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20 ago 2016

Ley 8/2012, de 19 de julio, del Turismo de las Illes Balears

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 44
EliminadoIgualmente, la licencia de obras, la licencia de apertura y la licencia de funcionamiento de reformas, ampliaciones o nuevos establecimientos de alojamiento de turismo rural, excepto si se trata de hoteles rurales de nueva creación, no estarán sujetas a la evaluación de impacto ambiental a que se refiere el grupo 7 h) del anexo II de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears.
EliminadoReglamentariamente deberán establecerse los criterios sobre longitud, tamaño y uso que pudieran constituir un límite a dicha excepción de evaluación por considerar que dichas magnitudes o usos podrían tener repercusiones sobre el medio ambiente.