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8 mar 2014
Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 17▾
Antes3. La prueba será escrita y constará de dos partes que se realizarán en el mismo día. El primer ejercicio consistirá en una prueba objetiva de contestaciones o respuestas múltiples. El segundo ejercicio de la evaluación consistirá en resolver un caso práctico previamente elegido por el aspirante entre varias alternativas.
Ahora3. La evaluación consistirá en una prueba escrita objetiva de contenido teórico-práctico con contestaciones o respuestas múltiples.
Artículo 20▾
Eliminado2. La evaluación del primer ejercicio incorporará en su calificación la obtenida en el curso de formación para el ejercicio de la respectiva profesión ponderando en un veinte por ciento. La no superación del primer ejercicio impedirá la corrección del segundo.
Antes3. Cada aspirante recibirá la calificación de forma individualizada y anónima, debiendo expresar, en su caso, si la calificación como no apto responde a no haber superado el primer ejercicio.
Ahora2. La calificación final resultará de la media ponderada entre el 70% de la obtenida en la evaluación y del 30% de la nota obtenida en el curso de formación regulado en el artículo 4.
Párrafo añadido
3. Cada aspirante recibirá la calificación de forma individualizada y anónima.