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8 abr 2015
Ley 3/2003, de 24 de marzo, de la Sindicatura de Cuentas
Ley · En vigor · Ley 3/2003, de 24 de marzo, de la Sindicatura de Cuentas
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 5▾
Antesa) Exigir de cuantos estén sujetos a su acción fiscalizadora que proporcionen los antecedentes, datos, informes y documentos, cualquiera que sea su soporte, que considere necesarios para el debido conocimiento y comprobación del acto fiscalizable.
Ahoraa) Exigir de cuantos estén sujetos a su actuación fiscalizadora que rindan las cuentas y que proporcionen los antecedentes, datos, informes y documentos, cualquiera que sea su soporte, que considere necesarios para el debido conocimiento y comprobación del acto fiscalizable.
Antes4. Cuando la Sindicatura de Cuentas solicite colaboración, los requeridos vendrán obligados a prestarla en el plazo que determinen los Estatutos de Organización y Funcionamiento de la Sindicatura de Cuentas. Cuando la colaboración no se haya prestado en el plazo concedido al efecto, o se produzca cualquier clase de obstrucción que impida o dificulte el ejercicio de sus funciones, la Sindicatura de Cuentas pondrá tal circunstancia en conocimiento de la Junta General, y de los Tribunales de Justicia, a los efectos previstos en el artículo 502.2 del Código Penal.
Ahora4. Cuando la Sindicatura de Cuentas solicite colaboración, los requeridos vendrán obligados a prestarla en el plazo que, de acuerdo con los Estatutos de Organización y Funcionamiento de la Sindicatura de Cuentas, fije el correspondiente requerimiento. Cuando la colaboración no se prestase en el plazo concedido al efecto, o se produjese cualquier clase de obstrucción que impidiese o dificultase el ejercicio de sus funciones, la Sindicatura de Cuentas, sin perjuicio de las responsabilidades penales y de otro tipo a que hubiera lugar, podrá imponer multas coercitivas reiterables por lapsos de tiempo que sean suficientes para cumplir lo ordenado.
Párrafo añadido
Las cuantías de las multas serán de un mínimo de 150 euros y de un máximo de 3.000 euros, atendiendo a la importancia de la perturbación sufrida, a la intencionalidad, a los medios materiales y personales disponibles y al resto de criterios de graduación que a tal efecto puedan determinar los Estatutos de Organización y Funcionamiento de la Sindicatura de Cuentas. Dichas cuantías serán actualizadas para cada ejercicio en las correspondientes Leyes de Presupuestos Generales del Principado de Asturias.».
Párrafo añadido
La Sindicatura de Cuentas deberá dirigir previo apercibimiento en el que indicará el plazo para cumplir y la cuantía de la multa que, en caso de incumplimiento, proceda.
Párrafo añadido
El importe de las multas coercitivas tendrá a todos los efectos la naturaleza de ingreso de derecho público.
Artículo 22▾
Antesk) Las demás funciones que le correspondan en virtud de esta Ley y de los Estatutos de Organización y Funcionamiento de la Sindicatura de Cuentas, así como cualquier otra función que no esté expresamente conferida a otro órgano.
Ahorak) Imponer las multas coercitivas a que se refiere el apartado 4 del artículo 5.
Párrafo añadido
l) Las demás funciones que le correspondan en virtud de esta Ley y de los Estatutos de Organización y Funcionamiento de la Sindicatura de Cuentas, así como cualquier otra función que no esté expresamente conferida a otro órgano.