Saltar al contenido
← Volver
5 dic 2012

Real Decreto 885/2011, de 24 de junio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de seis cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Marítimo-Pesquera y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las establecidas en el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, en el Real Decreto 1179/2008, de 11 de julio, y en el Real Decreto 101/2009, de 6 de febrero

Qué ha cambiado (3 artículos)

Disposición final primera
EliminadoUno. Se modifica la cualificación profesional establecida como Anexo IV «Actividades en pesca de palangre, arrastre y cerco y en transporte marítimo» perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera, sustituyendo respectivamente la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque» y el módulo formativo asociado MF0010_1 «Maniobra y mantenimiento del buque», con una duración de 80 horas, por la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera» y su correspondiente módulo formativo MF0010_1_ «Labores de cubierta en buque de pesca», con una duración de 30 horas, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 360 horas a 310 horas; que se establecen en este real decreto en el Anexo 572_1 «Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas» perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación eliminando del apartado de Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes las ocupaciones de «amarrador», «contramaestre» y «redero»; sustituyendo la ocupación de «marinero (de pesca y mercante)» por «marinero-pescador y marinero de puente»; e incorporando la ocupación de «marinero».
EliminadoDos. Se modifica la cualificación profesional establecida como Anexo V, «Confección y mantenimiento de artes y aparejos», perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera, sustituyendo respectivamente la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque» y el módulo formativo asociado MF0010_1 «Maniobra y mantenimiento del buque», con una duración de 80 horas, por la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera» y su correspondiente módulo formativo MF0010_1 «Labores de cubierta en buque de pesca», con una duración de 30 horas, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 460 horas a 410 horas; que se establecen en este real decreto en el Anexo 572_1 «Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas» perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación sustituyendo la ocupación de «marinero de pesca» por «marinero-pescador» e incorporando la ocupación de «marinero».
AntesTres. Se modifica la cualificación profesional establecida como Anexo VI, «Manipulación y conservación en pesca y acuicultura», perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera, sustituyendo respectivamente la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque» y el módulo formativo asociado MF0010_1 «Maniobra y mantenimiento del buque», con una duración de 80 horas, por la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera» y su correspondiente módulo formativo MF0010_1 «Labores de cubierta en buque de pesca», con una duración de 30 horas, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 525 horas a 495 horas; que se establecen en este real decreto en el Anexo 572_1 «Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas» perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación incorporando las ocupaciones de «marinero» y «marinero-pescador».
AhoraUno. Se modifica la cualificación profesional establecida como Anexo IV "Actividades en pesca de palangre, arrastre y cerco y en transporte marítimo" perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera, sustituyendo respectivamente la unidad de competencia UC0010_1 "Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque" y el módulo formativo asociado MF0010_1 "Maniobra y mantenimiento del buque", con una duración de 80 horas, por la unidad de competencia UC0010_1 "Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera" y su correspondiente módulo formativo MF0010_1 "Labores de cubierta en buque de pesca", con una duración de 30 horas, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 360 horas a 310 horas; que se establecen en este real decreto en el Anexo 572_1 "Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas" perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación eliminando del apartado de Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes las ocupaciones de "amarrador", "contramaestre" y "redero"; sustituyendo la ocupación de "marinero (de pesca y mercante)" por "marinero-pescador y marinero de puente"; e incorporando la ocupación de "marinero".
Párrafo añadido
Dos. Se modifica la cualificación profesional establecida como Anexo V, "Confección y mantenimiento de artes y aparejos", perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera, sustituyendo respectivamente la unidad de competencia UC0010_1 "Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque" y el módulo formativo asociado MF0010_1 "Maniobra y mantenimiento del buque", con una duración de 80 horas, por la unidad de competencia UC0010_1 "Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera" y su correspondiente módulo formativo MF0010_1 "Labores de cubierta en buque de pesca", con una duración de 30 horas, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 460 horas a 410 horas; que se establecen en este real decreto en el Anexo 572_1 "Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas" perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación sustituyendo la ocupación de "marinero de pesca" por "marinero-pescador" e incorporando la ocupación de "marinero".
Párrafo añadido
Tres. Se modifica la cualificación profesional establecida como Anexo VI, "Manipulación y conservación en pesca y acuicultura", perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera, sustituyendo respectivamente la unidad de competencia UC0010_1 "Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque" y el módulo formativo asociado MF0010_1 "Maniobra y mantenimiento del buque", con una duración de 80 horas, por la unidad de competencia UC0010_1 "Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera" y su correspondiente módulo formativo MF0010_1 "Labores de cubierta en buque de pesca", con una duración de 30 horas, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 525 horas a 475 horas; que se establecen en este real decreto en el Anexo 572_1 "Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas" perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación incorporando las ocupaciones de "marinero" y "marinero-pescador".
Disposición final segunda
AntesConforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1179/2008, de 11 de julio, se modifica la cualificación profesional establecida por el mismo real decreto como Anexo CDIV, «Amarre de puerto y monoboyas», perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera, sustituyendo respectivamente la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque» y el módulo formativo asociado MF0010_1 «Maniobra y mantenimiento del buque», con una duración de 80 horas, por la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera» y su correspondiente módulo formativo MF0010_1 «Labores de cubierta en buque de pesca», con una duración de 30 horas, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 260 horas a 210 horas; que se establecen en este real decreto en el Anexo 572_1 «Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas» perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación incorporando en el apartado de Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes la ocupación de «marinero».
AhoraConforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1179/2008, de 11 de julio, se modifica la cualificación profesional establecida por el mismo real decreto como Anexo CDIV, "Amarre de puerto y monoboyas", perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera, eliminando la unidad de competencia UC0010_1 "Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque" y el módulo formativo asociado MF0010_1 "Maniobra y mantenimiento del buque", con una duración de 80 horas, modificándose la duración total de la formación asociada a la cualificación de 260 horas a 180 horas. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación incorporando en el apartado de Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes la ocupación de "marinero".
Disposición final tercera
AntesConforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 101/2009, de 6 de febrero, se modifica la cualificación profesional establecida por el mismo real decreto como Anexo CCXXX «Actividades en pesca con artes de enmalle y marisqueo, y en transporte marítimo», sustituyendo respectivamente la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque» y el módulo formativo asociado MF0010_1 «Maniobra y mantenimiento del buque», con una duración de 80 horas, por la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera» y su correspondiente módulo formativo MF0010_1 «Labores de cubierta en buque de pesca», con una duración de 30 horas, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 260 horas a 210 horas; que se establecen en este real decreto en el Anexo 572_1 «Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas» perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación eliminando en el apartado del ámbito profesional la expresión «sin límites», e incorporando en el apartado de Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes la ocupación de «marinero».
AhoraConforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 101/2009, de 6 de febrero, se modifica la cualificación profesional establecida por el mismo real decreto como Anexo CCXXX "Actividades en pesca con artes de enmalle y marisqueo, y en transporte marítimo", sustituyendo respectivamente la unidad de competencia UC0010_1 "Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque" y el módulo formativo asociado MF0010_1 "Maniobra y mantenimiento del buque", con una duración de 80 horas, por la unidad de competencia UC0010_1 "Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera" y su correspondiente módulo formativo MF0010_1 "Labores de cubierta en buque de pesca", con una duración de 30 horas, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 330 horas a 280 horas; que se establecen en este real decreto en el Anexo 572_1 "Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas" perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación eliminando en el apartado del ámbito profesional la expresión "sin límites de tonelaje", e incorporando en el apartado de Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes la ocupación de "marinero" y se elimina "contramaestre".