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28 dic 2012
Ley 2/2007, de 1 de marzo, de Vivienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 45▾
Eliminado2. Estarán exentos de cumplir el requisito de inscripción en el registro de solicitantes de vivienda protegida, los adquirentes de aquellas viviendas de protección pública cuya regulación así lo disponga expresamente.
Antes3. Estarán exentos de cumplir los requisitos para acceder a viviendas de protección pública quienes adquieran del cónyuge o pareja de hecho inscrita en registro público en el proceso de liquidación de bienes por disolución del matrimonio o de la pareja de hecho.
Ahora2. Reglamentariamente se determinarán las exenciones al cumplimiento de los requisitos de acceso básicos contemplados en el apartado 1 de este artículo.
Artículo 74▾
Párrafo añadido
24. Promover viviendas sin tramitar, durante la fase de ejecución de las obras de construcción, el procedimiento de habitabilidad establecido para obtener la cédula de habitabilidad.