D | Comprobación valor reconocido y vida útil regulatoria. | V | Inspección: documentación soporte (comunicación del Ministerio, etc.). | |
| E | Comprobación valor declarado, subvenciones, instalaciones cedidas (No aplicable para activos regulados cuya fecha de PEM fuera anterior al 2008). | V | Inspección: documentación soporte (auditorías de acreditación del valor de inversión). | |
| F | Comprobación de la forma de incorporación al patrimonio. | O | Inspección: registros y documentación soporte (contrato de compraventa, de cesión, etc.). | |
| F5-G2 | A | Comprobación datos de la compraventa (fecha, importe, sujetos...). | A/V | Indagación. Inspección: contrato compra–venta, autorización administrativa de la transmisión, etc. |
| B | Comprobación que el coste de la compra se ha localizado en el OFC de inversión de actividades no reguladas en el Bloque F7-L3. | O/V | Inspección: revisión de la coherencia y concordancia entre registros. | |
| F5-G3 | A | Coherencia del cambio de estado declarado conforme a instrucciones. | P&D | Inspección: revisión registros. |
| B | Coherencia de la fecha del cambio de estado con el ejercicio de la declaración. | P&D | Inspección. | |
| C | Comprobación de la fecha del cambio de estado. | O | Inspección: registros técnicos y documentación soporte (autorización administrativa de cierre, desmantelamiento, transmisión, actas de cierre, de desmantelamiento, etc.). | |
| Formulario 6 | A | Comprobación que el método de georreferenciación empleado sea uno de los admitidos en el Anexo IV Instrucciones. | P&D | Inspección: revisión registros. |
| B | Correspondencia entre la ubicación física según coordenadas geográficas y el emplazamiento técnico del CUAR. | P&D | Observación (validación automática). En caso contrario, re-ejecución. | |
| C | Comprobación de las coordenadas de los activos regulados. | P&D | Inspección: documental: base cartográfica actualizada del sujeto obligado. | |
| EE&O | Inspección física. Solo para poblaciones: – Tipo I para transporte de electricidad. – Centros de mantenimiento de gas (A-F2-GT5). | | | |
| D | Coherencia coordenadas geográficas de los terrenos con la ubicación geográfica a la que están asociados los activos (No aplicable para obras lineales de gasoductos y las líneas). | EE&O | Inspección documental: base cartográfica actualizada del sujeto obligado, proyecto de construcción. | |
| F10-P2 | A | Verificación que los activos CUAR declarados en F10-P2 hubieran recibido costes de inversión en el ejercicio de la declaración (Bloque F7-L3). | P&D | Inspección Bloque F7-L3. |
| B | Verificación que dichos activos han sido declarados en el estado final en el que se encontrasen a cierre del ejercicio. | P&D | Inspección Bloque F7-L3. | |
| C | En el caso de compras realizadas en el ejercicio de gas talón, colchón o gas mínimo de llenado, verificación que se han localizado en los CUAR correspondientes a dichos tipos de activos, en estado S en el Bloque F7-L3. | P&D | Inspección Bloque F7-L3. | |
| F10-P1 F1 0-P 2 | A | Verificación de los datos relativos al proyecto de detalle aprobado en el que está incluida la inversión en el CUAR examinado. Verificar las fechas y los importes presupuestados para la inversión realizada en el CUAR. | E | Inspección del proyecto de detalle de la instalación aprobado (artículo 70 R D 1434/20 02 para sector gas o D artículo 02.1b) de le Leyr 2as2o1el Sector Eléctrico). |
| F10-P3 | A | Verificación que los activos planificados declarados estén incluidos en el documento de Planificación aprobado por el Ministerio de Industria, Turismo y Consumo que corresponda. | EE&O | Inspección: registros de planificación. |
| F10-P4 | A | Coherencia de las recodificaciones por cambio de estado con las instrucciones. Comprobación que los cambios de estado por venta de activos estén declarados también en el F10-P2. | P&D I | Observación (validación automática). En caso contrario, re-ejecución. |
| B | Verificación que las recodificaciones por motivos diferentes a cambios de estado estén debidamente justificadas y cuando proceda, que el reparto de los costes entre los activos resultantes esté declarado en F8-R1. | I | Indagación e inspección. | |
| F10-P5 | A | Verificación que las compras de activos regulados en desarrollo se hubieran localizado en el OFC de inversión de actividades no reguladas en el Bloque F7-L3. | P&D | Inspección Bloque F7-L3. |
| B | Verificación de los datos declarados para la compraventa (incluyendo el código CUAR anterior) mediante la inspección de la documentación soporte de la operación. | I | Inspección documentación soporte de la transacción. | |
| F15 | A | Verificación de los datos declarados sobre disponibilidad y mantenimiento en el ejercicio. | O | Indagación e inspección documentación soporte: partes de averías, informes internos etc. |
| F16 | A | Coherencia parámetros de uso declarados para cada tipo de instalación. | P&D | Inspección: revisión de la coherencia y concordancia entre registros. |
Ahora| Bloque | ID | Comprobaciones | AF | Técnica de comprobación 3 |
| --- | --- | --- | --- | --- |
| Formulario 1 (excepto F1-E8) y Formulario 2 (excepto F2-G1, F2-GT6, F2- AS5, F2- R21) | A | Coherencia de las referencias a Tablas maestras y a campos de otros bloques (que no se comprueben automáticamente mediante reglas de validación). | P&D | Inspección: revisión de la coherencia y concordancia entre registros |
| B | Comprobación de los datos técnicos y de interrelación con otros activos regulados. | D&O P&D | Inspección: registros técnicos, documentación interna (proyectos de construcción y modificación disponibles, etc.) y documentación externa (Actas de Puesta en Servicio, Autorizaciones Públicas de Instalación, Actas de Inspección de la Delegación de Industria, etc.) | |
| EE&O | Inspección física. Solo para poblaciones: – Tipo I para transporte de electricidad – Centros de mantenimiento de gas (A-F2-GT5). | | | |
| C | Coherencia de la ubicación del centro de mantenimiento, al que esté asociado cada uno de los activos de la muestra, con la ubicación geográfica de estos últimos. | EE&O | Indagación personal técnico. Inspección: registros técnicos, documentación interna | |
| | D | Comprobación de los números de referencia catastral de los bienes inmuebles asociados a los activos seleccionados. | EE&O | Inspección: certificaciones catastrales o documentos acreditativos publicados por la Dirección General del Catastro. |
| | E | Comprobación de la correspondencia entre la ubicación de los centros de mantenimiento declarada en F1-E6 y en F2-GT5 con cada una de las áreas/zonas/demarcaciones en las que el sujeto obligado ha dividido sus actividades de operación y mantenimiento de las instalaciones en el ejercicio. | EE&O | Indagación. Inspección: procedimiento de gestión de las actividades de operación y mantenimiento de la sociedad |
| F1-E8 F2-G1 | A | Comprobación del/los código(s) de la base de datos de la CNMC que se declara(n) para cada activo | P&D | Inspección: comunicaciones previas de la CNMC, auditorías de inventario de instalaciones de transporte de electricidad |
| F2-GT6 F2-AS5 F2-R11 | A | Comprobación cantidad comprada y precio de adquisición | A/V | Inspección: registros y documentación soporte de la compra (factura, albarán) |
| F3-GRI | A | Comprobación que los activos declarados coincidan con los incluidos en el contrato de GRI | O | Indagación. Inspección: contratos GRI. |
| Formulario 4 | A | Comprobación de los campos de los bloques | D&O P&D | Inspección: escritura de propiedad, certificación catastral, facturas de compra, etc. |
| F5-G1 | A | Coherencia de las referencias a Tablas maestras y a campos de otros bloques (no comprobado mediante reglas de validación automáticas) | P&D | Inspección: revisión de la coherencia y concordancia entre registros |
| B | Comprobación de la naturaleza singular | D&O | Inspección: Resolución administrativa de autorización. | |
| C | Comprobación fechas (PEM, fecha cierre, desmantelamiento, etc.) | O | Inspección: registros contables y documentación soporte externa (actas administrativas, etc.). | |
| D | Comprobación valor reconocido y vida útil regulatoria | V | Inspección: documentación soporte (comunicación del Ministerio, etc.). | |
| E | Comprobación valor declarado, subvenciones, instalaciones cedidas (No aplicable para activos regulados cuya fecha de PEM fuera anterior al 2008) | V | Inspección: documentación soporte (auditorías de acreditación del valor de inversión). | |
| F | Comprobación de la forma de incorporación al patrimonio | O | Inspección: registros y documentación soporte (contrato de compraventa, de cesión, etc.) | |
| F5-G2 | A | Comprobación datos de la compraventa (fecha, importe, sujetos…) | A/V | Indagación. Inspección: contrato compra- venta, autorización administrativa de la transmisión, etc. |
| B | Comprobación que el coste de la compra se ha localizado en el OFC de inversión de actividades no reguladas en el Bloque F7-L3. | O/V | Inspección: revisión de la coherencia y concordancia entre registros. | |
| F5-G3 | A | Coherencia del cambio de estado declarado conforme a instrucciones | P&D | Inspección: revisión registros. |
| B | Coherencia de la fecha del cambio de estado con el ejercicio de la declaración | P&D | Inspección. | |
| C | Comprobación de la fecha del cambio de estado | O | Inspección: registros técnicos y documentación soporte (autorización administrativa de cierre, desmantelamiento, transmisión, actas de cierre, de desmantelamiento, etc.). | |
| Formulario 6 | A | Comprobación que el método de georreferenciación empleado sea uno de los admitidos en el Anexo IV Instrucciones. | P&D | Inspección: revisión registros |
| B | Correspondencia entre la ubicación física según coordenadas geográficas y el emplazamiento técnico del CUAR. | P&D | Observación (validación automática). En caso contrario, re-ejecución. | |
| C | Comprobación de las coordenadas de los activos regulados. | P&D | Inspección documental: base cartográfica actualizada del sujeto obligado. | |
| EE&O | Inspección física. Solo para poblaciones: – Tipo I para transporte de electricidad – Centros de mantenimiento de gas (A-F2-GT5). | | | |
| D | Coherencia coordenadas geográficas de los terrenos con la ubicación geográfica a la que están asociados los activos (No aplicable para obras lineales de gasoductos y las líneas). | EE&O | Inspección documental: base cartográfica actualizada del sujeto obligado, proyecto de construcción. | |
| F10-P2 | A | Verificación que los activos CUAR declarados en F10-P2 hubieran recibido costes de inversión en el ejercicio de la declaración (Bloque F7-L3). | P&D | Inspección Bloque F7-L3. |
| B | Verificación que dichos activos han sido declarados en el estado final en el que se encontrasen a cierre del ejercicio. | P&D | Inspección Bloque F7-L3. | |
