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3 feb 2015

Ley 9/2009, de 22 de diciembre, reguladora de los Concejos Abiertos

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 16
Antes2. El procedimiento para la aplicación del régimen de Concejo abierto se iniciará mediante acuerdo provisional del Pleno del Ayuntamiento o Junta Vecinal adoptado por mayoría absoluta, acompañado de una memoria justificativa en la que se acrediten las ventajas derivadas de la aplicación del régimen de Concejo abierto.
Ahora2.**(Anulado)**