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7 ago 2014

Ley 20/2001, de 21 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y de Función Pública

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 3
Antes3. De los ingresos correspondientes a las tasas sobre los juegos de promoción del trote a que se refieren los apartados 1.1 d) i 2 del presente artículo, el 61 por 100 se destinará a nutrir un fondo destinado a la promoción del trote.
Ahora3.**(Derogado).**
Artículo 28
AntesLa organización, explotación y gestión de las apuestas hípicas internas y externas, juegos de promoción del trote, y todas las actividades vinculadas a ellas, podrán ser gestionadas de forma directa por la comunidad autónoma, determinándose, en su caso y mediante decreto, el órgano o ente vinculado o dependiente del mismo al cual se asignen; de forma indirecta, a través de su adjudicación a un tercero; y, finalmente, mediante su atribución a los consejos insulares, en concepto de encomienda de gestión o gestión ordinaria de servicios.
Ahora**(Derogado).**