| C | En el caso de compras realizadas en el ejercicio de gas talón, colchón o gas mínimo de llenado, verificación que se han localizado en los CUAR correspondientes a dichos tipos de activos, en estado S en el Bloque F7-L3. | P&D | Inspección Bloque F7-L3 | |
| F10-P1 F10-P2 | A | Verificación de los datos relativos al proyecto de detalle aprobado en el que está incluida la inversión en el CUAR examinado. Verificar las fechas y los importes presupuestados para la inversión realizada en el CUAR | E | Inspección del proyecto de detalle de la instalación aprobado (artículo 70 RD 1434/2002 para sector gas o el artículo 53.1b) de la Ley 24/2013 Sector Eléctrico) |
| F10-P3 | A | Verificación que los activos planificados declarados estén incluidos en el documento de Planificación aprobado por el Ministerio de Industria, Turismo y Consumo que corresponda. | EE&O | Inspección: registros de planificación. |
| F10-P4 | A | Coherencia de las recodificaciones por cambio de estado con las instrucciones. Comprobación que los cambios de estado por venta de activos estén declarados también en el F10-P2. | P&D I | Observación (validación automática). En caso contrario, re-ejecución. |
| B | Verificación que las recodificaciones por motivos diferentes a cambios de estado estén debidamente justificadas y cuando proceda, que el reparto de los costes entre los activos resultantes esté declarado en F8-R1. | I | Indagación e inspección. | |
| F10-P5 | A | Verificación que las compras de activos regulados en desarrollo se hubieran localizado en el OFC de inversión de actividades no reguladas en el Bloque F7-L3. | P&D | Inspección Bloque F7-L3 |
| B | Verificación de los datos declarados para la compraventa (incluyendo el código CUAR anterior) mediante la inspección de la documentación soporte de la operación. | I | Inspección documentación soporte de la transacción. | |
| F15-D1 F16-D1 | A | Verificación de los datos declarados sobre disponibilidad y mantenimiento en el ejercicio. | O | Indagación e inspección documentación soporte: partes de averías, informes internos etc. En particular se ha de comprobar que se ha declarado la información correspondiente a todos los CUAR con indisponibilidad |
| F15-U1 F16-U1 | A | Coherencia parámetros de uso declarados para cada tipo de instalación. | P&D | Inspección: revisión de la coherencia y concordancia entre registros |
| 3Se deberán utilizar como mínimo las técnicas de comprobación indicadas en la tabla, entendidas conforme a las definiciones de la norma internacional de auditoría 500 «Evidencia de auditoría», adaptada para su aplicación en España mediante Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría, de 15 de octubre de 2013 (NIA-ES 500) en lo que resulte aplicable, sin que esto suponga en ningún caso que este trabajo suponga una auditoría de cuentas. | | | | |
Antes| Código prueba | Descripción de la prueba | AF | Técnica de comprobación | |
| --- | --- | --- | --- | --- |
| A-F7-L1 | Población. | Unidades monetarias del conjunto de filas declaradas en el Bloque F7-L1. | P&D V&E T R A C | Indagación. Inspección registros contables y documentación soporte. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Muestreo estadístico (muestreo por unidad monetaria MUM recomendado) o por combinación de muestreo de. | | | |
| Unidad de muestreo. | Unidades monetarias declaradas en cada fila en caso MUM o filas del Bloque para otros tipos de muestreo. | | | |
| Comprobaciones. | Para los costes localizados en cada una de las filas seleccionadas se deberán comprobar los siguientes aspectos: 1. Se correspondan con la actividad declarada en la fila. Indagar el criterio aplicado para el reparto del tipo de coste en cada CECO por actividades y evaluar su coherencia con el criterio de asignación de gastos entre cada una de las actividades para las que se exige llevar una contabilidad separada (conforme artículo 20.2 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico y en el artículo 62.2 de la Ley 34/1998, del Sector de Hidrocarburos) declarado en el «Procedimiento_Sistema_IRC.pdf» (exigido en apdo.2.2 Anexo IV). 2. No tengan la consideración de costes no localizables según apdo. 4.7.3 Anexo IV. 3. Se correspondan con la naturaleza del tipo de coste declarado en la fila (conforme definiciones apdo.3 Anexo IV). 4. Se hayan localizado en el CECO auxiliar o principal que les corresponda, atendiendo a las funciones definidas para. cada CECO y las reglas de localización para cada tipo de coste en el apdo. 4.7.4 Anexo IV. 5. Se encontrasen registrados en la cuenta contable indicada en la fila. Inspección registros contables. 6. Su valor monetario coincida con la información que figura en los registros contables o en su caso, estuviera conciliado. con dicha información y estuviera debidamente justificado con documentación soporte. En concreto, cuando correspondan al Tipo de coste CC-01, inspeccionar la documentación soporte de la compra realizada y su recepción (factura o contrato y albarán de entrada en almacén).por el importe declarado en F7-L1. 7. La clave o criterio de reparto utilizado para la localización del tipo de coste examinado al CECO sea medida razonable. del consumo cuantitativo que dicho CECO realiza respecto de dicho tipo de coste y coincida con el criterio declarado por el sujeto obligado en el «Procedimiento_Sistema_IRC.pdf. Cuando correspondan a los Tipos de coste CC-23, CC-25, CC-26 y CC-27, adicionalmente se deberá: a) Re-calcular el importe del coste con los datos que figuran en los registros y cuando proceda, con los partes de tiempo del personal. b) Comprobar que el coste de los tiempos improductivos de la mano de obra (sub-actividad) y el coste del personal dedicado a actividades de investigación y desarrollo se hubieran localizado en CC-P7 (conforme apdo. 4.7.5.1 y apdo. 4.7.4.1.15 Anexo IV respectivamente). 8. Cuando tengan origen en una operación con parte vinculada, adicionalmente se deberá comprobar: a) Que los costes generados por la misma se hubieran declarado en filas separadas atendiendo a su naturaleza (tipo de coste), con independencia de que se hubieran registrado conjuntamente en una misma cuenta contable (p.e. Fees o cargos por recepción de servicios corporativos prestados por otra sociedad del grupo, cargo por gastos diversos incurridos por una parte vinculada por cuenta del sujeto obligado, etc.). Inspección documentación soporte de la transacción. b) Que estén identificados en la fila por el código asignado a la operación en el Bloque F9-DC7. c) Que el tipo de coste declarado sea coherente con el tipo de operación que se declara en F9-DC7. 9. Cuando correspondan a actividades de investigación y desarrollo se hayan localizado en el CECO CC-P3-000. 10. No se correspondan con estimaciones de costes futuros provisionados. | | | |
| A-F7-L2 | Población. | Unidades monetarias del conjunto de filas declaradas en el Bloque F7-L2. | P&D V&E T | Indagación. Inspección registros contables y documentación soporte. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de muestreo. | Unidades monetarias declaradas en cada fila. | | | |
| Comprobaciones. | Para los ingresos localizados en cada una de las filas se deberán comprobar los siguientes aspectos: 1. Se correspondan con la actividad declarada en la fila. Indagar el criterio aplicado para el reparto del tipo de ingreso en cada CECO por actividades y evaluar su coherencia con el criterio de asignación de ingresos entre cada una de las actividades para las que se exige llevar una contabilidad separada (conforme artículo 20.2 Ley 24/2013 del Sector Eléctrico y en el artículo 62.2 Ley 34/1998, del Sector de Hidrocarburos), declarado por el sujeto obligado en el «Procedimiento_Sistema _IRC.pdf» (exigido en el apdo. 2.2 Anexo IV). 2. No tengan la consideración de tipos de ingresos no localizables conforme al apdo. 4.7.4 Anexo IV. 3. Se correspondan con la naturaleza del tipo de ingreso declarado en la fila (conforme definiciones del apdo. 3 Anexo IV). 4. Se hayan localizado en el CECO auxiliar o principal que les corresponda atendiendo a los criterios de localización de ingresos del apdo. 4.7.2 y del apdo. 4.7.4 del Anexo IV. (ej. CECO que prestó el servicio facturado o que asumió por cuenta de terceros el gasto refacturado, el CECO que recibió la subvención a la explotación, el CECO que tiene asignado el inmovilizado subvencionado o el activo cedido en uso, etc.). 5. Se encuentren registrados en la cuenta contable indicada en la fila. Inspección registros contables. 6. Su valor monetario coincida con la información que figura en los registros contables y esté debidamente justificado con documentación soporte. 7. Cuando tengan origen en una operación con parte vinculada, esté declarado de forma individualizada en una fila en la que indique el código asignado a dicha operación en el Bloque F9-DC8 y que el tipo de ingreso declarado en la fila sea coherente con el tipo de operación indicado en F9-DC8. 8. Cuando se trate de un ingreso por una subvención a la explotación (CI-15) esté identificado de manera individualizada en una fila en el que se indique el código asignado a dicha operación en el Bloque F9-DC6. 9. Cuando se trate de un ingreso por transferencia a resultados de subvenciones de capital, esté identificado de manera individualizada en una fila en la que se indique el código asignado a dicha operación en el Bloque F9-SI1. 10. En concreto, para los ingresos localizados en el tipo de ingreso CI-29, se correspondan exclusivamente con servicios prestados por los CECOS auxiliares (conforme tabla de localización del apdo. 4.7.4 Anexo IV). | | | |
| A-F7-L3 | Población. | Unidades monetarias del conjunto de filas declaradas en el Bloque F7-L3. | P&D V&E T R A C | Indagación. Inspección registros contables y documentación soporte. |
| Tipo de revisión. | Muestreo estadístico (en este caso, se recomienda muestreo por unidad monetaria MUM) o por combinación de muestreo de elementos específicos (significativos y/o excepcionales) y muestreo estadístico. | | | |
| Unidad de muestreo. | Unidades monetarias declaradas en cada fila en caso MUM o filas del Bloque para otros tipos de muestreo. | | | |
