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14 may 2012
Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición adicional cuadragésima tercera▾
Artículo nuevo
Disposición adicional cuadragésima tercera. Dación en pago de la vivienda. Exención del incremento de patrimonio.
Estará exento del Impuesto el incremento de patrimonio que se ponga de manifiesto con ocasión de la dación en pago de la vivienda, prevista en el apartado 3 del anexo del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, que realicen los deudores comprendidos en el ámbito de aplicación del artículo 2 de dicha norma.