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29 jun 2012
Real Decreto 1412/2000, de 21 de julio, de creación del Consejo de Política Exterior
Real Decreto · En vigor · Real Decreto 1412/2000, de 21 de julio, de creación del Consejo de Política Exterior
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 2▾
Antes1. Serán miembros permanentes el Presidente del Gobierno, los Vicepresidentes del Gobierno y los Ministros de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de Defensa, del Interior, de Justicia, de Industria, Turismo y Comercio, de Educación y Ciencia, de Cultura y de Trabajo y Asuntos Sociales.
Ahora1. Son miembros permanentes el Presidente del Gobierno, la Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia, y los Ministros de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de Justicia, de Defensa, del Interior, de Educación, Cultura y Deporte, de Empleo y de Seguridad Social, de Industria, Energía y Turismo, de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y de Economía y Competitividad.
Párrafo añadido
Asimismo, será miembro del Consejo de Política Exterior el Alto Comisionado del Gobierno para la Marca España, que participará en sus reuniones únicamente cuando los asuntos a tratar afecten a su ámbito competencial.
Artículo 5▾
Párrafo añadido
3. Asimismo, será miembro del Consejo Ejecutivo el Alto Comisionado del Gobierno para la Marca España, que participará en sus reuniones únicamente cuando los asuntos a tratar afecten a su ámbito competencial.