| Comprobaciones. | Para los costes localizados en las filas seleccionadas se deberán comprobar los siguientes aspectos: 1. Se correspondan con el activo regulado CUAR desarrollado en el ejercicio o con el OFC de inversión declarado en la fila. Indagación e inspección registros y documentación soporte. 2. No tengan la consideración de costes no localizables según apdo. 4.7.3 Anexo IV, con independencia de que el tipo de coste declarado fuera localizable. 3. Se correspondan con la naturaleza del tipo de coste declarado en la fila (conforme definiciones apdo.3 Anexo IV). 4. Sean costes directos a los CUAR u OFC de inversión en los que se hubieran localizado (conforme definición apdo.3 Anexo IV). 5. Se hayan localizado conforme a las reglas de localización del apdo. 4.7.4. Anexo IV. 6. Se encuentren registrados en la cuenta contable indicada en la fila. Inspección registros contables. 7. Su valor monetario coincida con la información que figura en los registros contables y esté debidamente justificado por documentación soporte (ej, facturas de compra, documentos notariales, facturas de trabajos subcontratados a terceros, por servicios recibidos, justificantes de pago de los anticipos a cuenta realizados en el ejercicio, etc.). 8. Se correspondan con el concepto de coste declarado en la fila (conforme apto. 4.7.4.2.1. Anexo IV). Indagación e inspección documentación soporte. En concreto, para el concepto de coste «Materiales y equipos», inspección de la documentación soporte tanto de la compra como de su recepción (factura y/o contrato y albarán de entrada) y comprobar que se corresponden efectivamente con el tipo de material y equipo declarado. 9. En concreto, para el concepto de coste «Gastos financieros activados» (GFA), indagar el cálculo de los intereses financieros activados hasta la puesta en condiciones de funcionamiento de los activos. Cuando correspondan al tipo de coste CC-51, se hubieran localizado en un CUAR en estado M (en desmantelamiento) conforme apdo. 6.3 Anexo IV. Inspeccionar registros contables y justificantes de pago de los importes satisfechos por dicho concepto en el ejercicio del desmantelamiento. 10. Cuando correspondan al tipo de coste CC-48 por compras de gas talón, colchón o mínimo de llenado, se hubieran localizado en el CUAR en estado S correspondiente a dichos tipos de activos. Inspección documentación soporte de la compra en el ejercicio. 11. Cuando correspondan al tipo de coste CC-48 por compras de activo regulado en curso o al tipo de coste CC-47, se hubieran localizado en el OFC de Inversión de actividades no reguladas (conforme reglas de localización apto. 4.7.4 Anexo IV y apdo. 6.1 Anexo IV). 12. Cuando tengan origen en una operación con parte vinculada, estuviera identificado de manera individualizada en una fila en la que se indique el código asignado a dicha operación en el Bloque F9-DC7 y que el tipo de coste declarado en la fila sea coherente con el tipo de operación indicada en F9-DC7. 13. Cuando correspondan a una instalación cedida y financiada total o parcialmente por terceros, estuvieran identificados de forma individualizada en una fila en la que se indique el código asignado a la misma en F9-SI2/SI3. 14. No se correspondan con estimaciones de costes futuros provisionados ni costes posteriores a la puesta en condiciones de funcionamiento de los activos regulados. | | | |
| A-F7-L4 | Población. | Unidades monetarias del conjunto de filas declaradas en el Bloque F7-L4. | P&D V&E T | Indagación. Inspección registros contables y documentación soporte. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de muestreo. | Unidades monetarias declaradas en cada fila. | | | |
| Comprobaciones. | Para los ingresos localizados en cada una de las filas se deberán comprobar los siguientes aspectos: 1. Se correspondan con el activo regulado CUAR desarrollado en el ejercicio o con el OFC de inversión declarado en la fila. Indagación e inspección de registros y documentación soporte. 2. No tengan la consideración de ingresos no localizables, conforme al apdo. 4.7.4 del Anexo IV. 3. Se correspondan con la naturaleza del tipo de ingreso declarado en la fila (conforme definiciones apdo.3 Anexo IV). 4. Se hayan localizado en el CUAR/OFC que les corresponda atendiendo a los criterios del apdo. 4.7.2 Anexo IV y a las reglas de localización del apdo. 4.7.4 Anexo IV. 5. Se encuentren registrados en la cuenta contable indicada en la fila. Inspección registros contables. 6. Su valor monetario coincida con la información que figura en los registros contables y en la documentación soporte correspondiente. 7. Cuando tengan origen en una operación con parte vinculada, estuviera declarado de manera individualizada en una fila en la que se indique el código asignado a dicha operación en el Bloque F9-DC8 y que el tipo de ingreso declarado en la fila sea coherente con el tipo de operación indicado en F9-DC8. 8. Cuando se trate de una subvención a la explotación (CI-15) estuviera identificado de manera individualizada en una fila en la que se indique el código asignado a dicha operación en el Bloque F9-DC6. | | | |
| A-F7-L5 | Población. | Unidades monetarias del conjunto de filas declaradas en el Bloque F7-L5. | P&D V&E T R A C | Indagación. Inspección registros y documentación soporte. |
| Tipo de revisión. | Muestreo estadístico (en este caso, se recomienda muestreo por unidad monetaria MUM) o por combinación de muestreo de elementos específicos (significativos y/o excepcionales) y muestreo estadístico. | | | |
| Unidad de muestreo. | Unidades monetarias declaradas en cada fila en caso MUM o filas del Bloque para otros tipos de muestreo. | | | |
| Comprobaciones. | Para los costes localizados en las filas seleccionadas se deberán comprobar los siguientes aspectos: 1. Se correspondan con el activo regulado CUAR en servicio o con el OFC de O&M declarado. Indagación e inspección registros y documentación soporte. 2. No tengan la consideración de tipo de coste no localizable, conforme al apdo. 4.7.3 del Anexo IV, con independencia de que el tipo de coste declarado fuera localizable. 3. Se correspondan con la naturaleza del tipo de coste declarado en la fila (conforme a las definiciones apdo. 3 Anexo IV). 4. Sean costes directos al activo CUAR, al tipo de activo o a la actividad (OFC O&M) declarados en la fila. 5. Se hayan localizado conforme a las reglas de localización del apdo. 4.7.4. Anexo IV y en concreto apdo. 4.7.4.2.2 Anexo IV. 6. Se encontrasen registrados en la cuenta contable indicada en la fila. 7. Que su valor monetario coincida con la información que figura en los registros contables o en su caso, estuviera conciliado con la información que figura en los mismos. Indagación e inspección de la documentación soporte justificativa. 8. Se correspondan con el concepto de coste declarado en la fila conforme apdo.4.7.4.2.2 Anexo IV. Indagación e inspección documentación soporte. (ej. Facturas por recepción de servicios de operación y mantenimiento, de inspección de instalaciones, de seguridad y vigilancia, de subcontratación de personal para tareas de operación y mantenimiento, facturas por reparaciones de activos regulados, etc.). 9. En concreto, cuando correspondan al tipo de coste CC-01, inspeccionar documentación soporte de la compra y de la recepción (factura y albarán de entrada). 10. Se correspondan con el centro de mantenimiento declarado en la fila. Indagación y evaluación coherencia. 11. Cuando tengan origen en una operación con parte vinculada, esté identificado de manera individualizada en una fila en la que se indique el código asignado a dicha operación en el Bloque F9-DC7 y que el tipo de coste declarado en la fila sea coherente con el tipo de operación indicado en F9-DC7. 12. Que el carácter fijo/variable o recurrente o no recurrente declarado para cada coste fuera coherente con la naturaleza del coste y con el concepto de coste al que corresponde (conforme definiciones apdo. 3 Anexo IV). 13. Cuando correspondan a costes relacionados con actividades de investigación y desarrollo, se hubieran localizado en el OFC de O&M de actividades no reguladas. 14. No se correspondan con estimaciones de costes futuros provisionados. | | | |
| A-F7-L6 | Población. | Unidades monetarias del conjunto de filas declaradas en el Bloque F7-L6. | P&D V&E T | Indagación. Inspección registros y documentación soporte. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de muestreo. | Unidades monetarias declaradas en cada fila. | | | |
| Comprobaciones. | Para los importes localizados en cada una de las filas se deberán comprobar los siguientes aspectos: 1. Se correspondan con el activo regulado CUAR en servicio o con el OFC de O&M declarado. Indagación e inspección registros y documentación soporte. 2. No tengan la consideración de ingresos no localizables, conforme al apdo. 4.7.4 Anexo IV. 3. Se correspondan con la naturaleza del tipo de ingreso declarado en la fila, conforme a las definiciones del apdo. 3 Anexo IV. 4. Se hayan localizado conforme a lo dispuesto en el apdo. 4.7.2 Anexo IV y en el apdo.4.7.4 Anexo IV. 5. Se encuentren registrados en la cuenta contable indicada en la fila. Inspección registros contables. 6. Su valor monetario coincida con los registros contables. Inspección de los registros y de la documentación soporte correspondiente. 7. Cuando tengan origen en una operación con parte vinculada, estén identificados de manera individualizada en una fila en la que se indique el código asignado a dicha operación en el Bloque F9-DC8. 8. Cuando se trate de un ingreso por una subvención a la explotación (CI-15) estuviera identificado de manera individualizada en una fila en la que se indique el código asignado a la misma en el Bloque F9-DC6. 9. Cuando se trate de un ingreso por transferencia a resultados de subvenciones de capital, estuviera identificado de manera individualizada en una fila F7-L6 con un código asignado a dicha operación en el Bloque F9-SI1. 10. Cuando correspondan al tipo de ingreso CI-18, se hubieran localizado en el OFC de O&M en el que se encuentra asignado el activo cedido. Indagar sobre la cesión de uso de activos regulados e inspeccionar documentación soporte de la misma. | | | |
| A-F7-R1-1 | Población. | Valores declarados para el indicador IC-1 para cada CECO en el Bloque F7-R1. | P&D T | Indagación. Inspección. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de examen. | Cada fila del Bloque F7-R1 para los indicadores IC-1. | | | |
| Comprobaciones. | 1. Coincidencia entre la suma de los valores de este indicador (número medio de personas del ejercicio del conjunto de CECOS) y la plantilla media total del ejercicio declarada en las cuentas anuales auditadas. 2. Evaluar la coherencia entre la distribución del número medio de personas entre los CECOS del Sistema IRC y la distribución del número medio de personas entre los CECOS reales de su estructura organizativa conforme a la descripción aportada por el sujeto obligado en el «Procedimiento_Sistema_IRC.pdf». 3. Comprobar distribución personas por CECOS del Sistema IRC a través de los registros o documentación soporte, teniendo en cuenta la equivalencia con los CECOS reales. | | | |
| A-F7-R1-2 | Población. | Valores declarados para el indicador IC-2 para cada CECO en el Bloque F7-R1. | P&D TI | Indagación. Inspección. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de examen. | Cada fila del Bloque F7-R1 para los indicadores IC-2. | | | |
| Comprobaciones. | Comprobar el número de personas equivalentes declaradas en cada CECO del Sistema IRC a través de los registros o documentación soporte, teniendo en cuenta su equivalencia con los CECOS reales. | | | |
| A-F7-R1-4 | Población. | Valores declarados para el indicador IC-3 e IC-4 para cada CECO principal en el Bloque F7-R1. | P&D TI | Indagación. Inspección. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de muestreo. | Cada fila del Bloque F7-R1 para los indicadores IC-3 y IC-4. | | | |
