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30 ago 2012

Orden de 21 de diciembre de 1999 que ordena la actividad pesquera de la flota española que faena en la zona de regulación de la organización de pesca del Atlántico noroccidental

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 16
AntesLas posibilidades de pesca anuales asignadas a España para la captura de camarón se repartirán entre las entidades asociativas y las empresas propietarias de los buques habituales en la pesquería se concretan en los porcentajes recogidos en el anexo III.
AhoraLas posibilidades de pesca anuales asignadas a España para la captura de camarón se repartirán entre las empresas propietarias de los buques habituales en la pesquería recogidos en los anexos III y IX.