Saltar al contenido
← Volver
24 oct 2015

Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición adicional tercera
AntesEl plazo para resolver y notificar la resolución en el procedimiento sancionador aplicable a los sujetos que actúan en los mercados financieros, regulado por el Real Decreto 2119/1993, de 3 de diciembre, así como en los procedimientos sancionadores derivados de la comisión de las infracciones previstas en la Ley 19/1998, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, será de un año, ampliable conforme a lo previsto en los artículos 42.6 y 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ahora**(Derogada)**