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20 jun 2012

Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición adicional cuadragésima primera
EliminadoTratándose de prestaciones por desempleo, reconocidas por la respectiva entidad gestora, serán de aplicación los siguientes porcentajes de retención:
Antes| Importe rendimiento anual en euros | Porcentaje | | --- | --- | | Más de 11.250 | 4,10 | | Más de 12.750 | 6,20 | | Más de 14.250 | 8,20 |
AhoraTratándose de prestaciones por desempleo, reconocidas por la respectiva entidad gestora, será de aplicación la tabla de porcentajes de retención establecida con carácter general en el apartado 1 anterior.