| Comprobaciones. | Comprobar los valores declarados para estos indicadores en cada CECO a través de la inspección en los sistemas del número de pedidos realizados y su importe por el CECO principal de compras y aprovisionamiento al CECO auxiliar, teniendo en cuenta su equivalencia con los CECOS reales del sujeto obligado. | | | |
| A-F7-R1-5 | Población. | Valores declarados para el indicador IC-5 e IC-6 para cada CECO principal en el Bloque F7-R1. | P&D TI | Indagación. Inspección. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de examen. | Cada fila del Bloque F7-R1 para los indicadores IC-5 y IC-6. | | | |
| Comprobaciones. | Comprobar a través de los sistemas información el número de equipos TIC asignados a cada CECO del Sistema IRC y el número de incidencias TIC generadas por el CECO durante el ejercicio, teniendo en cuenta su equivalencia con los CECOS reales del sujeto obligado. | | | |
| A-F7-R2 | Población. | Valores declarados para los % de nivel de dedicación de los CECOS auxiliares a los CECOS de destino. | P&D T R | Indagación. Inspección. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de examen. | Cada fila del Bloque F7-R2. | | | |
| Comprobaciones. | 1. Evaluar que el criterio aplicado para el cálculo de los porcentajes de nivel de dedicación declarados para la imputación de los costes de los CECOS auxiliares CC-A5 y CC-A8 a los CECOS principales sea medida razonable del consumo cuantitativo que dicho CECO principal realiza del CECO auxiliar. 2. Comprobar la trazabilidad de las variables que intervienen en el cálculo del porcentaje del nivel de dedicación con la información que figura en el Sistema de Costes interno del sujeto obligado, teniendo en cuenta su equivalencia con los CECOS reales del sujeto obligado. 3. Comprobar documentación soporte para cada porcentaje. | | | |
| A-F7-R3 | Población. | Valores declarados para los porcentajes de nivel de dedicación de los CECOS auxiliares a los CECOS principales en cada actividad. | P&D T R | Indagación. Inspección. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de examen. | Cada fila del Bloque F7-R3. | | | |
| Comprobaciones. | 1. Comprobar que los criterios aplicados coincidan con los descritos en el «Procedimiento_Sistema_IRC.pdf» para el cálculo del porcentaje del nivel de dedicación. 2. Evaluar que los criterios aplicados en el cálculo de los porcentajes respondan realmente a una relación causa-efecto con respecto de los costes del CECO principal y sean coherentes con las reglas establecidas en el apdo. 4.7.5.2 del Anexo IV. 3. Inspeccionar las variables que intervienen en el cálculo del porcentaje del nivel de dedicación con la información que figura en su Sistema de Costes interno o documentación soporte, teniendo en cuenta su equivalencia con sus CECOS reales. 4. Inspección documentación soporte para cada porcentaje. | | | |
| A-F7-R4 | Población. | Valores declarados para los porcentajes de nivel de dedicación de los CECOS principales indicados en el Bloque a cada concepto de coste de los CUAR/OFC inversión. | P&D T R | Indagación. Inspección. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de examen. | Cada fila del Bloque F7-R4. | | | |
| Comprobaciones. | 1. Comprobar que se han cumplido las reglas establecidas en los apartados 4.7.5.1 del Anexo IV. 1. Comprobar que los criterios aplicados coincidan con los descritos en el documento «*Procedimiento_Sistema_IRC.pdf*» para el cálculo del porcentaje del nivel de dedicación. 2. Evaluar que los criterios aplicados en el cálculo de los porcentajes respondan realmente a una relación causa-efecto, con respecto de los costes de cada CUAR u OFC y sean coherentes con las reglas establecidas en el apdo.4.7.5.1 del Anexo IV. 3. Inspeccionar las variables que intervienen en el cálculo de los porcentajes de nivel de dedicación con la información que figura en su Sistema de Costes interno o documentación soporte interna, teniendo en cuenta su equivalencia con sus CECOS reales. 4. Inspeccionar documentación soporte de cada porcentaje. | | | |
| A-F7-R5 | Población. | Valores declarados para los porcentajes de nivel de dedicación de los CECOS principales indicados en el Bloque a cada concepto de coste de los OFC O&M. | P&D T R | Indagación. Inspección. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de examen. | Cada fila del Bloque F7-R5. | | | |
| Comprobaciones. | Se realizarán las mismas comprobaciones que para la prueba A-F7-R4. | | | |
| A-F7-R7 | Población. | Valores declarados para los porcentajes de nivel de dedicación de los CECOS principales indicados en el Bloque para cada actividad a cada concepto de coste de los CUAR/OFC inversión. | P&D T R | Indagación. Inspección. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Muestreo estadístico aleatorio simple. | | | |
| Unidad de examen. | Filas del Bloque F7-R7. | | | |
| Comprobaciones. | Se realizarán las mismas comprobaciones que para la prueba A-F7-R4 teniendo en cuenta la separación por actividades. | | | |
| A-F7-R8 | Población. | Valores declarados para los porcentajes de nivel de dedicación de los CECOS principales indicados en el Bloque para cada actividad a cada concepto de coste de los OFC O&M. | P&D T R | Indagación. Inspección. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Muestreo estadístico aleatorio simple. | | | |
| Unidad de examen. | Filas del Bloque F7-R8. | | | |
| Comprobaciones. | Se realizarán las mismas comprobaciones que para la prueba A-F7-R5 teniendo en cuenta la separación de actividades. | | | |
| A-FA-R9 | Población. | Valor bruto y amortización acumulada del inmovilizado desagregado por actividad y CECOS. | P&D T R | Indagación. Inspección. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de examen. | Filas del Bloque F7-R9. | | | |
| Comprobaciones. | Inspeccionar que se está declarando exclusivamente el valor del inmovilizado al que se refiere el apdo. 4.7.5.2 del Anexo IV («Activos corporativos y resto»). Inspeccionar la documentación soporte del reparto de dicho inmovilizado por actividad y CECO. | | | |
| A-F8-R1 | Población. | Porcentajes de reparto de costes entre activos cuando se producen reclasificaciones de costes en un proyecto. | P&D R A C | Inspección. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de examen. | Filas del Bloque F8-R1. | | | |
| Porcentaje. | 1. Comprobar que la declaración del reparto de costes, por cada concepto de coste, entre los activos indicados en el bloque para cada concepto de coste se hubiera realizado conforme a las reglas establecidas en el apdo. 4.8 del Anexo IV. 2. Comprobar los porcentajes declarados a través de documentación soporte justificativa. | | | |
Ahora| Código prueba | Descripción de la prueba | AF | Técnica de comprobación | |
| --- | --- | --- | --- | --- |
| A-F7-L1 | Población. | Unidades monetarias del conjunto de filas declaradas en el Bloque F7-L1. | P&D V&E T R A C | Indagación. Inspección registros contables y documentación soporte. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Muestreo estadístico (en este caso, se recomienda muestreo por unidad monetaria MUM o por combinación de muestreo de elementos específicos (significativos y/o excepcionales) y muestreo estadístico. | | | |
| Unidad de muestreo. | Unidades monetarias declaradas en cada fila en caso MUM o filas del Bloque para otros tipos de muestreo. | | | |
| Comprobaciones. | Para los costes localizados en cada una de las filas seleccionadas se deberán comprobar los siguientes aspectos: 1. Se correspondan con la actividad declarada en la fila. Indagar el criterio aplicado para el reparto del tipo de coste en cada CECO por actividades y evaluar su coherencia con el criterio de asignación de gastos entre cada una de las actividades para las que se exige llevar una contabilidad separada (conforme artículo 20.2 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico y en el artículo 62.2 de la Ley 34/1998, del Sector de Hidrocarburos) declarado en el «Procedimiento_Sistema_IRC.pdf» (exigido en apdo.2.2 Anexo IV). 2. No tengan la consideración de costes no localizables según apdo. 4.7.3 Anexo IV. 3. Se correspondan con la naturaleza del tipo de coste declarado en la fila (conforme definiciones apdo.3 Anexo IV). 4. Se hayan localizado en el CECO auxiliar o principal que les corresponda, atendiendo a las funciones definidas para. cada CECO y las reglas de localización para cada tipo de coste en el apdo. 4.7.4 Anexo IV. 5. Se encontrasen registrados en la cuenta contable indicada en la fila. Inspección registros contables. 6. Su valor monetario coincida con la información que figura en los registros contables o en su caso, estuviera conciliado. con dicha información y estuviera debidamente justificado con documentación soporte. En concreto, cuando correspondan al Tipo de coste CC-01, inspeccionar la documentación soporte de la compra realizada y su recepción (factura o contrato y albarán de entrada en almacén).por el importe declarado en F7-L1. 7. La clave o criterio de reparto utilizado para la localización del tipo de coste examinado al CECO sea medida razonable. del consumo cuantitativo que dicho CECO realiza respecto de dicho tipo de coste y coincida con el criterio declarado por el sujeto obligado en el «Procedimiento_Sistema_IRC.pdf. Cuando correspondan a los Tipos de coste CC-23, CC-25, CC-26 y CC-27, adicionalmente se deberá: a) Recalcular el importe del coste con los datos que figuran en los registros y cuando proceda, con los partes de tiempo del personal. b) Comprobar que el coste de los tiempos improductivos de la mano de obra (sub-actividad) y el coste del personal dedicado a actividades de investigación y desarrollo se hubieran localizado en CC-P7 (conforme apdo. 4.7.5.1 y apdo. 4.7.4.1.15 Anexo IV respectivamente). 8. Cuando tengan origen en una operación con parte vinculada, adicionalmente se deberá comprobar: a) Que los costes generados por la misma se hubieran declarado en filas separadas atendiendo a su naturaleza (tipo de coste), con independencia de que se hubieran registrado conjuntamente en una misma cuenta contable (p.e. Fees o cargos por recepción de servicios corporativos prestados por otra sociedad del grupo, cargo por gastos diversos incurridos por una parte vinculada por cuenta del sujeto obligado, etc.). Inspección documentación soporte de la transacción. b) Que estén identificados en la fila por el código asignado a la operación en el Bloque F9-DC7. c) Que el tipo de coste declarado sea coherente con el tipo de operación que se declara en F9-DC7. 9. Cuando correspondan a actividades de investigación y desarrollo se hayan localizado en el CECO CC-P3-000. 10. No se correspondan con estimaciones de costes futuros provisionados. | | | |
