← Volver
22 oct 2014
Ley 2/2007, de 1 de marzo, de Vivienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 36▾
EliminadoArtículo 36. Inspección periódica.
Eliminado1. Los Ayuntamientos dentro del ámbito de sus competencias exigirán a los propietarios de edificios de viviendas catalogados o de antigüedad superior a treinta años certificación expedida por facultativo competente, para supervisar su estado de conservación al menos cada cinco años. Los resultados de la inspección se consignarán en un certificado que describa los desperfectos apreciados en el inmueble, sus posibles causas y las medidas prioritarias recomendables para asegurar su estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructurales o para mantener o rehabilitar sus dependencias en condiciones de habitabilidad o uso efectivo según el destino propio de ellas. Se dejará constancia del grado de realización de las recomendaciones expresadas con motivo de la anterior inspección periódica. Se remitirá una copia de la certificación al Ayuntamiento correspondiente.
Antes2. Si la propiedad no realizara las inspecciones facultativas que le correspondan, el Ayuntamiento podrá realizarlas por ejecución subsidiaria.
AhoraArtículo 36. Informe de Evaluación de Edificios.
Párrafo añadido
Las menciones a la inspección técnica de edificios efectuadas en la normativa autonómica se entenderán hechas al informe de evaluación de edificios.
Artículo 37▾
AntesLa Administración autonómica podrá establecer Planes de actuación en colaboración con los Ayuntamientos y otras entidades, que permitan elaborar y mantener actualizados los catálogos sobre el estado de las construcciones y medidas de apoyo para la inspección técnica y periódica de inmuebles destinados a viviendas.
AhoraLa Administración autonómica podrá establecer planes de actuación en colaboración con los ayuntamientos y otras entidades, que permitan elaborar y mantener actualizados los catálogos sobre el estado de las construcciones edificatorias de viviendas y medidas de apoyo para el Informe de Evaluación de Edificios.