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14 mar 2015
Real Decreto 1134/2002, de 31 de octubre, sobre aplicación de sanciones en materia de pesca marítima a españoles enrolados en buques con abanderamiento de conveniencia
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 2▾
Antes3. El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Real Decreto se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 747/2008, de 9 de mayo, del régimen sancionador en materia de pesca marítima en aguas exteriores.
Ahora3. El incumplimiento de lo dispuesto en el presente real decreto se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 182/2015, de 13 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento del régimen sancionador en materia de pesca marítima en aguas exteriores.