| A-F7-L2 | Población. | Unidades monetarias del conjunto de filas declaradas en el Bloque F7-L2. | P&D V&E T | Indagación. Inspección registros contables y documentación soporte. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de muestreo. | Unidades monetarias declaradas en cada fila. | | | |
| Comprobaciones. | Para los ingresos localizados en cada una de las filas se deberán comprobar los siguientes aspectos: 1. Se correspondan con la actividad declarada en la fila. Indagar el criterio aplicado para el reparto del tipo de ingreso en cada CECO por actividades y evaluar su coherencia con el criterio de asignación de ingresos entre cada una de las actividades para las que se exige llevar una contabilidad separada (conforme artículo 20.2 Ley 24/2013 del Sector Eléctrico y en el artículo 62.2 Ley 34/1998, del Sector de Hidrocarburos), declarado por el sujeto obligado en el «Procedimiento_Sistema _IRC.pdf» (exigido en el apdo. 2.2 Anexo IV). 2. No tengan la consideración de tipos de ingresos no localizables conforme al apdo. 4.7.4 Anexo IV. 3. Se correspondan con la naturaleza del tipo de ingreso declarado en la fila (conforme definiciones del apdo. 3 Anexo IV). 4. Se hayan localizado en el CECO auxiliar o principal que les corresponda atendiendo a los criterios de localización de ingresos del apdo. 4.7.2 y del apdo. 4.7.4 del Anexo IV. (ej. CECO que prestó el servicio facturado o que asumió por cuenta de terceros el gasto refacturado, el CECO que recibió la subvención a la explotación, el CECO que tiene asignado el inmovilizado subvencionado o el activo cedido en uso, etc.). 5. Se encuentren registrados en la cuenta contable indicada en la fila. Inspección registros contables. 6. Su valor monetario coincida con la información que figura en los registros contables y esté debidamente justificado con documentación soporte. 7. Cuando tengan origen en una operación con parte vinculada, esté declarado de forma individualizada en una fila en la que indique el código asignado a dicha operación en el Bloque F9-DC8 y que el tipo de ingreso declarado en la fila sea coherente con el tipo de operación indicado en F9-DC8. 8. Cuando se trate de un ingreso por una subvención a la explotación (CI-15) esté identificado de manera individualizada en una fila en el que se indique el código asignado a dicha operación en el Bloque F9-DC6. 9. Cuando se trate de un ingreso por transferencia a resultados de subvenciones de capital, esté identificado de manera individualizada en una fila en la que se indique el código asignado a dicha operación en el Bloque F9-SI1. 10. En concreto, para los ingresos localizados en el tipo de ingreso CI-29, se correspondan exclusivamente con servicios prestados por los CECOS auxiliares (conforme tabla de localización del apdo. 4.7.4 Anexo IV). | | | |
| A-F7-L3 | Población. | Unidades monetarias del conjunto de filas declaradas en el Bloque F7-L3. | P&D V&E T R A C | Indagación. Inspección registros contables y documentación soporte. |
| Tipo de revisión. | Muestreo estadístico (en este caso, se recomienda muestreo por unidad monetaria MUM) o por combinación de muestreo de elementos específicos (significativos y/o excepcionales) y muestreo estadístico. | | | |
| Unidad de muestreo. | Unidades monetarias declaradas en cada fila en caso MUM o filas del Bloque para otros tipos de muestreo. | | | |
| Comprobaciones. | Para los costes localizados en las filas seleccionadas se deberán comprobar los siguientes aspectos: 1. Se correspondan con el activo regulado CUAR desarrollado en el ejercicio o con el OFC de inversión declarado en la fila. Indagación e inspección registros y documentación soporte. 2. No tengan la consideración de costes no localizables según apdo. 4.7.3 Anexo IV, con independencia de que el tipo de coste declarado fuera localizable. 3. Se correspondan con la naturaleza del tipo de coste declarado en la fila (conforme definiciones apdo.3 Anexo IV). 4. Sean costes directos a los CUAR u OFC de inversión en los que se hubieran localizado (conforme definición apdo.3 Anexo IV). 5. Se hayan localizado conforme a las reglas de localización del apdo. 4.7.4. Anexo IV. 6. Se encuentren registrados en la cuenta contable indicada en la fila. Inspección registros contables. 7. Su valor monetario coincida con la información que figura en los registros contables y esté debidamente justificado por documentación soporte (ej, facturas de compra, documentos notariales, facturas de trabajos subcontratados a terceros, por servicios recibidos, justificantes de pago de los anticipos a cuenta realizados en el ejercicio, etc.). 8. Se correspondan con el concepto de coste declarado en la fila (conforme apto. 4.7.4.2.1. Anexo IV). Indagación e inspección documentación soporte. En concreto, para el concepto de coste «Materiales y equipos», inspección de la documentación soporte tanto de la compra como de su recepción (factura y/o contrato y albarán de entrada) y comprobar que se corresponden efectivamente con el tipo de material y equipo declarado. 9. En concreto, para el concepto de coste «Gastos financieros activados» (GFA), indagar el cálculo de los intereses financieros activados hasta la puesta en condiciones de funcionamiento de los activos. Cuando correspondan al tipo de coste CC-51, se hubieran localizado en un CUAR en estado M (en desmantelamiento) conforme apdo. 6.3 Anexo IV. Inspeccionar registros contables y justificantes de pago de los importes satisfechos por dicho concepto en el ejercicio del desmantelamiento. 10. Cuando correspondan al tipo de coste CC-48 por compras de gas talón, colchón o mínimo de llenado, se hubieran localizado en el CUAR en estado S correspondiente a dichos tipos de activos. Inspección documentación soporte de la compra en el ejercicio. 11. Cuando correspondan al tipo de coste CC-48 por compras de activo regulado en curso o al tipo de coste CC-47, se hubieran localizado en el OFC de Inversión de actividades no reguladas (conforme reglas de localización apto. 4.7.4 Anexo IV y apdo. 6.1 Anexo IV). 12. Cuando tengan origen en una operación con parte vinculada, estuviera identificado de manera individualizada en una fila en la que se indique el código asignado a dicha operación en el Bloque F9-DC7 y que el tipo de coste declarado en la fila sea coherente con el tipo de operación indicada en F9-DC7. 13. Cuando correspondan a una instalación cedida y financiada total o parcialmente por terceros, estuvieran identificados de forma individualizada en una fila en la que se indique el código asignado a la misma en F9-SI2/SI3. 14. No se correspondan con estimaciones de costes futuros provisionados ni costes posteriores a la puesta en condiciones de funcionamiento de los activos regulados. | | | |
| A-F7-L4 | Población. | Unidades monetarias del conjunto de filas declaradas en el Bloque F7-L4. | P&D V&E T | Indagación. Inspección registros contables y documentación soporte. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de muestreo. | Unidades monetarias declaradas en cada fila. | | | |
| Comprobaciones. | Para los ingresos localizados en cada una de las filas se deberán comprobar los siguientes aspectos: 1. Se correspondan con el activo regulado CUAR desarrollado en el ejercicio o con el OFC de inversión declarado en la fila. Indagación e inspección de registros y documentación soporte. 2. No tengan la consideración de ingresos no localizables, conforme al apdo. 4.7.4 del Anexo IV. 3. Se correspondan con la naturaleza del tipo de ingreso declarado en la fila (conforme definiciones apdo.3 Anexo IV). 4. Se hayan localizado en el CUAR/OFC que les corresponda atendiendo a los criterios del apdo. 4.7.2 Anexo IV y a las reglas de localización del apdo. 4.7.4 Anexo IV. 5. Se encuentren registrados en la cuenta contable indicada en la fila. Inspección registros contables. 6. Su valor monetario coincida con la información que figura en los registros contables y en la documentación soporte correspondiente. 7. Cuando tengan origen en una operación con parte vinculada, estuviera declarado de manera individualizada en una fila en la que se indique el código asignado a dicha operación en el Bloque F9-DC8 y que el tipo de ingreso declarado en la fila sea coherente con el tipo de operación indicado en F9-DC8. 8. Cuando se trate de una subvención a la explotación (CI-15) estuviera identificado de manera individualizada en una fila en la que se indique el código asignado a dicha operación en el Bloque F9-DC6. | | | |
| A-F7-L5 | Población. | Unidades monetarias del conjunto de filas declaradas en el Bloque F7-L5. | P&D V&E T R A C | Indagación. Inspección registros y documentación soporte. |
| Tipo de revisión. | Muestreo estadístico (en este caso, se recomienda muestreo por unidad monetaria MUM) o por combinación de muestreo de elementos específicos (significativos y/o excepcionales) y muestreo estadístico. | | | |
| Unidad de muestreo. | Unidades monetarias declaradas en cada fila en caso MUM o filas del Bloque para otros tipos de muestreo. | | | |
| Comprobaciones. | Para los costes localizados en las filas seleccionadas se deberán comprobar los siguientes aspectos: 1. Se correspondan con el activo regulado CUAR en servicio o con el OFC de O&M declarado. Indagación e inspección registros y documentación soporte. 2. No tengan la consideración de tipo de coste no localizable, conforme al apdo. 4.7.3 del Anexo IV, con independencia de que el tipo de coste declarado fuera localizable. 3. Se correspondan con la naturaleza del tipo de coste declarado en la fila (conforme a las definiciones apdo. 3 Anexo IV). 4. Sean costes directos al activo CUAR, al tipo de activo o a la actividad (OFC O&M) declarados en la fila. 5. Se hayan localizado conforme a las reglas de localización del apdo. 4.7.4. Anexo IV y en concreto apdo. 4.7.4.2.2 Anexo IV. 6. Se encontrasen registrados en la cuenta contable indicada en la fila. 7. Que su valor monetario coincida con la información que figura en los registros contables o en su caso, estuviera conciliado con la información que figura en los mismos. Indagación e inspección de la documentación soporte justificativa. 8. Se correspondan con el concepto de coste declarado en la fila conforme apdo.4.7.4.2.2 Anexo IV. Indagación e inspección documentación soporte. (ej. Facturas por recepción de servicios de operación y mantenimiento, de inspección de instalaciones, de seguridad y vigilancia, de subcontratación de personal para tareas de operación y mantenimiento, facturas por reparaciones de activos regulados, etc.). 9. En concreto, cuando correspondan al tipo de coste CC-01, inspeccionar documentación soporte de la compra y de la recepción (factura y albarán de entrada). 10. Se correspondan con el centro de mantenimiento declarado en la fila. Indagación y evaluación coherencia. 11. Cuando tengan origen en una operación con parte vinculada, esté identificado de manera individualizada en una fila en la que se indique el código asignado a dicha operación en el Bloque F9-DC7 y que el tipo de coste declarado en la fila sea coherente con el tipo de operación indicado en F9-DC7. 12. Que el carácter fijo/variable o recurrente o no recurrente declarado para cada coste fuera coherente con la naturaleza del coste y con el concepto de coste al que corresponde (conforme definiciones apdo. 3 Anexo IV). 13. Cuando correspondan a costes relacionados con actividades de investigación y desarrollo, se hubieran localizado en el OFC de O&M de actividades no reguladas. 14. No se correspondan con estimaciones de costes futuros provisionados. | | | |
| A-F7-L6 | Población. | Unidades monetarias del conjunto de filas declaradas en el Bloque F7-L6. | P&D V&E T | Indagación. Inspección registros y documentación soporte. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de muestreo. | Unidades monetarias declaradas en cada fila. | | | |
| Comprobaciones. | Para los importes localizados en cada una de las filas se deberán comprobar los siguientes aspectos: 1. Se correspondan con el activo regulado CUAR en servicio o con el OFC de O&M declarado. Indagación e inspección registros y documentación soporte. 2. No tengan la consideración de ingresos no localizables, conforme al apdo. 4.7.4 Anexo IV. 3. Se correspondan con la naturaleza del tipo de ingreso declarado en la fila, conforme a las definiciones del apdo. 3 Anexo IV. 4. Se hayan localizado conforme a lo dispuesto en el apdo. 4.7.2 Anexo IV y en el apdo.4.7.4 Anexo IV. 5. Se encuentren registrados en la cuenta contable indicada en la fila. Inspección registros contables. 6. Su valor monetario coincida con los registros contables. Inspección de los registros y de la documentación soporte correspondiente. 7. Cuando tengan origen en una operación con parte vinculada, estén identificados de manera individualizada en una fila en la que se indique el código asignado a dicha operación en el Bloque F9-DC8. 8. Cuando se trate de un ingreso por una subvención a la explotación (CI-15) estuviera identificado de manera individualizada en una fila en la que se indique el código asignado a la misma en el Bloque F9-DC6. 9. Cuando se trate de un ingreso por transferencia a resultados de subvenciones de capital, estuviera identificado de manera individualizada en una fila F7-L6 con un código asignado a dicha operación en el Bloque F9-SI1. 10. Cuando correspondan al tipo de ingreso CI-18, se hubieran localizado en el OFC de O&M en el que se encuentra asignado el activo cedido. Indagar sobre la cesión de uso de activos regulados e inspeccionar documentación soporte de la misma. | | | |
| A-F7-R1-1 | Población. | Valores declarados para el indicador IC-1 para cada CECO en el Bloque F7-R1. | P&D T | Indagación. Inspección. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de examen. | Cada fila del Bloque F7-R1 para los indicadores IC-1. | | | |
| Comprobaciones. | 1. Coincidencia entre la suma de los valores de este indicador (número medio de personas del ejercicio del conjunto de CECOS) y la plantilla media total del ejercicio declarada en las cuentas anuales auditadas. 2. Evaluar la coherencia entre la distribución del número medio de personas entre los CECOS del Sistema IRC y la distribución del número medio de personas entre los CECOS reales de su estructura organizativa conforme a la descripción aportada por el sujeto obligado en el «Procedimiento_Sistema_IRC.pdf». 3. Comprobar distribución personas por CECOS del Sistema IRC a través de los registros o documentación soporte, teniendo en cuenta la equivalencia con los CECOS reales. | | | |
| A-F7-R1-2 | Población. | Valores declarados para el indicador IC-2 para cada CECO en el Bloque F7-R1. | P&D TI | Indagación. Inspección. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de examen. | Cada fila del Bloque F7-R1 para los indicadores IC-2. | | | |
| Comprobaciones. | Comprobar el número de personas equivalentes declaradas en cada CECO del Sistema IRC a través de los registros o documentación soporte, teniendo en cuenta su equivalencia con los CECOS reales. | | | |
| A-F7-R1-4 | Población. | Valores declarados para el indicador IC-3 e IC-4 para cada CECO principal en el Bloque F7-R1. | P&D TI | Indagación. Inspección. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de muestreo. | Cada fila del Bloque F7-R1 para los indicadores IC-3 y IC-4. | | | |
| Comprobaciones. | Comprobar los valores declarados para estos indicadores en cada CECO a través de la inspección en los sistemas del número de pedidos realizados y su importe por el CECO principal de compras y aprovisionamiento al CECO auxiliar, teniendo en cuenta su equivalencia con los CECOS reales del sujeto obligado. | | | |
| A-F7-R2 | Población. | Valores declarados para los % de nivel de dedicación de los CECOS auxiliares a los CECOS de destino. | P&D T R | Indagación. Inspección. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de examen. | Cada fila del Bloque F7-R2. | | | |
| Comprobaciones. | 1. Evaluar que el criterio aplicado para el cálculo de los porcentajes de nivel de dedicación declarados para la imputación de los costes de los CECOS auxiliares CC-A5 y CC-A8 a los CECOS principales sea medida razonable del consumo cuantitativo que dicho CECO principal realiza del CECO auxiliar. 2. Comprobar la trazabilidad de las variables que intervienen en el cálculo del porcentaje del nivel de dedicación con la información que figura en el Sistema de Costes interno del sujeto obligado, teniendo en cuenta su equivalencia con los CECOS reales del sujeto obligado. 3. Comprobar documentación soporte para cada porcentaje. | | | |
| A-F7-R3 | Población. | Valores declarados para los porcentajes de nivel de dedicación de los CECOS auxiliares a los CECOS principales en cada actividad. | P&D T R | Indagación. Inspección. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de examen. | Cada fila del Bloque F7-R3. | | | |
| Comprobaciones. | 1. Comprobar que los criterios aplicados coincidan con los descritos en el «Procedimiento_Sistema_IRC.pdf» para el cálculo del porcentaje del nivel de dedicación. 2. Evaluar que los criterios aplicados en el cálculo de los porcentajes respondan realmente a una relación causa-efecto con respecto de los costes del CECO principal y sean coherentes con las reglas establecidas en el apdo. 4.7.5.2 del Anexo IV. 3. Inspeccionar las variables que intervienen en el cálculo del porcentaje del nivel de dedicación con la información que figura en su Sistema de Costes interno o documentación soporte, teniendo en cuenta su equivalencia con sus CECOS reales. 4. Inspección documentación soporte para cada porcentaje. | | | |
| A-F7-R4 | Población. | Valores declarados para los porcentajes de nivel de dedicación de los CECOS principales indicados en el Bloque a cada concepto de coste de los CUAR/OFC inversión. | P&D T R | Indagación. Inspección. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de examen. | Cada fila del Bloque F7-R4. | | | |
| Comprobaciones. | 1. Comprobar que se han cumplido las reglas establecidas en los apartados 4.7.5.1 del Anexo IV. 1. Comprobar que los criterios aplicados coincidan con los descritos en el documento «*Procedimiento_Sistema_IRC.pdf*» para el cálculo del porcentaje del nivel de dedicación. 2. Evaluar que los criterios aplicados en el cálculo de los porcentajes respondan realmente a una relación causa-efecto, con respecto de los costes de cada CUAR u OFC y sean coherentes con las reglas establecidas en el apdo.4.7.5.1 del Anexo IV. 3. Inspeccionar las variables que intervienen en el cálculo de los porcentajes de nivel de dedicación con la información que figura en su Sistema de Costes interno o documentación soporte interna, teniendo en cuenta su equivalencia con sus CECOS reales. 4. Inspeccionar documentación soporte de cada porcentaje. | | | |
| A-F7-R5 | Población. | Valores declarados para los porcentajes de nivel de dedicación de los CECOS principales indicados en el Bloque a cada concepto de coste de los OFC O&M. | P&D T R | Indagación. Inspección. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de examen. | Cada fila del Bloque F7-R5. | | | |
| Comprobaciones. | Se realizarán las mismas comprobaciones que para la prueba A-F7-R4. | | | |
| A-F7-R7 | Población. | Valores declarados para los porcentajes de nivel de dedicación de los CECOS principales indicados en el Bloque para cada actividad a cada concepto de coste de los CUAR/OFC inversión. | P&D T R | Indagación. Inspección. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Muestreo estadístico aleatorio simple. | | | |
| Unidad de examen. | Filas del Bloque F7-R7. | | | |
| Comprobaciones. | Se realizarán las mismas comprobaciones que para la prueba A-F7-R4 teniendo en cuenta la separación por actividades. | | | |
| A-F7-R8 | Población. | Valores declarados para los porcentajes de nivel de dedicación de los CECOS principales indicados en el Bloque para cada actividad a cada concepto de coste de los OFC O&M. | P&D T R | Indagación. Inspección. Re-cálculo. |
| Tipo de revisión. | Muestreo estadístico aleatorio simple. | | | |
| Unidad de examen. | Filas del Bloque F7-R8. | | | |
| Comprobaciones. | Se realizarán las mismas comprobaciones que para la prueba A-F7-R5 teniendo en cuenta la separación de actividades. | | | |
| A-FA-R9 | Población. | Valor bruto y amortización acumulada del inmovilizado desagregado por actividad y CECOS. | P&D T R | Indagación. Inspección. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de examen. | Filas del Bloque F7-R9. | | | |
| Comprobaciones. | Inspeccionar que se está declarando exclusivamente el valor del inmovilizado al que se refiere el apdo. 4.7.5.2 del Anexo IV («Activos corporativos y resto»). Inspeccionar la documentación soporte del reparto de dicho inmovilizado por actividad y CECO. | | | |
| A-F8-R1 | Población. | Porcentajes de reparto de costes entre activos cuando se producen reclasificaciones de costes en un proyecto. | P&D R A C | Inspección. |
| Tipo de revisión. | Examen 100%. | | | |
| Unidad de examen. | Filas del Bloque F8-R1. | | | |
| Porcentaje. | 1. Comprobar que la declaración del reparto de costes, por cada concepto de coste, entre los activos indicados en el bloque para cada concepto de coste se hubiera realizado conforme a las reglas establecidas en el apdo. 4.8 del Anexo IV. 2. Comprobar los porcentajes declarados a través de documentación soporte justificativa. | | | |
Antes| Código prueba | Población | Tipo de Revisión | Unidad de muestreo | Comprobaciones | AF | Técnica de comprobación |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| A-F9-DC1 | Valor cuentas del BSS declarados en F9-DC1. | Examen 100%. | Filas de cuentas contables (nivel de desglose exigido). | 1. Comprobar, para cada una de las filas del balance de sumas y saldos (en adelante BSS) declarado, que todos los datos solicitados coinciden con los que figuran en sus registros contables a fecha de cierre del ejercicio. 2. Comprobar que el BSS declarado hubiera servido de base para la elaboración de las cuentas anuales auditadas del ejercicio. | P&D T V&E | Observación. Inspección registros contables. |
