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18 jun 2015

Orden EHA/3067/2011, de 8 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para la Administración General del Estado

Qué ha cambiado (1 artículo)

Regla 41
AntesUna copia o duplicado de los ficheros y documentos anteriores quedará en poder de la Intervención General de la Administración del Estado, tanto a efectos estadísticos como de la obtención de la Cuenta General del Sector Público Administrativo que ha de formar parte de la Cuenta General del Estado.
AhoraAcompañando a la Cuenta de la Administración General del Estado, la Intervención General de la Administración del Estado remitirá al Tribunal de Cuentas un informe resumen sobre los gastos del ejercicio pendientes de imputación presupuestaria resultado de las actuaciones de control reguladas en el artículo 159 de la Ley General Presupuestaria llevadas a cabo en el ámbito de los Departamentos ministeriales.
Párrafo añadido
Una copia o duplicado de los ficheros y documentos anteriores quedará en poder de la Intervención General de la Administración del Estado, tanto a efectos estadísticos como de la obtención de la Cuenta General del Estado.