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29 feb 2012

Ley 8/2010, de 30 de agosto, de ordenación del sistema de salud de Castilla y León

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 75
Párrafo añadido
4. La Junta de Castilla y León podrá, mediante decreto, proceder a la actualización del importe de las sanciones recogidas en el apartado 1 de este artículo a propuesta de la consejería competente en materia sanitaria. La actualización se realizará atendiendo a la variación del Índice de Precios al Consumo, salvo que razones de interés general debidamente justificadas por la consejería competente en materia sanitaria determinen la aplicación de otro criterio a todas o alguna de las sanciones.