| A-F9-DC4-1 | Costes por actividad regulada declarados en F9-DC4. | Examen 100%. | Filas de tipos de costes (cuentas Grupo 6) de las actividades reguladas. | Comprobar que la suma de los importes de los tipos de costes por cada actividad regulada, registrados en cuentas de gastos del BSS en F9-DC4, coincida con la suma de gastos por cada actividad regulada de la cuenta de pérdidas y ganancias separada por actividades que figura en la memoria de las cuentas anuales de las empresas eléctricas (conforme exigencia del artículo 20. 3 Ley 24/2013). | P&D T SC V&E | Inspección. |
| A-F9-DC4-2 | Tipos de costes declarados en F9-DC4. | Examen 100%. | Filas de un mismo tipo de coste. | 1. Comprobar la coherencia de la correlación realizada en el Bloque F9-DC4 entre cada tipo de coste con las cuentas de gastos del BSS (cuentas Grupo 6). 2. Comprobar la coherencia de la correlación realizada en el Bloque F9-DC4 entre cada tipo de coste por altas de inmovilizado con la información que figura en sus registros contables como adiciones por altas en las Cuentas Grupo 2. 3. Verificar para cada tipo de coste que las cuentas contables con las que se hubiera correlacionado cumplan las definiciones de los tipos de costes del apdo.3 Anexo IV Instrucciones. | P&D T | Inspección. |
| A-F9-DC4-3 | Valor cuentas contables por actividad declaradas en F9-DC4. | Muestreo estadístico o combinado. | Filas correspondientes a una misma cuenta contable para cada actividad. | Comprobar los importes declarados en cada una de las cuentas contables separadas entre las actividades para las que se exige llevar una contabilidad separada (conforme artículo 20.2 de la Ley del Sector Eléctrico y el artículo 62.2 de la Ley 34/1998 del Sector de Hidrocarburos). Inspección sistemas y documentación soporte. | P&D T SC V&E | Inspección. |
| A-F9-DC5-1 | Valor ingresos por actividad declarados en F9-DC5. | Examen 100%. | Filas de tipos de ingresos de actividades reguladas. | Comprobar que la suma de los importes de los tipos de ingresos por cada actividad regulada, registrados en cuentas de ingresos del BSS en F9-DC5, coincida con la suma de ingresos por cada actividad regulada de la cuenta de pérdidas y ganancias separada por actividades que figura en la memoria de las cuentas anuales de las empresas eléctricas (conforme exigencia del artículo 20. 3 Ley 24/2013). | P&D T SC V&E | Inspección. |
| A-F9-DC5-2 | Tipos de ingresos declarados en F9-DC5. | Examen 100%. | Filas de un mismo tipo de ingreso. | 1. Comprobar la coherencia de la correlación realizada en F9-DC5 entre cada tipo de ingreso y las cuentas del BSS (cuentas del grupo 7). 2. Verificar para cada tipo de ingreso que las cuentas contables con las que se ha correlacionado cumplan las definiciones de los tipos de ingresos del apdo. 3 del Anexo IV Instrucciones. | P&D T | Inspección. |
| A-F9-DC5-3 | Valor cuentas contables por actividad declaradas en F9-DC5. | Muestreo estadístico. | Filas correspondientes a una misma cuenta contable para cada actividad. | Comprobar los importes declarados en cada una de las cuentas contables separadas entre las actividades para las que se exige llevar una contabilidad separada (conforme artículo 20.2 de la Ley del Sector Eléctrico y el artículo 62.2 de la Ley 34/1998 del Sector de Hidrocarburos). Inspección de los sistemas contables y documentación soporte. | P&D T SC V&E | Inspección. |
| A-F9-DC5-4 | Tipos de ingresos no localizables declarados en F9-DC5. | Muestreo estadístico o combinado. | Filas de tipos de ingresos no localizables. | Para cada una de las filas examinadas el auditor deberá comprobar que no se hubieran registrado ingresos que tengan la consideración de localizable conforme a lo dispuesto en el apdo. 4.7.2 y en el apdo. 4.7.4 del Anexo IV. Para ello deberá inspeccionar los registros contables y la documentación soporte del ingreso para acreditar su carácter no localizable. El tipo de ingreso CI-29 deberá ser examinado de forma aislada, debiéndose examinar el 100% de los ingresos incluidos. | P&D | Inspección. |
| A-F9-DC6 | Subvenciones a la explotación recibidas en el ejercicio. | Examen 100%. | Código operación. | Comprobar información declarada en los campos a través de la inspección de los registros contables y documentación soporte justificativa de la operación. | T V&E | Inspección registros y documentación soporte. |
| A-F9-DC7 | Operaciones con partes vinculadas realizadas en el ejercicio declaradas en F9-DC7. | Examen 100%. | Código operación. | 1. Comprobar que los datos declarados para cada operación sean coincidentes con la información que figura en los registros contables y en la documentación soporte de la operación (facturas, contratos, conciliaciones de transacciones inter-company a cierre del ejercicio, etc.). 2. Comprobar que el tipo de operación declarado sea coherente con la naturaleza de la transacción que figura en los registros contables y documentación soporte y con los tipos de costes en los que se hubiera registrado la transacción en los Bloques F7-L1, L3 y L5. 3. Verificar el margen declarado en cada operación a través de la inspección de los contratos con partes vinculadas aportados por el sujeto obligado, y en su defecto, a través de la información contenida en sus registros contables u otra documentación soporte | T V&E | Inspección registros y documentación soporte. |
| A-F9-DC8 | Operaciones con partes vinculadas realizadas en el ejercicio declaradas en F9-DC8. | Examen 100%. | Código operación. | 1. Se realizarán las mismas comprobaciones que para la prueba A-F9-DC8. 2. Comprobación de la coherencia entre el tipo de operación declarado con los tipos de ingresos en los que se hubiera registrado la transacción en los Bloques F7-L2, F7-L4 y F7-L6 | T V&E | Inspección registros y documentación soporte. |
| A-F9-DC9 | Cuentas de gastos activadas vía TREI. | Examen 100%. | Cuentas BSS. | Cotejar la información relativa a la naturaleza de los gastos que se incorporaron como mayor valor contable de los activos vía «Trabajos realizados por la empresa para su inmovilizado» (TREI) en el ejercicio con la información que figure en las cuentas anuales del ejercicio a este respecto. Inspección documentación soporte del cálculo de los costes activados como mayor valor de los activos en el ejercicio. | T | Inspección. |
| A-F9-DC10 | Tipo de inversiones en instrumentos financieros en F9-DC10. | | Examen 100% Tipo de inversión. | Cotejar la información declarada en este Bloque con la información que figura a este respecto en las cuentas anuales del ejercicio y en sus en sus registros contables | T | Inspección. |
| A-F9-DI1 | Valor del inmovilizado y amortización acumulada por actividades declarado en F9-DI1. | Examen 100%. | Filas de F9-DI1. | 1. Comprobar que la suma del valor bruto menos la suma de la amortización del inmovilizado por cada actividad regulada coincida con el valor neto por actividad regulada del epígrafe de Inmovilizado en el Balance de Situación separado por actividades. 2. Comprobar el que valor bruto total del inmovilizado y la amortización acumulada a cierre del ejercicio coincida con la información declarada en las cuentas anuales en las notas referidas al inmovilizado. 3. Inspeccionar el método de la empresa para asignar el coste del inmovilizado y la amortización acumulada por actividad. 4. Cotejar los criterios aplicados para el reparto del inmovilizado por actividad con los Criterios para el reparto de los activos por actividad declarados en el «Procedimiento_Sistema_IRC». | T P&D SC | Inspección. Re-cálculo. |
| A-F9-DI2 | Movimiento del inmovilizado. | Examen 100%. | Filas del F9-DI2. | Verificar que coincide de forma agregada con el movimiento del inmovilizado declarado en la memoria de las cuentas anuales del ejercicio. Cotejar los datos declarados con los que figuran en sus registros contables (a nivel agrupado). Que el reparto efectuado para el inmovilizado por actividad sea coherente con el efectuado en el Bloque F9-DI1. | T | Inspección. |
| A-F9-DI3 A-F9-DI4 | Activos CUAR declarados en F9-DI3. | Examen 100%. | CUAR (filas Bloque F9-DI3). | 1. Verificar la información declarada a través de los registros auxiliares del inmovilizado y sus registros contables. a) Revisión total para los CUAR puestos en servicio en el ejercicio y en curso (Población tipo II,V y VI) b) Revisión de los activos de la base de datos a 31.12.2014 que estuvieran en servicio el 31.12.2013 que hubieran sido seleccionados para las pruebas específicas de la base de datos de activos antiguos (Población Tipo I). 2. Comprobar que la suma del valor bruto contable a cierre del ejercicio para los activos regulados coincida con el valor bruto contable de los activos regulados declarados en los bloques F9-DI2 y F9-DI1. | V&E T P&D | Inspección registros contables. |
| A-F9-SI1 A-F9-SI4 | Subvenciones de capital pendientes de imputar a resultados declaradas en F9-S1. | Examen 100%. | Código operación y código CUAR. | Verificar la información declarada a través de la información que figura en sus registros contables y en documentación soporte. | T V&E | Inspección. |
| A-F9-SI2 A-F9-SI3 A-F9-SI4 | Instalaciones cedidas y financiadas por terceros declaradas en F9-SI2 y SI-3. | Examen 100%. | Código operación. | Verificar la información declarada a través de la información que figura en sus registros contables y en documentación soporte. | T V&E | Inspección. |
| A-F9-PC1 | Facturación anual recibida de proveedores declarados en F9-DC1. | Muestreo estadístico. | Código proveedor. | Solicitar un detalle de los proveedores clasificado por importe de las transacciones realizadas en el ejercicio y comprobar que dichos proveedores están declarados en el Bloque F9-PC1. Comprobar los datos declarados con los datos que figuran para una muestra de proveedores, a través de los registros contables de la empresa. | T | Inspección. |
| A-F9-PC2 | Contratos o pedidos principales declarados en F9-PC2. | Muestreo estadístico. | Código contrato. | 1. Para una muestra de los contratos declarados en el F9-PC2, comprobar los datos declarados a través de la inspección de los contratos, pedidos u otra documentación soporte equivalente. 2. Comprobar el grado de ejecución de los contratos a través de indagación de dicha cuestión mediante entrevistas con los responsables de los contratos, inspección de registros contables y documentación soporte. 3 | T | Inspección. Indagación. |
Ahora| Código prueba | Población | Tipo de Revisión | Unidad de muestreo | Comprobaciones | AF | Técnica de comprobación |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| A-F9-DC1 | Valor cuentas del BSS declarados en F9-DC1. | Examen 100%. | Filas de cuentas contables (nivel de desglose exigido). | 1. Comprobar, para cada una de las filas del balance de sumas y saldos (en adelante BSS) declarado, que todos los datos solicitados coinciden con los que figuran en sus registros contables a fecha de cierre del ejercicio. 2. Comprobar que el BSS declarado hubiera servido de base para la elaboración de las cuentas anuales auditadas del ejercicio. | P&D T V&E | Observación. Inspección registros contables. |
