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11 jul 2015

Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 9
Párrafo añadido
Asimismo, de forma excepcional y siempre que se garantice la seguridad y la sostenibilidad económica y financiera del sistema, con las condiciones que el Gobierno regule, se podrán establecer reducciones de peajes, cargos y costes para determinadas categorías de consumidores de baja tensión de la modalidad de suministro con autoconsumo. En todo caso, tanto la potencia máxima contratada de consumo como la instalada de generación no serán superiores a 10 kW.