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17 jul 2012

Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León

Qué ha cambiado (7 artículos)

Artículo 19
Antes2. Cuando existan razones de interés público que lo justifiquen, podrán señalarse precios públicos a escala inferior de la indicada en el apartado anterior, previa adopción de las previsiones presupuestarias precisas para la cobertura de la parte de coste subvencionada.
Ahora2. Salvo que una norma con rango de ley dictada por el Estado disponga lo contrario, las exenciones y bonificaciones aplicables a los precios públicos se establecerán teniendo en cuenta la capacidad económica de los obligados al pago, y en el supuesto de resultar necesario, previa adopción de las previsiones presupuestarias precisas para la cobertura de la parte de coste subvencionada.
Artículo 23
EliminadoArtículo 23. Cuotas.
AntesInserción de anuncios: 0,09 euros por dígito. En esta cuota no se incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido.
AhoraArtículo 23. Cuota por inserción de anuncios.
Párrafo añadido
0,100 euros por dígito. En esta cuota no se incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Artículo 25
AntesConstituye el hecho imponible de esta tasa la obtención de cualquier información que conste en los Registros de Asociaciones, de Fundaciones o de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León.
AhoraConstituye el hecho imponible de esta tasa:
Párrafo añadido
La obtención de cualquier información, certificaciones, listados y examen de documentación que conste en los Registros de Asociaciones, de Fundaciones o de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León.
Párrafo añadido
La inscripción de una asociación de ámbito local o provincial en el Registro de Asociaciones.
Párrafo añadido
La inscripción de federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones de ámbito local o provincial en el Registro de Asociaciones.
Párrafo añadido
La inscripción de una asociación de ámbito autonómico en el Registro de Asociaciones.
Párrafo añadido
La inscripción de federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones de ámbito autonómico en el Registro de Asociaciones.
Párrafo añadido
La inscripción de modificaciones estatutarias o de cambio de Junta Directiva de cualquiera de las entidades inscritas en el Registro de Asociaciones.
Artículo 27
EliminadoLa tasa se exigirá por la obtención de información, certificaciones, listados y examen de documentación que conste en los Registros a que se refiere el hecho imponible:
EliminadoPor el primer folio: 3,20 euros.
AntesPor los siguientes folios: 1,65 euros.
AhoraLa tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas:
Párrafo añadido
Obtención de cualquier tipo de información, certificaciones, listados y examen de documentación que conste en los Registros:
Párrafo añadido
Por el primer folio: 3,80 euros.
Párrafo añadido
Por los siguientes folios: 1,95 euros.
Párrafo añadido
Por la inscripción de una asociación de ámbito local o provincial en el Registro de Asociaciones: 25,00 euros.
Párrafo añadido
Por la inscripción de federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones de ámbito local o provincial en el Registro de Asociaciones: 30,00 euros.
Párrafo añadido
Por la inscripción de una asociación de ámbito autonómico en el Registro de Asociaciones: 45,00 euros.
Párrafo añadido
Por la inscripción de federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones de ámbito autonómico en el Registro de Asociaciones: 50,00 euros.
Párrafo añadido
Por la inscripción de modificaciones estatutarias o de cambio de Junta Directiva de cualquiera de las entidades inscritas en el Registro de Asociaciones: 20,00 euros.
Artículo 85
Eliminadoa) Por la tramitación de la solicitud de información elaborada según las necesidades del usuario: 5.000 pesetas (30,05).
Eliminadob) Por la tramitación de la solicitud de Difusión Selectiva de dicha información: 1.000 pesetas (6,01) por cada nuevo registro.
Eliminado2.**(Derogado)**
Eliminado3. Acreditación personal individual para la realización de estudios de impacto ambiental en la Comunidad Autónoma: 5.000 pesetas (30,05).
Eliminado4. Homologación de equipos o empresas redactoras de estudios de impacto ambiental en la Comunidad Autónoma, e inscripción en el Registro de Empresas: 5.000 pesetas (30,05).
Antes5. Homologación de equipos o empresas auditoras: 10.000 pesetas (60,10).
Ahoraa) Por la tramitación de la solicitud de información elaborada según las necesidades del usuario: 36,25 euros.