| A-F9-DC4-1 | Costes por actividad regulada declarados en F9-DC4. | Examen 100%. | Filas de tipos de costes (cuentas Grupo 6) de las actividades reguladas. | Comprobar que la suma de los importes de los tipos de costes por cada actividad regulada, registrados en cuentas de gastos del BSS en F9-DC4, coincida con la suma de gastos por cada actividad regulada de la cuenta de pérdidas y ganancias separada por actividades que figura en la memoria de las cuentas anuales de las empresas eléctricas (conforme exigencia del artículo 20. 3 Ley 24/2013). | P&D T SC V&E | Inspección. |
| A-F9-DC4-2 | Tipos de costes declarados en F9-DC4. | Examen 100%. | Filas de un mismo tipo de coste. | 1. Comprobar la coherencia de la correlación realizada en el Bloque F9-DC4 entre cada tipo de coste con las cuentas de gastos del BSS (cuentas Grupo 6). 2. Comprobar la coherencia de la correlación realizada en el Bloque F9-DC4 entre cada tipo de coste por altas de inmovilizado con la información que figura en sus registros contables como adiciones por altas en las Cuentas Grupo 2. 3. Verificar para cada tipo de coste que las cuentas contables con las que se hubiera correlacionado cumplan las definiciones de los tipos de costes del apdo.3 Anexo IV Instrucciones. | P&D T | Inspección. |
| A-F9-DC4-3 | Valor cuentas contables por actividad declaradas en F9-DC4. | Muestreo estadístico o combinado. | Filas correspondientes a una misma cuenta contable para cada actividad. | Comprobar los importes declarados en cada una de las cuentas contables separadas entre las actividades para las que se exige llevar una contabilidad separada (conforme artículo 20.2 de la Ley del Sector Eléctrico y el artículo 62.2 de la Ley 34/1998 del Sector de Hidrocarburos). Inspección sistemas y documentación soporte. | P&D T SC V&E | Inspección. |
| A-F9-DC5-1 | Valor ingresos por actividad declarados en F9-DC5. | Examen 100%. | Filas de tipos de ingresos de actividades reguladas. | Comprobar que la suma de los importes de los tipos de ingresos por cada actividad regulada, registrados en cuentas de ingresos del BSS en F9-DC5, coincida con la suma de ingresos por cada actividad regulada de la cuenta de pérdidas y ganancias separada por actividades que figura en la memoria de las cuentas anuales de las empresas eléctricas (conforme exigencia del artículo 20. 3 Ley 24/2013). | P&D T SC V&E | Inspección. |
| A-F9-DC5-2 | Tipos de ingresos declarados en F9-DC5. | Examen 100%. | Filas de un mismo tipo de ingreso. | 1. Comprobar la coherencia de la correlación realizada en F9-DC5 entre cada tipo de ingreso y las cuentas del BSS (cuentas del grupo 7). 2. Verificar para cada tipo de ingreso que las cuentas contables con las que se ha correlacionado cumplan las definiciones de los tipos de ingresos del apdo. 3 del Anexo IV Instrucciones. | P&D T | Inspección. |
| A-F9-DC5-3 | Valor cuentas contables por actividad declaradas en F9-DC5. | Muestreo estadístico. | Filas correspondientes a una misma cuenta contable para cada actividad. | Comprobar los importes declarados en cada una de las cuentas contables separadas entre las actividades para las que se exige llevar una contabilidad separada (conforme artículo 20.2 de la Ley del Sector Eléctrico y el artículo 62.2 de la Ley 34/1998 del Sector de Hidrocarburos). Inspección de los sistemas contables y documentación soporte. | P&D T SC V&E | Inspección. |
| A-F9-DC5-4 | Tipos de ingresos no localizables declarados en F9-DC5. | Muestreo estadístico o combinado. | Filas de tipos de ingresos no localizables. | Para cada una de las filas examinadas el auditor deberá comprobar que no se hubieran registrado ingresos que tengan la consideración de localizable conforme a lo dispuesto en el apdo. 4.7.2 y en el apdo. 4.7.4 del Anexo IV. Para ello deberá inspeccionar los registros contables y la documentación soporte del ingreso para acreditar su carácter no localizable. El tipo de ingreso CI-29 deberá ser examinado de forma aislada, debiéndose examinar el 100% de los ingresos incluidos. | P&D | Inspección. |
| A-F9-DC6 | Subvenciones a la explotación recibidas en el ejercicio. | Examen 100%. | Código operación. | Comprobar información declarada en los campos a través de la inspección de los registros contables y documentación soporte justificativa de la operación. | T V&E | Inspección registros y documentación soporte. |
| A-F9-DC7 | Operaciones con partes vinculadas realizadas en el ejercicio declaradas en F9-DC7. | Examen 100%. | Código operación. | 1. Comprobar que los datos declarados para cada operación sean coincidentes con la información que figura en los registros contables y en la documentación soporte de la operación (facturas, contratos, conciliaciones de transacciones inter-company a cierre del ejercicio, etc.). 2. Comprobar que el tipo de operación declarado sea coherente con la naturaleza de la transacción que figura en los registros contables y documentación soporte y con los tipos de costes en los que se hubiera registrado la transacción en los Bloques F7-L1, L3 y L5. 3. Verificar el margen declarado en cada operación a través de la inspección de los contratos con partes vinculadas aportados por el sujeto obligado, y en su defecto, a través de la información contenida en sus registros contables u otra documentación soporte | T V&E | Inspección registros y documentación soporte. |
| A-F9-DC8 | Operaciones con partes vinculadas realizadas en el ejercicio declaradas en F9-DC8. | Examen 100%. | Código operación. | 1. Se realizarán las mismas comprobaciones que para la prueba A-F9-DC8. 2. Comprobación de la coherencia entre el tipo de operación declarado con los tipos de ingresos en los que se hubiera registrado la transacción en los Bloques F7-L2, F7-L4 y F7-L6 | T V&E | Inspección registros y documentación soporte. |
| A-F9-DC9 | Cuentas de gastos activadas vía TREI. | Examen 100%. | Cuentas BSS. | Cotejar la información relativa a la naturaleza de los gastos que se incorporaron como mayor valor contable de los activos vía «Trabajos realizados por la empresa para su inmovilizado» (TREI) en el ejercicio con la información que figure en las cuentas anuales del ejercicio a este respecto. Inspección documentación soporte del cálculo de los costes activados como mayor valor de los activos en el ejercicio. | T | Inspección. |
| A-F9-DC10 | Tipo de inversiones en instrumentos financieros en F9-DC10. | | Examen 100% Tipo de inversión. | Cotejar la información declarada en este Bloque con la información que figura a este respecto en las cuentas anuales del ejercicio y en sus en sus registros contables | T | Inspección. |
| A-F9-DI1 | Valor del inmovilizado y amortización acumulada por actividades declarado en F9-DI1. | Examen 100%. | Filas de F9-DI1. | 1. Comprobar que la suma del valor bruto menos la suma de la amortización del inmovilizado por cada actividad regulada coincida con el valor neto por actividad regulada del epígrafe de Inmovilizado en el Balance de Situación separado por actividades. 2. Comprobar el que valor bruto total del inmovilizado y la amortización acumulada a cierre del ejercicio coincida con la información declarada en las cuentas anuales en las notas referidas al inmovilizado. 3. Inspeccionar el método de la empresa para asignar el coste del inmovilizado y la amortización acumulada por actividad. 4. Cotejar los criterios aplicados para el reparto del inmovilizado por actividad con los Criterios para el reparto de los activos por actividad declarados en el «Procedimiento_Sistema_IRC». | T P&D SC | Inspección. Re-cálculo. |
| A-F9-DI2 | Movimiento del inmovilizado. | Examen 100%. | Filas del F9-DI2. | Verificar que coincide de forma agregada con el movimiento del inmovilizado declarado en la memoria de las cuentas anuales del ejercicio. Cotejar los datos declarados con los que figuran en sus registros contables (a nivel agrupado). Que el reparto efectuado para el inmovilizado por actividad sea coherente con el efectuado en el Bloque F9-DI1. | T | Inspección. |
| A-F9-DI3 A-F9-DI4 | Activos CUAR declarados en F9-DI3. | Examen 100%. | CUAR (filas Bloque F9-DI3). | Verificar la información declarada a través de los registros auxiliares del inmovilizado y sus registros contables. a) Revisión total para los CUAR puestos en servicio en el ejercicio y en curso (Población tipo II,V y VI) b) Revisión de los activos de la base de datos a 31.12.2014 que estuvieran en servicio el 31.12.2013 que hubieran sido seleccionados para las pruebas específicas de la base de datos de activos antiguos (Población Tipo I). | V&E T P&D | Inspección registros contables. |
| A-F9-SI1 A-F9-SI4 | Subvenciones de capital pendientes de imputar a resultados declaradas en F9-S1. | Examen 100%. | Código operación y código CUAR. | Verificar la información declarada a través de la información que figura en sus registros contables y en documentación soporte. | T V&E | Inspección. |
| A-F9-SI2 A-F9-SI3 A-F9-SI4 | Instalaciones cedidas y financiadas por terceros declaradas en F9-SI2 y SI-3. | Examen 100%. | Código operación. | Verificar la información declarada a través de la información que figura en sus registros contables y en documentación soporte. | T V&E | Inspección. |
| A-F9-PC1 | Facturación anual recibida de proveedores declarados en F9-DC1. | Muestreo estadístico. | Código proveedor. | Solicitar un detalle de los proveedores clasificado por importe de las transacciones realizadas en el ejercicio y comprobar que dichos proveedores están declarados en el Bloque F9-PC1. Comprobar los datos declarados con los datos que figuran para una muestra de proveedores, a través de los registros contables de la empresa. | T | Inspección. |
| A-F9-PC2 | Contratos o pedidos principales declarados en F9-PC2. | Muestreo estadístico. | Código contrato. | 1. Para una muestra de los contratos declarados en el F9-PC2, comprobar los datos declarados a través de la inspección de los contratos, pedidos u otra documentación soporte equivalente. 2. Comprobar el grado de ejecución de los contratos a través de indagación de dicha cuestión mediante entrevistas con los responsables de los contratos, inspección de registros contables y documentación soporte. 3 | T | Inspección. Indagación. |
Antesl) Indicación que el trabajo realizado no tiene la naturaleza de auditoría de cuentas ni se encuentra sometido al Real Decreto Legislativo 1/2011 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, o norma que lo sustituya.
Ahoral) Indicación de que el trabajo realizado no tiene la naturaleza de auditoría de cuentas ni se encuentra sometido a la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, o norma que lo sustituya.