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29 mar 2013

Real Decreto 667/1983, de 2 de marzo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-sanitaria para la elaboración y venta de zumos de frutas y de otros vegetales y de sus derivados

Qué ha cambiado (1 artículo)

Nota oficial del BOE
AntesEsta norma mantiene la vigencia únicamente de los artículos 16, 17 y 18, así como de aquellas de sus disposiciones que resulten de aplicación a los zumos de otros vegetales y sus derivados, según establece la disposición derogatoria única.2 del Real Decreto 1050/2003, de 1 de agosto.Ref. BOE-A-2003-15479
AhoraEsta norma mantiene la vigencia únicamente de aquellas de sus disposiciones que resulten de aplicación a los zumos de otros vegetales y sus derivados, al derogarse lo referente a zumos de frutas y similares por la disposición derogatoria del Real Decreto 1650/1991, de 8 de noviembre.Ref. BOE-A-1991-28036, la disposición derogatoria única.2 del Real Decreto 1050/2003, de 1 de agosto.Ref. BOE-A-2003-15479y el art. 21 del Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo.Ref. BOE-A-2013-3402
Párrafo añadido
Lo relativo a los zumos de frutas y otros productos similares se encuentra regulado en el Real Decreto 781/2013, de 11 de octubre.Ref. BOE-A-2013-10611