Saltar al contenido
← Volver
2 oct 2015 · DerogaciónGenerado con IA

La Ley de Bases de Régimen Local deroga la regulación de los consorcios locales

La Ley 40/2015 deroga el artículo que permitía a las entidades locales constituir consorcios con otras administraciones y entidades privadas sin ánimo de lucro. También desaparece la previsión de utilizar consorcios para gestionar servicios públicos locales.

El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 87▾
Eliminado1. Las entidades locales pueden constituir consorcios con otras Administraciones públicas para fines de interés común o con entidades privadas sin ánimo de lucro que persigan fines de interés público, concurrentes con los de las Administraciones públicas.
Antes2. Los consorcios podrán utilizarse para la gestión de los servicios públicos locales, en el marco de los convenios de cooperación transfronteriza en que participen las entidades locales españolas, y de acuerdo con las previsiones de los convenios internacionales ratificados por España en la materia.
Ahora**(Derogado)**.