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El Gobierno podrá reducir cargos a ciertos consumidores con autoconsumo
Ley · En vigor · Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico
El Gobierno podrá establecer, de forma excepcional, reducciones de peajes, cargos y costes para determinadas categorías de consumidores de baja tensión con autoconsumo. La potencia contratada y la capacidad de generación no podrán superar los 10 kW, y deberán garantizarse la seguridad y la sostenibilidad económica del sistema.
El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.
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Artículo 9▾
Párrafo añadido
Asimismo, de forma excepcional y siempre que se garantice la seguridad y la sostenibilidad económica y financiera del sistema, con las condiciones que el Gobierno regule, se podrán establecer reducciones de peajes, cargos y costes para determinadas categorías de consumidores de baja tensión de la modalidad de suministro con autoconsumo. En todo caso, tanto la potencia máxima contratada de consumo como la instalada de generación no serán superiores a 10 kW.