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15 jun 2013

Ley 7/1998, de 12 de noviembre, de Ordenación Farmacéutica de las Islas Baleares

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 24
Eliminado5. No podrán participar en el procedimiento para la autorización de una nueva oficina de farmacia los Farmacéuticos que tengan más de sesenta y cinco años en el momento de presentación de la correspondiente petición.
AntesTampoco podrán participar aquellos Farmacéuticos que hayan transmitido su titularidad o cotitularidad sobre una oficina de farmacia dentro del territorio de la Unión Europea en un plazo de tiempo inferior a tres años respecto del momento de la presentación de la solicitud.
Ahora5. Tampoco podrán participar aquellos Farmacéuticos que hayan transmitido su titularidad o cotitularidad sobre una oficina de farmacia dentro del territorio de la Unión Europea en un plazo de tiempo inferior a tres años respecto del momento de la presentación de la solicitud.