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28 mar 2014
Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 5▾
Antes4. En los casos de contratación telefónica o electrónica será necesario que conste en los términos que reglamentariamente se establezcan la aceptación de todas y cada una de las cláusulas del contrato, sin necesidad de firma convencional. En este supuesto, se enviará inmediatamente al consumidor justificación escrita de la contratación efectuada, donde constarán todos los términos de la misma.
Ahora4.**(Derogado)**