← Volver
9 feb 2013
Real Decreto 811/2007, de 22 de junio, por el que se determina la estructura, composición, funciones y régimen de funcionamiento de la Comisión de Control y Seguimiento de la Salud y el Dopaje
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 6▾
Antes2. Desempeñará la Presidencia de la Comisión de Control y Seguimiento de la Salud y el Dopaje el titular de la Dirección General de Deportes del Consejo Superior de Deportes, que podrá delegar con carácter singular y para cada reunión que deba presidir en una de las vocalías designadas por la Administración General del Estado con rango, al menos, de Subdirección General o asimilada.
Ahora2. Desempeñará la Presidencia de la Comisión de Control y Seguimiento de la Salud y el Dopaje la persona que designe el Presidente del Consejo Superior de Deportes, que deberá tener rango de Director General o asimilado. El Presidente podrá ser sustituido por el titular de una de las vocalías designadas por la Administración General del Estado con rango, al menos, de Subdirección General o asimilada o de Departamento de la Agencia Estatal Antidopaje, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2 la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.