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31 mar 2015
Ley de 18 de junio de 1870 estableciendo reglas para el ejercicio de la gracia de indulto
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Disposición adicional
El Gobierno remitirá semestralmente al Congreso de los Diputados un informe sobre la concesión y denegación de indultos. Para la presentación de los datos contenidos en el citado informe, y previa revisión del mismo, un alto cargo del Ministerio de Justicia solicitará su comparecencia ante la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados.