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17 feb 2016
Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género
Qué ha cambiado (2 artículos)
Disposición adicional quinta▾
Eliminado1. Se crea el Consejo Gallego de las Mujeres como órgano colegiado e institucional de Galicia, de carácter consultivo, de participación y asesoramiento en materia de políticas de igualdad, que tendrá, entre otras, la función de colaborar con el Gobierno de la Xunta de Galicia en el desarrollo de la aplicación de la presente ley, dado que es necesario reconocer la importante labor desempeñada por muchas asociaciones de mujeres en la lucha contra la violencia de género, así como establecer vías estables de interlocución entre la Administración gallega y el entramado asociativo de mujeres que busquen el mayor consenso posible en el diseño de políticas contra la violencia machista.
Antes2. Su naturaleza, fines, composición y adscripción se establecerán reglamentariamente.
Ahora**(Derogada).**
Disposición adicional séptima▾
Eliminado1. Se creará la Comisión Interdepartamental de Igualdad como órgano colegiado e institucional de Galicia, a la que corresponderán, entre otras, las funciones de seguimiento de la aplicación de la presente ley y de los correspondientes planes para la igualdad de oportunidades y de lucha contra la violencia de género.
EliminadoIgualmente, será objeto de esta comisión adaptar el plan de etapas de aplicación de la presente ley a las cuantías presupuestarias anuales consignadas para su desarrollo en las leyes de presupuestos de cada ejercicio.
Antes2. Las restantes funciones, régimen de funcionamiento, composición y adscripción se establecerán reglamentariamente.
Ahora**(Derogada).**