Párrafo añadido
b) Por la tramitación de la solicitud de Difusión Selectiva de dicha información: 7,35 euros por cada nuevo registro.»
Artículo 103
EliminadoLa tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas:
EliminadoI. Gestión de Residuos.
Eliminadoa) Tramitación de expedientes de autorización en materia de gestión y producción de residuos:
Eliminado1. Actividades de valorización y eliminación de residuos peligrosos: 301 euros.
Eliminado2. Actividades de almacenamiento de residuos peligrosos: 112 euros.
Eliminado3. Actividades de recogida y transporte de residuos peligrosos: 51,85 euros.
Eliminado4. Actividades de importación y exportación de residuos peligrosos: 33,80 euros.
Eliminado5. Actividades de gestión de residuos no peligrosos: 84,50 euros.
Eliminado6. Sistemas Integrados de Gestión de Envases y Residuos de Envases: 261,20 euros.
Eliminado7. Autorización de Gran Productor de Residuos Peligrosos: 169 euros.
Eliminadob) Inscripciones Registrales. Tramitación de expedientes de inscripción de actividades de Gestión y Producción de Residuos, cuando no se requiere autorización administrativa:
Eliminado1. Por la primera inscripción: 31,95 euros.
Eliminado2. Por cada inscripción o anotación que modifique datos obrantes en el registro: 15,95 euros.
Eliminado3. Por cada certificación literal de un asiento: 6,55 euros.
Eliminado4. Por cada nota informativa relacionada con los datos de un gestor: 6,55 euros.
EliminadoII. Prevención y control ambiental.
Eliminadoa) Autorización Ambiental Integrada:
Eliminado1. Tramitación de solicitudes de autorización ambiental: 1.235,30 euros.
Eliminado2. Renovación de la autorización ambiental: 1.008 euros.
Eliminado3. Modificación sustancial de autorización ambiental: 1.008 euros.
Eliminado4. Modificación no sustancial de autorización ambiental: 90,85 euros.
Eliminado5. Autorización de inicio de actividad: 266,75 euros.
Eliminadob) Actividades de utilización confinada y liberación voluntaria de organismos modificados genéticamente:
Eliminado1. Actividades de liberación voluntaria de organismos modificados genéticamente: 63,80 euros.
Eliminado2. Actividades de utilización confinada de organismos de bajo riesgo: 127,55 euros.
Eliminado3. Actividades de utilización confinada de organismos clasificados de alto riesgo: 318,90 euros.
Eliminadoc) Certificaciones de carácter medioambiental contempladas en el Real Decreto 1594/1997, de 17 de octubre, por el que se regula la deducción por inversiones destinadas a la protección del medio ambiente, en función del presupuesto de la inversión:
Eliminado1. Hasta 30.050,61 del presupuesto de la inversión del proyecto: 31,95 euros.
Eliminado2. A partir de 30.050,61 del presupuesto de inversión del proyecto: 95,65 euros.
AntesIII. No será aplicable la tasa relativa a gestión de residuos, cuando proceda la tasa por tramitación de la autorización ambiental.
AhoraI. Producción y gestión de residuos:
Párrafo añadido
a) Tramitación de expedientes de autorización en materia de gestión de residuos:
Párrafo añadido
1. Autorizaciones de instalaciones de tratamiento de residuos, incluido el almacenamiento en el ámbito de la recogida en espera de tratamiento, así como la ampliación, modificación sustancial o clausura de la instalación: 358,21 euros.
Párrafo añadido
2. Autorización o modificación de autorización de personas físicas o jurídicas que realicen operaciones de tratamiento de residuos: 166,62 euros.
Párrafo añadido
3. Cese de Autorización de personas físicas o jurídicas que realicen operaciones de tratamiento de residuos: 35,56 euros.
Párrafo añadido
4. Autorización de instalaciones que realicen operaciones de tratamiento de residuos (autorización, modificación o clausura): 358,21 euros.
Párrafo añadido
5. Autorización de actividades de valorización de residuos de construcción y demolición en la propia obra (autorización, modificación o clausura): 358,21 euros.
Párrafo añadido
6. Autorización para actividades de utilización de residuos inertes en obras de restauración, acondicionamiento o relleno (autorización, modificación o clausura): 358,21 euros.
