Saltar al contenido
← Volver
29 feb 2012

Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de igualdad entre mujeres y hombres de Castilla-La Mancha

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 26
Antes1. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha garantizará ayudas económicas a las mujeres y hombres mayores de 65 años que vivan solos y que no perciban pensiones iguales o superiores a la no contributiva, ni tengan ingresos superiores a la cuantía de la misma, en las condiciones que reglamentariamente se establezcan.
Ahora1. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha garantizará ayudas económicas a las mujeres y hombres mayores de 65 años que vivan solos y que no perciban pensiones en cantidad superior a una pensión no contributiva, siempre que no dispongan de otros ingresos o éstos sean compatibles con la misma, todo ello en los términos que reglamentariamente se establezcan.
Artículo 27
AntesLa Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha garantizará una ayuda complementaria a las mujeres viudas con responsabilidades familiares que perciban pensiones de viudedad de cuantía inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM, y carezcan de otros ingresos propios, en las condiciones que reglamentariamente se establezcan.
AhoraLa Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha garantizará una ayuda económica a las mujeres viudas con responsabilidades familiares cuyo volumen de ingresos sea de cuantía inferior a la cantidad que reglamentariamente se establezca.