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13 mar 2015

Ley 4/2006, de 31 de marzo, Ferroviaria

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 66
Párrafo añadido
9. En el caso de las infracciones tipificadas por las letras a, b, c y d del artículo 65, el importe de la sanción se reduce un 50% si la persona interesada hace efectiva de forma voluntaria la sanción en el plazo de un mes a contar desde la fecha de la notificación del expediente sancionador.