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6 oct 2012

Ley 2/2012, de 4 de abril, de apoyo a los emprendedores y las emprendedoras y a la micro, pequeña y mediana empresa

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 2
Antes2. Se consideran emprendedores y emprendedoras las personas físicas o jurídicas que están iniciando o ya han iniciado, en un tiempo no superior a 2 años, una actividad económica en el territorio de las Illes Balears, con domicilio en las Illes Balears, y siempre que no superen los parámetros de la condición de mediana empresa.
Ahora2. Se consideran emprendedoras las personas físicas o jurídicas que están iniciando o ya han iniciado, en un tiempo no superior a dos años, una actividad económica en el territorio de las Illes Balears, siempre que no superen los parámetros de la condición de mediana empresa.