← Volver
2 jul 2013
Ley 9/2002, de 10 de julio, para la declaración de proyectos regionales de infraestructuras de residuos de singular interés para la Comunidad
Qué ha cambiado (3 artículos)
Artículo único▾
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Se declara la inconstitucionalidad y nulidad de la reserva formal de ley para la aprobación del proyecto de especial interés regional que contiene el apartado 1 y las referencias contenidas en ambos párrafos del apartado 2 a la declaración por ley de proyectos regionales de infraestructuras de residuos, por Sentencia TC 129/2013, de 4 de junio.Ref. BOE-A-2013-7205.]
Disposición adicional▾
Eliminado1. La planta de transferencia, de tratamiento físico-químico y depósito de seguridad, ubicada en el término municipal de Santovenia de Pisuerga (Valladolid), se declara Proyecto Regional, con el contenido que se describe en el anexo. Los efectos de la presente declaración serán los previstos en esta Ley, lo que implica la aptitud para su inmediato funcionamiento, así como para la ejecución de las actividades y de los actos de uso del suelo previstos en el proyecto.
Eliminado2. El control ambiental de las instalaciones a las que se refiere el apartado anterior, se realizará de acuerdo con la Declaración de Impacto Ambiental aprobada, que determina los requerimientos ambientales para su funcionamiento.
Antes3. Los terrenos afectados por el depósito de seguridad, conforme a la documentación referida en el anexo, se clasifican como suelo rústico de protección de infraestructuras.
Ahora**(Anulado)**.
Disposición transitoria▾
AntesLos procedimientos, relativos a los proyectos incluidos en el ámbito de aplicación de la presente Ley, que se estén tramitando como Proyectos Regionales al amparo de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, se entenderán concluidos, cualquiera que sea la fase de tramitación en que se encuentren, con la declaración por ley de Proyecto Regional.
Ahora**(Anulada)**.