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13 mar 2015
Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda
Ley · En vigor · Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición final▾
AntesLa presente ley entra en vigor al cabo de tres meses de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. La obligación de entregar el certificado de aptitud del edificio en los actos de transmisión de viviendas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 65.1.e) y el artículo 65.2, no es exigible hasta el 1 de enero de 2016.
AhoraLa presente ley entra en vigor al cabo de tres meses de haber sido publicada en el "Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya". La obligación de entregar el certificado de aptitud del edificio en los actos de transmisión de viviendas, de acuerdo con lo establecido por el artículo 65.1.e y el artículo 65.2, no es exigible hasta el 1 de enero de 2016.