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31 dic 2015

Ley 3/1999, de 4 de febrero, del Fondo Canario de Financiación Municipal

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 1
Eliminado2. El Fondo será dotado con los créditos que se consignen en las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, que tendrán la consideración de transferencias y se regirán, en todo caso, por lo establecido en la presente Ley.
EliminadoEl importe consignado será revisado anualmente de forma provisional, en función de la evolución de las previsiones iniciales de los ingresos no financieros consolidados de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, sin incluir los relativos a la financiación afectada externa.
AntesEl importe definitivo del Fondo en cada año será el que resulte de computar la evolución de los derechos reconocidos netos de los mencionados ingresos de la liquidación del ejercicio presupuestario correspondiente respecto de los del ejercicio inmediato anterior.
Ahora2. El fondo será dotado con los créditos que se consignen en las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, que tendrán la consideración de transferencias y se regirán, en todo caso, por lo establecido en la presente ley.
Párrafo añadido
El importe consignado será revisado anualmente de forma provisional, en función de la evolución de las previsiones iniciales de los ingresos no financieros consolidados de las leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, sin incluir los relativos a la financiación afectada externa.
Párrafo añadido
El importe definitivo del fondo en cada año será el que resulte de computar la evolución de los derechos reconocidos netos de los mencionados ingresos de la liquidación del ejercicio presupuestario correspondiente respecto de los del ejercicio inmediato anterior.
AntesEn cualquier caso, la cuantía anual del Fondo no será inferior a la acordada por el Gobierno para el año 2012 (206.532.903,10 euros).
AhoraLa cuantía resultante de la liquidación señalada en el párrafo anterior se distribuirá conforme a los criterios del ejercicio de procedencia y su destino será el previsto para el ejercicio en que se consigne presupuestariamente.
Párrafo añadido
En cualquier caso, la cuantía anual del fondo no será inferior a la acordada por el Gobierno para el año 2012 (206.532.903,10 euros).