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7 feb 2015

Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales

Qué ha cambiado (4 artículos)

Artículo 14

El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.

Disposición adicional primera
EliminadoUna vez superados los estudios conducentes a los títulos de Grado, Máster o Doctor regulados por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, el interesado podrá solicitar en la correspondiente universidad, la expedición del Suplemento Europeo al Título, de acuerdo con los modelos establecidos en los Anexos XII.A y XII.B. La expedición de dicho documento tendrá carácter gratuito.
AntesEl documento soporte de los Suplementos Europeos que se expidan será de idéntico tamaño para todos ellos, normalizado en formato UNE - A3 (plegado A4) (modelo de papel de seguridad).
Ahora**(Derogada)**
ANEXO XII.A
Eliminado![imagen](/datos/imagenes/disp/2010/190/12621_016.png)
Eliminado![imagen](/datos/imagenes/disp/2010/190/12621_017.png)
Eliminado![imagen](/datos/imagenes/disp/2010/190/12621_018.png)
Eliminado![imagen](/datos/imagenes/disp/2010/190/12621_019.png)
Antes![imagen](/datos/imagenes/disp/2010/190/12621_020.png)
Ahora**(Derogado)**
ANEXO XII.B
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Eliminado![imagen](/datos/imagenes/disp/2010/190/12621_022.png)
Eliminado![imagen](/datos/imagenes/disp/2010/190/12621_023.png)
Antes![imagen](/datos/imagenes/disp/2010/190/12621_024.png)
Ahora**(Derogado)**