← Volver
27 ene 2014
Ley 6/2012, de 19 de junio, de juventud de Galicia
Ley · En vigor · Ley 6/2012, de 19 de junio, de juventud de Galicia
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 56▾
Antes2. La asamblea general podrá delegar las atribuciones señaladas en la letras d), e) y h) del apartado anterior en el Observatorio Gallego de la Juventud, sin perjuicio de la necesaria ratificación de la asamblea general de las admisiones y exclusiones, que serán provisionales hasta que se produjese la misma.
Ahora2. La Asamblea General podrá delegar las atribuciones señaladas en las letras c), d) y h) del apartado anterior en el Observatorio Gallego de la Juventud, sin perjuicio de la necesaria ratificación de la Asamblea General de las admisiones y exclusiones, que serán provisionales hasta que se produzca ésta.