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19 dic 2015
Ley 5/1994, de 1 de agosto, del Estatuto Regional de la Actividad Política
Qué ha cambiado (6 artículos)
Artículo 1▾
EliminadoLos diputados regionales y los altos cargos ejercerán su actividad política con lealtad a los intereses generales de la Región de Murcia, y con respecto a los principios de legalidad, objetividad, igualdad y eficacia que deben presidir todo servicio público.
AntesEl incumplimiento de estos deberes será sancionado en la forma establecida en esta Ley.
AhoraLas diputadas y diputados regionales, así como los altos cargos ejercerán su actividad política de servicio público con lealtad al interés general de la ciudadanía de la Región de Murcia, integridad, objetividad, transparencia y eficacia. El incumplimiento de estos deberes será sancionado en la forma establecida en esta ley.
Artículo 3▾
Antes2. Conforme al artículo 25.4 del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, no percibirán retribución fija por su cargo representativo, sino únicamente las dietas que se determinen por el ejercicio del mismo.
Ahora2. Las diputadas y diputados regionales percibirán una asignación económica suficiente, que les permita cumplir eficaz y dignamente su función. Dichas retribuciones serán públicas y deberán ser fijadas de acuerdo con la normativa aplicable en cada caso y dentro de los límites previstos en el presupuesto que les resulte aplicable.
Artículo 5▾
AntesLa condición de diputado regional es compatible con la actividad profesional privada, con el desempeño en activo de cualquier puesto en la Función Pública, con el ejercicio del comercio, de la industria, del arte, o de cualquier otra actividad lucrativa. También lo es con la percepción de cualquiera pensión del sistema público de la Seguridad Social o de las Clases Pasivas, y, en general, con el medio de vida que el diputado tuviera antes de ostentar esta representación.
AhoraLas diputadas y diputados regionales que desempeñen su cargo en régimen de dedicación exclusiva, no podrán compatibilizar su actividad con el ejercicio por si o mediante sustitución o apoderamiento, de cualquier puesto, cargo, representación, profesión o actividad retribuida de carácter público o privado, por cuenta propia o ajena.
Párrafo añadido
Asimismo, será incompatible con la percepción de pensión de jubilación o retiro por Derechos Pasivos, o por cualquier régimen de Seguridad Social público y obligatorio.
Artículo 7▾
AntesLos diputados regionales, durante su mandato representativo deberán abstenerse de ejercer la actividad de contratista de obras, servicios, asistencia o suministros con la Administración regional, organismos autónomos y empresas públicas regionales, así como desempeñar cargos que lleven anexas funciones de dirección, representación o asesoramiento en empresas que ejerzan estas actividades.
AhoraLos diputados regionales, durante su mandato representativo, y durante un periodo de dos años posterior al cese de su mandato, deberán abstenerse de ejercer la actividad de contratista de obras, servicios, asistencia o suministros, individualmente o a través de una sociedad de la que sea propietario o copropietario, con la Administración regional, organismos autónomos y empresas públicas regionales, así como desempeñar cargos que lleven aparejadas funciones de dirección, representación o asesoramiento en empresas que ejerzan estas actividades.
Artículo 13▾
Antesd) El objeto social de las sociedades de cualquier clase en la que tengan intereses.
Ahorad) El objeto social de las sociedades de cualquier clase en la que tengan intereses el alto cargo, su cónyuge, sea cual sea el régimen económico matrimonial o persona que conviva en análoga relación de afectividad.
Párrafo añadido
e) Las sociedades participadas por aquellas otras que sean objeto de declaración según el apartado d) con señalamiento de sus respectivos objetos sociales.
Párrafo añadido
4. Declaraciones tributarias.
Párrafo añadido
Los altos cargos aportarán junto con las declaraciones iniciales y las del cese, una copia de la última declaración tributaria correspondiente al impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y al impuesto sobre el patrimonio que, en su caso, haya tenido la obligación de presentar el declarante ante la Administración Tributaria. También se podrá aportar, voluntariamente, la declaración de su cónyuge o persona con quien conviva en análoga relación de afectividad referida a esos tributos. Dichas declaraciones se depositarán en el Registro como información complementaria, rigiéndose el acceso a las mismas por su normativa específica.
Párrafo añadido
5. Las personas a que se refiere esta ley, aportarán anualmente certificación de la Administración Tributaria en la que acrediten estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones con la Hacienda pública.
Artículo 19▸
EliminadoLos diputados que incumplieren los deberes de lealtad con los intereses generales, objetividad, eficacia y respeto al principio de igualdad, podrán ser sancionados en la forma que establece el artículo 16 del Reglamento de la Cámara.
AntesSi la Comisión del Estatuto del Diputado y de la actividad política apreciase en la conducta del diputado indicios racionales de delito o falta, propondrá al Pleno que acuerde pasar el tanto de culpa a los Tribunales de Justicia. En todo caso, instará del Consejo de Gobierno que promueva la revisión de los actos y contratos en los que, indebidamente, hubiere intervenido el diputado y que exija la responsabilidad penal o la indemnización de daños y perjuicios a que hubiere lugar, de acuerdo con la legislación correspondiente.
AhoraLos diputados que incumplieren los deberes de lealtad con los intereses generales, objetividad, eficacia y respeto al principio de igualdad, así como los que incumplieren el régimen de incompatibilidades y deber de abstención, podrán ser sancionados en la forma que establece el Reglamento de la Cámara.
Párrafo añadido
Si la Comisión del Estatuto del Diputado y de la Actividad Política apreciase en la conducta del diputado indicios racionales de delito o falta, propondrá al Pleno que acuerde pasar el tanto de culpa a los tribunales de justicia. En todo caso, instará del Consejo de Gobierno a que promueva la revisión de los actos y contratos en los que indebidamente hubiere intervenido el diputado y que exija la responsabilidad penal o la indemnización de daños y perjuicios a que hubiere lugar, de acuerdo con la legislación correspondiente.