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27 dic 2013

Ley 7/2012, de 24 de octubre, de Estabilidad y Disciplina Presupuestaria

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 6
Eliminadoe) Por el importe del déficit adicional que se autorice a la Comunidad de Castilla y León para financiar incrementos de inversión en programas destinados a atender actuaciones productivas.
Antesf) Por acuerdos específicos adoptados en el seno del Consejo de Política Fiscal y Financiera.
Ahora5. La aplicación de los apartados anteriores de este artículo, en ningún caso, podrá dar lugar a que se supere el límite de variación del gasto computable establecido en el artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera conforme a las definiciones y disposiciones previstas en la misma.