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11 jun 2014

Ley 1/1991, de 27 de febrero, reguladora del régimen sancionador en materia de juego

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 9
AntesLa autoridad administrativa competente para el otorgamiento de autorizaciones en materia de juego podrá acordar su revocación, mediante un procedimiento sumario, con audiencia de los titulares de las autorizaciones, en los siguientes supuestos:
Ahora1. La autoridad administrativa competente para el otorgamiento de autorizaciones en materia de juego podrá acordar su revocación, mediante un procedimiento sumario, con audiencia de los titulares de las autorizaciones, en los siguientes supuestos:
Párrafo añadido
2. Incurrir en alguna de las circunstancias de incompatibilidad recogidas por el artículo 3 de la Ley de modificación de la Ley 2/1989, de 16 de febrero, sobre centros recreativos turísticos, y de establecimiento de normas en materia de tributación, comercio y juego, es causa de revocación de la autorización para las actividades de juego y apuestas en los centros recreativos turísticos.