Saltar al contenido
← Volver
3 abr 2013

Ley 4/2002, de 16 de diciembre, de Creación del Servicio Andaluz de Empleo

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 3
EliminadoArtículo 3. Funciones del Servicio Andaluz de Empleo.
EliminadoEl Servicio Andaluz de Empleo, como servicio público de empleo de la Comunidad Autónoma, tiene como objetivos específicos el ejercicio de las competencias en materia de empleo y cualificación profesional y, en particular, las siguientes: Fomento del empleo, formación para el empleo, orientación e información, prospección, registro de demanda e intermediación en el mercado de trabajo, y, para ello, este organismo ejerce las siguientes funciones:
Eliminado1aElaboración de los anteproyectos de los planes de empleo.
Antes2aLa planificación, gestión, promoción y evaluación de los distintos programas y acciones para el empleo, competencia de la Comunidad Autónoma y, en particular, los siguientes:
AhoraArtículo 3.Funciones del Servicio Andaluz de Empleo.
Párrafo añadido
El Servicio Andaluz de Empleo, como Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma, tiene como objetivos específicos el ejercicio de las competencias en materia de empleo y, en particular, las siguientes: fomento del empleo, orientación e información, prospección, registro de demanda e intermediación en el mercado de trabajo y, para ello, este organismo ejerce las siguientes funciones:
Párrafo añadido
1.ª Elaboración de los anteproyectos de los planes de empleo.
Párrafo añadido
2.ª La planificación, gestión, promoción y evaluación de los distintos programas y acciones para el empleo, competencia de la Comunidad Autónoma, y en particular los siguientes:
Eliminadob) Los relativos a la formación para el empleo, la coordinación y planificación de los centros propios o consorciados, así como el desarrollo de cuantas otras funciones puedan corresponder a éstos en su materia.
Eliminadoc) La prospección del mercado de trabajo y la difusión de información sobre el mercado laboral.
Eliminadod) La intermediación laboral, el registro de demandantes de empleo, la recepción de comunicación de contratos y la gestión de la red Eures en Andalucía.
Eliminadoe) La orientación e información profesional y las acciones de apoyo para la mejora de la cualificación profesional y el empleo.
Eliminadof) Los relativos al fomento de vocaciones empresariales, la formación de emprendedores y pequeños empresarios, el fomento del autoempleo y la difusión de la cultura empresarial.
Eliminadog) La colaboración con los medios de comunicación de masas tanto para promocionar los distintos planes de empleo como para transmitir valores culturales y éticos que estimulen la cantidad y calidad del empleo.
Eliminadoh) La autorización de la condición de centros colaboradores o asociados a aquellas entidades que participen en la ejecución de actividades que sean competencia del Servicio Andaluz de Empleo, así como la autorización y demás competencias sobre las agencias de colocación que actúen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Eliminadoi) La promoción y el desarrollo del empleo local, atendiendo a las necesidades específicas de cada territorio y en coordinación con las Administraciones locales.
Eliminado3aLa resolución de las convocatorias de ayudas y subvenciones y la suscripción de Convenios de colaboración referentes a las competencias gestionadas por el Servicio Andaluz de Empleo.
Eliminado4aLa asistencia técnica a los distintos órganos de la Junta de Andalucía y a los de otras Administraciones Públicas, cuando sea requerido para ello, en materia de empleo y de formación profesional para el empleo.
Antes5aCuantas otras funciones le sean encomendadas por cualquier norma o acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía o aquellas que, en un futuro, pudieran ser transferidas a la Junta de Andalucía en materia de política de empleo.
Ahorab) La orientación e información profesional y las acciones de apoyo para la mejora del empleo.
Párrafo añadido
c) La intermediación laboral, el registro de demandantes de empleo, la recepción de comunicación de contratos y la gestión de la red Eures en Andalucía.
Párrafo añadido
d) La coordinación con la Consejería competente en materia de formación profesional para el empleo para el desarrollo de las funciones de intermediación laboral y el conjunto de programas y medidas de orientación y formación, al objeto de mejorar las posibilidades de acceso al empleo, adaptación de la formación y recualificación.
Párrafo añadido
e) La prospección del mercado de trabajo y la difusión de información sobre el mercado laboral.
Párrafo añadido
f) La colaboración con los medios de comunicación de masas tanto para promocionar los distintos planes de empleo como para transmitir valores culturales y éticos que estimulen la cantidad y calidad del empleo.
Párrafo añadido
g) La autorización de la condición de centros colaboradores o asociados a aquellas entidades que participen en la ejecución de actividades que sean competencia del Servicio Andaluz de Empleo, así como la autorización y demás competencias sobre las agencias de colocación que actúen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Párrafo añadido
h) La promoción y el desarrollo del empleo local, atendiendo a las necesidades específicas de cada territorio y en coordinación con las Administraciones Locales.
Párrafo añadido
3.ª La resolución de las convocatorias de ayudas y subvenciones y la suscripción de convenios de colaboración, referentes a las competencias gestionadas por el Servicio Andaluz de Empleo.
Párrafo añadido
4.ª La asistencia técnica a los distintos órganos de la Administración de la Junta de Andalucía y a los de otras Administraciones Públicas, cuando sea requerido para ello, en materia de empleo.
Párrafo añadido
5.ª Cuantas otras funciones le sean encomendadas por cualquier norma o acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía o aquellas que, en un futuro, pudieran ser transferidas a la Junta de Andalucía en materia de política de empleo, a excepción de las referidas a formación para el empleo.
Artículo 8
Eliminadok) El seguimiento y la evaluación de las actividades realizadas en las materias específicas del Servicio Andaluz de Empleo.
Eliminadol) Proponer cuantas medidas considere necesarias para el mejor cumplimiento de los fines del organismo.
Antesm) Cualesquiera otras competencias que le sean atribuidas por la normativa aplicable o estatutariamente.
Ahorak) La articulación de los mecanismos necesarios para garantizar la coordinación con la Consejería competente en materia de formación profesional para el empleo para el desarrollo de las funciones de intermediación laboral y el conjunto de programas y medidas de orientación y formación, al objeto de mejorar las posibilidades de acceso al empleo, adaptación de la formación y recualificación.
Párrafo añadido
l) El seguimiento y la evaluación de las actividades realizadas en las materias específicas del Servicio Andaluz de Empleo.
Párrafo añadido
m) Proponer cuantas medidas considere necesarias para el mejor cumplimiento de los fines del organismo.
Párrafo añadido
n) Cualesquiera otras competencias que le sean atribuidas por la normativa aplicable o estatutariamente.