Párrafo añadido
7. Autorización de sistemas colectivos de responsabilidad ampliada (autorización, modificación o cese): 591,01 euros.
Párrafo añadido
8. Actividades de importación y exportación de residuos peligrosos: 38,35 euros.
Párrafo añadido
9. Sistemas Integrados de Gestión de Envases y Residuos de Envases: 591,01 euros.
Párrafo añadido
b) Inscripciones registrales. Tramitación de la inscripción de las comunicaciones previas al inicio de actividades de producción de residuos, actividades de transporte de residuos con carácter profesional, actividades de producción de residuos peligrosos y/o de más de 1.000t/año de residuos no peligrosos, agente de residuos, negociante de residuos, y sistemas individuales de responsabilidad ampliada.
Párrafo añadido
1. Por la primera inscripción: 36,25 euros.
Párrafo añadido
2. Por cada inscripción o anotación que modifique datos obrantes en el registro: 18,10 euros.
Párrafo añadido
3. Por la inscripción de la comunicación de cese de actividad o clausura: 18,10 euros.
Párrafo añadido
4. Por certificación de datos obrantes en el registro de producción y gestión de residuos: 22,04 euros.
Párrafo añadido
5. Por la inscripción de la comunicación de la condición de productor de aparatos eléctricos y electrónicos: 36,25 euros.
Párrafo añadido
6. Por la inscripción de la comunicación de la condición de productor de pilas: 36,25 euros.
Párrafo añadido
II. Certificaciones contempladas en el Real Decreto 283/2001, de 16 de marzo.
Párrafo añadido
a. Hasta 30.050,61 euros del presupuesto de la inversión del proyecto: 36,25 euros.
Párrafo añadido
b. A partir de 30.050,61 euros del presupuesto de la inversión del proyecto: 108,30 euros.
Párrafo añadido
III. Planes empresariales de prevención de residuos:
Párrafo añadido
a) Aprobación de planes empresariales de prevención de envases: 166,62 euros.
Párrafo añadido
b) Aprobación de planes empresariales de prevención de aceites usados: 166,62 euros.
Párrafo añadido
IV. Suelos contaminados e informes de situación de suelos:
Párrafo añadido
a) Declaración de suelo contaminado: 924,57 euros.
Párrafo añadido
b) Declaración de suelo descontaminado: 924,57 euros.
Párrafo añadido
c) Recuperación voluntaria de suelos: 511,44 euros.
Párrafo añadido
d) Aprobación de informes preliminares y periódicos de situación: 166,62 euros.
Párrafo añadido
e) Aprobación de informes de situación: 166,62 euros.
Párrafo añadido
V. Prevención y control ambiental. Autorización Ambiental Integrada:
Párrafo añadido
a) Tramitación de solicitudes de autorización ambiental: 1.396,80 euros.
Párrafo añadido
b) Renovación de la autorización ambiental: 1.139,75 euros.
Párrafo añadido
c) Modificación sustancial de autorización ambiental: 1.139,75 euros.
Párrafo añadido
d) Modificación no sustancial de autorización ambiental: 102,85 euros.
Párrafo añadido
e) Comunicación de inicio de actividad: 301,70 euros.
Párrafo añadido
VI. Actividades de utilización confinada y liberación voluntaria de organismos modificados genéticamente:
Párrafo añadido
a) Actividades de liberación voluntaria de organismos modificados genéticamente por cada emplazamiento: 773,19 euros.
Párrafo añadido
b) Actividades de utilización confinada de organismos de bajo riesgo: 144,45 euros.
Párrafo añadido
c) Actividades de utilización confinada de organismos clasificados de alto riesgo: 360,70 euros.
Párrafo añadido
VII. No serán aplicables las cuotas contempladas en el apartado I de este artículo cuando proceda alguna de las cuotas prevista en el apartado V.
Artículo 150
Párrafo añadido
22. Tramitación y autorización de permisos de investigación para el almacenamiento geológico de dióxido de carbono (CO2):
Párrafo añadido
– Hasta 10.000 hectáreas: 8.161,84 euros.
Párrafo añadido
– Desde 10.000 hectáreas hasta 50.000 hectáreas: 9.794,21 euros.
Párrafo añadido
– Desde 50.000 hectáreas hasta 100.000 hectáreas. 12.242,76 euros.