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3 jul 2015

Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 20
Antes5. Los Ayuntamientos podrán establecer una tasa por la instrucción y tramitación de los expedientes matrimoniales en forma civil y por la celebración de los mismos.
Ahora5. Los Ayuntamientos podrán establecer una tasa para la celebración de los matrimonios en forma civil.