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5 ago 2015

Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 132-4
Párrafo añadido
4. En situaciones de sobreendeudamiento derivado de relaciones de consumo, la mediación corresponde a las comisiones de sobreendeudamiento, reguladas por su legislación específica. Si las comisiones de sobreendeudamiento no alcanzan un acuerdo entre el consumidor y los acreedores, queda abierta la correspondiente vía judicial para hacer efectivo lo dispuesto por este código y la legislación complementaria.