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29 dic 2012

Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 9
Antes3. La competencia para conceder subvenciones en las corporaciones locales corresponde a los órganos que tengan atribuidas tales funciones según la legislación de régimen local.
Ahora3. Las facultades para conceder subvenciones a que se refiere este artículo podrán ser objeto de desconcentración mediante Decreto de Consejo de Gobierno.
Párrafo añadido
4. La competencia para conceder subvenciones en las corporaciones locales corresponde a los órganos que tengan atribuidas tales funciones según la legislación de régimen local.