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20 jun 2012
Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición adicional cuadragésima primera▾
EliminadoTratándose de prestaciones por desempleo, reconocidas por la respectiva entidad gestora, serán de aplicación los siguientes porcentajes de retención:
Antes| Importe rendimiento anual en euros | Porcentaje |
| --- | --- |
| Más de 11.250 | 4,10 |
| Más de 12.750 | 6,20 |
| Más de 14.250 | 8,20 |
AhoraTratándose de prestaciones por desempleo, reconocidas por la respectiva entidad gestora, será de aplicación la tabla de porcentajes de retención establecida con carácter general en el apartado 1 anterior.